Decreto no 276  por El que Se Reforman Diversos Artículos de La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima

Fecha de disposición27 Mayo 2000
Fecha de publicación27 Mayo 2000
SecciónSección General
Número de Gaceta23

PODER LEGISLATIVODECRETO No. 276

POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE COLIMA.

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33, FRACCIÓN II y 39 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA , EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA:

D E C R E T O No. 276

POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVODEL ESTADO DE COLIMA.

ARTÍCULO UNICO

Se reforma la fracción VII, del artículo 22, los artículos 36, 39, segundo párrafo y 83 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima, en los siguientes términos: "ARTÍCULO 22.- ....................

I a VI.- .....................................;

  1. Abstenerse de votar en las sesiones del Congreso o de las Comisiones de que se forme parte, pudiendo razonar su abstención, previamente a la votación;

VIII a XI.- .................................

ARTÍCULO 36 En el mismo acto, el Presidente citará a sesión del Congreso para ese día, a partir de las 17.00 horas, a efecto de recibir el informe a que se refiere el artículo 31 de la Constitución." ARTÍCULO 39.- ......................

El Presidente y Vicepresidente durarán en sus cargos, un mes, pudiendo ser reelectos para ese cargo, en el mismo Período Ordinario de Sesiones...................................................

ARTÍCULO 83 .....................

I a IV.- .......................................;

  1. A los ciudadanos en los términos de la Ley respectiva.´´

T R A N S I T O R I O S

ÚNICO.-

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Colima".

Dado en el Recinto del Poder Legislativo a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil.

  1. ANA CECILIA GARCIA LUNA, DIPUTADA PRESIDENTA.-Rúbrica.- C. MARTHA LICEA ESCALERA, DIPUTADA SECRETARIA.-Rúbrica.- C. CESAR TRINIDAD HERNANDEZ ROSAS, DIPUTADO SECRETARIO.-Rúbrica.

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