Acuerdo por el que se crea el Sistema de Datos Personales del Programa de Desarrollo Social, 'Salud Visual', a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación Miguel Hidalgo, para el Ejercicio Fiscal 2013

Tiempo de Conservación de Datos:

Tiempo de conservación en medio automatizado: 1-5 años. Tiempo de conservación en el archivo de trámite: 1-5 años. Tiempo de conservación en el archivo de concentración: 1-5 años.

Contempla la Transferencia de la Información Contenida en el Sistema al Archivo Histórico: Sí.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; y

SEGUNDO.- El presente sistema entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México, Distrito Federal, a doce de febrero de dos mil trece (Firma)

Lic. Víctor Hugo Romo Guerra

Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo

DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL, "SALUD VISUAL", A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013.

Lic. Víctor Hugo Romo Guerra, Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos fracción II, 16 y 122, Base Tercera, Fracción II y Último Párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 87 Tercer Párrafo, 104, 105, 117 fracciones I y II del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; artículos 1, 2 Tercer Párrafo, 3 fracción III, 7, 10 fracción XI, 36, 37, 38 y 39 fracción LIV, y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 1, 120, 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 6, 7 fracciones I, II Y III y 21 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; y numerales 6 y 7 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

I. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde determinar al titular del ente público, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, en el ámbito de competencia;

II. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos, además, su creación, modificación o supresión, deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; y

III. Que de manera adicional, el numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establece como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Tengo a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

ÚNICO: Se crea el Sistema de Datos Personales del Programa de Desarrollo Social "Salud Visual".

Denominación del Sistema de Datos: Sistema de Datos Personales del Programa de Desarrollo Social "Salud Visual".

Normatividad Aplicable:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (D. O. F. - 09 agosto de 2012);

Estatuto de Gobierno del Distrito Federal (D. O. F. - 28 de enero de 2011);

Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal (G. O. D. F. - 29 de Enero de 2013);

Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (G. O. D. F. - 13 de...

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