Secretaría de educación pública del Estado.acuerdo 01/2019, por el cual la secretario de educación pública del estado delega facultades a favor del jefe del departamento de asuntos jurídicos de la unidad de servicios educativos del estado de Tlaxcala.

Fecha de publicación22 Enero 2020
Número de Gaceta4-3ª SECC
que dice TLX

Construir y Crecer Juntos. Gobierno del Estado de Tlaxcala. 2017-2021. SEPE. Secretaróa de Educación Pública

Despacho del C. Secretario

ACUERDO 01/2019, POR EL CUAL EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DELEGA FACULTADES A FAVOR DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DEL ESTADO DE TLAXCALA

PROF. FLORENTINO DOMÍNGUEZ ORDOÑEZ, Secretario de Educación Pública del Estado, en uso de las facultades que me confieren los artículos 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, así como 29 y 30 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Tlaxcala, con relación a los numérales 1 y 3 del Reglamento Interior de la Unidad de Servicios Educativos del Estado de Tlaxcala y: CONSIDERANDO Que el Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021, como plataforma de gobierno permite alinear las acciones con base en objetivos centrales, en el que se señala como una de sus políticas y estrategias de la administración pública, el desarrollo individual y social de la población, señalando que la educación debe ser un verdadero activo social. En este sentido, este gobierno propone implementar políticas que garanticen una educación de calidad, que sea adecuada al momento que vivimos con el firme propósito de desempeñar tal función con honestidad y eficacia, en beneficio de la sociedad en general.

Que la Secretaría de Educación Pública del Estado es la encargada de administrar la educación que imparta el Estado en todos los niveles y de atender, supervisar y coordinar las tareas educativas, así como las actividades culturales, recreativas y deportivas que otras instituciones realicen en la Entidad Que en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala se establece que para la mejor organización del trabajo y accesibilidad de las tareas, obras y servicios públicos los titulares de las dependencias podrán delegar en los servidores públicos subalternos, cualesquiera de sus facultades excepto aquellas, que por disposición de la Ley o del Reglamento Interior respectivo, deban ser ejercidas precisamente por los propios titulares; Que los titulares de las dependencias de la Administración Pública formularán acuerdos, respecto de los asuntos de su competencia, remitiéndolos al Gobernador del Estado de Tlaxcala, por conducto de la Secretaría de Gobierno, para su aprobación y publicación correspondiente en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado; Que compete al Secretario de Educación...

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