Sección II VOLUMEN I

Lic. Fernando A. Guzmán
Pérez Peláez
JUEVES 11 DE DICIEMBRE
DE 2008
GUADALAJARA, JALISCO
TOMO CCCLXII
9
SECCIÓN II
Volumen I
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
Lic. Fernando A. Guzmán Pérez Peláez
Jueves 11 de diciembre de 2009. Número 9. Sección II
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Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de
Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.
Emilio González Márquez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los
habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad
Federativa, se me ha comunicado el siguiente decreto
D E C R E T O
NÚMERO 22563/LVIII/08 EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:
QUE AUTORIZA EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
JALISCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL COMPRENDIDO ENTRE EL 1° DE ENERO AL 31 DE
DICIEMBRE DEL AÑO 2009 Y SU PLANTILLA DE PERSONAL ANEXA.
ARTÍCULO ÚNICO. Se autoriza el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de
Jalisco, por un monto de $65,000’025,000.00 (Sesenta y cinco mil millones veinticinco mil
pesos 00/100 M.N.) para el ejercicio comprendido entre el 1° de enero al 31 de diciembre
del año 2009, y su Plantilla de Personal anexa, para quedar como sigue:
CAPITULO PRIMERO
Disposiciones Generales
Artículo 1°. Durante el Ejercicio Fiscal del año 2009, regirán en esta Entidad Federativa las
presentes disposiciones del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Jalisco y
la plantilla de personal, mismos que se encuentran contenidos en los anexos que forman
parte integral del presente Decreto.
Artículo 2°. Para los efectos de este Presupuesto, se considerarán días hábiles los que
Artículo 3°. Se consideran de ampliación automática, las partidas que pueden ser
ejercidas sin tener saldo disponible, cuando dicha ampliación cuente con la previsión de
ingresos adicionales a los aprobados, siendo para el año 2009 las siguientes:
Partida Concepto
1105 Sueldos, demás percepciones y gratificación anual.
1203 Compensaciones a sustitutos de profesoras en estado grávido y personal
docente con licencia prejubilatoria.
1314 Laudos, liquidaciones, indemnizaciones por sueldos y salarios caídos.
1326 Prestación salarial complementaria por fallecimiento.
1501 Fondo de Retiro.

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