Sección de Avisos

146 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Agosto de 2018

SECCIÓN DE AVISOS

COMPAÑÍA INDUSTRIAL AZUCARERA SAN PEDRO, S.A. DE C.V. EN LIQUIDACIÓN

BALANCE GENERAL FINAL DE LIQUIDACIÓN

AL 30 DE JUNIO DE 2018

(Cifras en pesos)

A C T I V O P A S I V O

TOTAL PASIVO $0

CAPITAL CONTABLE Capital Social $3862019737,975 Déficit en el capital contable -4612019420,934 Utilidad del Ejercicio de Liquidación 742019682,959 TOTAL CAPITAL CONTABLE $0

TOTAL ACTIVO $0 TOTAL PASIVO MÁS CAPITAL

CONTABLE $0

En cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles, la sociedad Compañía Industrial Azucarera San Pedro, S.A. de C.V., en liquidación, a través de su liquidador el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, publica el presente Balance General Final de Liquidación para todos los efectos legales a que haya lugar.

Concluidas las operaciones sociales que quedaron pendientes al tiempo de la disolución, no existe remanente de Haber Social a repartir entre los socios.

(Firma)

L.C. ANTONIO JARAMILLO GÓMEZ

Director Ejecutivo de Liquidación de Empresas del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes Liquidador de Compañía Industrial Azucarera San Pedro, S.A. de C.V.

Ciudad de México, a 1° de agosto de 2018

E D I C T O S

** E D I C T O ** JUZGADO 53 DE LO CIVIL

EMPLAZAMIENTO

Señor: Manuel Alejandro Jiménez Fuentes.

Señora: Leonor Elide Fuentes Vilchis.

En los autos del juicio ejecutivo mercantil, promovido por Banca Afirme S.A., Institución de Banca Múltiple, Afirme Grupo Financiero en contra de Manuel Alejandro Jiménez Fuentes y Leonor Elide Fuentes Vilchis, expediente número 355/2016, el Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil de la Ciudad de México, ordeno lo siguiente:

"2026. Ciudad de México, a dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete.

Insértese a los autos del expediente número 355/2016, el escrito presentado por la parte ejecutante. Se tienen por hechas las manifestaciones que vierte en el ocurso de cuenta, como lo pide y atendiendo a que no se cuenta con domicilio alguno de los codemandados en el presente asunto, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 1070 del Código de Comercio, se ordena emplazar por medio de edictos a los codemandados Manuel Alejandro Jiménez Fuentes y Leonor Elide Fuentes Vilchis, edictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en el periódico "Diario de México", haciéndoles saber que deberán...

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