Sección de Avisos

66 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Abril de 2018

E D I C T O S

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MEXICO.

E D I C T O PARA NOTIFICAR A:

JUAN ANTONIO PÉREZ RODRÍGUEZ

EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL 286/2017-II, SEGUIDO POR PATRICIA TASULA YANACULIS VIVES Y OTRA CONTRA CORPORATIVO HOSPITAL SATÉLITE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE Y OTRO, SE DICTÓ EL SIGUIENTE ACUERDO:

En los autos del juicio ordinario mercantil 286/2017-II, promovido por Patricia Tasula Yanaculis Vives y otra contra Corporativo Hospital Satélite, sociedad anónima de capital variable y otro, reclamando "a) La declaración judicial que: a.1.- Axa SEGUROS, S.A. DE C.V. y Corporativo Hospital Satélite S.A. DE C.V. son responsables solidarios de las consecuencias dañosas derivadas de los actos ejecutados en el cuerpo de Nicole Danae Hammer Yanaculis en la atención médica que se describe en los hechos. a.2.- Que el expediente clínico formado del internamiento de Nicole Danae Hammer Yanaculis formado en el Corporativo Hospital Satélite, S.A. DE C.V. en mérito de la atención médica que se cuestiona contenida en los hechos viola la normativa aplicable a su conformación e integración, por tanto es nulo de pleno derecho, al contravenir normas de interés público, según el contenido del artículo 8vo del Código Civil Federal y demás normas aplicables. (2026)" "1.- El pago de la reparación del daño directo, por los siguientes conceptos: Daño físico a Nicole: a) El ocasionado a Nicole, por la cantidad de $2,520,600.00 (Son dos millones quinientos veinte mil seiscientos pesos M.N. 00/100), por concepto de cicatriz, según la contabilización que se hace en el Apéndice TRES del presente documento. b) El pago de la cantidad de $2,822,120.00 (Son dos millones ochocientos veintidós mil ciento veinte pesos M.N. 00/100), por concepto de la lesión cerebral, igualmente contabiliza en el Apéndice TRES. 2.- El concepto de daño económico directo a Patricia Tasula Yanaculis Vives madre de Nicole Danae, por la cantidad de $141,044.09 (Ciento cuarenta y un mil cuarenta y cuatro pesos 09/100 M.N. por conceptos de atención médica inmediata para corregir los actos iatropatogénicos ocasionados por los demandados, tal y como se acredita con los documentos adjuntos. 3.- El pago de la cantidad que considere su Señoría después de evaluar los elementos que contiene la jurisprudencia y...

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