Sección de Avisos

78 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Noviembre de 2017

SECCIÓN DE AVISOS

GALAZ, YAMAZAKI, RUIZ URQUIZA, S.C.

EXTRACTO DE ESCISION

Mediante Asamblea General Extraordinaria de Socios de Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. (la "Sociedad") celebrada el día 11 de agosto de 2017 (las "Resoluciones de Escisión"), los Socios "A" de la Sociedad resolvieron, entre otros asuntos, escindir a la Sociedad a efecto de que la misma, como sociedad escindente y sin extinguirse, aporte en bloque una parte de su activo, pasivo y capital a cuatro (4) sociedades de nueva creación que resultarán de la escisión, y que se denominarán preferentemente Deloitte Auditoria, S.C., Deloitte Impuestos y Servicios Legales, S.C., Deloitte Asesoría en Riesgos, S.C., y Deloitte Asesoría Financiera, S.C. (cada una, una "Sociedad Escindida" y, conjuntamente, las "Sociedades Escindidas").

Con motivo de lo anterior, se publica el presente extracto de las Resoluciones de Escisión, para información de los Socios "A" y acreedores de la Sociedad, haciéndose constar para todos los efectos legales a que haya lugar, que la escisión de la Sociedad se llevará a cabo en los siguientes términos:

  1. La escisión se llevará a cabo tomando como base (i) los estados financieros dictaminados de la Sociedad correspondientes al ejercicio concluido el 31 de diciembre de 2016; (ii) los estados financieros internos de la Sociedad al 31 de mayo de 2017; (iii) el balance general pro-forma de escisión de la Sociedad antes y después de la escisión, con cifras al 31 de mayo de 2017; y (iv) el balance general pro-forma de escisión de cada una de las Sociedades Escindidas al momento de su constitución con cifras al 31 de mayo de 2017.

    Sin perjuicio de lo anterior y en cada caso, las cifras del activo, pasivo y capital que se transmitirán a cada una de las Sociedades Escindidas, se actualizarán y ajustarán, según proceda, a los montos que efectivamente correspondan en la fecha en que se lleve a cabo la Escisión.

  2. A efecto de constituir el patrimonio de las Sociedades Escindidas, la Sociedad acordó aportar en bloque una parte de su activo, pasivo y capital, en términos de (i) los balances pro-forma de la Sociedad como sociedad escindente antes y después de la escisión; y (ii) el balance pro forma de cada una de las Sociedades Escindidas al momento de su constitución, elaborados con base en las cifras de la Sociedad al 31 de mayo de 2017, los cuales se publican a continuación como parte de éste extracto.

  3. Por virtud de la escisión, la Sociedad únicamente transmitirá a cada una de las Sociedades Escindidas, en la fecha de la constitución de dichas Sociedades Escindidas, ciertas cuentas por cobrar y por pagar de la Sociedad, fondos propiedad de la Sociedad en efectivo depositados en cuentas bancarias y de inversión a nombre de la Sociedad, ciertos activos fijos propiedad de la Sociedad, y una porción del capital de la Sociedad, conforme se describe de forma detallada en el documento que se adjunta al apéndice de las Resoluciones de Escisión y conforme a los balances pro-forma de la escisión, cantidades que se ajustarán conforme a las cifras registradas en la fecha en que produzca efectos la Escisión.

  4. Cada una de las Sociedades Escindidas, por la parte correspondiente, será causahabiente a título universal del patrimonio que la Sociedad le aportará en bloque.

  5. En la medida en que la Sociedad que se escinde, esto es, Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C., subsiste, se hace constar que Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C., es y continuará siendo la única y total responsable de todos los pasivos contingentes y no contingentes, conocidos y no conocidos, que no sea expresamente transferidos a una o más de las Sociedades Escindidas en los términos de las Resoluciones de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR