Sección de Avisos

48 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 12 de Junio de 2017

E D I C T O S

EDICTO

  1. ARANDA CIFUENTES ALBERTO FEDERICO.

En los autos del juicio ORDINARIO MERCANTIL promovido por RECUPERACIÓN DE COMERCIO INTERIOR, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE HOY CESIONARIA DE BANCO DE MÉXICO, S.A. HOY BANCO NACIONAL DE MÉXICO, S.A. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, en contra de ARANDA CIFUENTES ALBERTO FEDERICO. Expediente 490/2005, de la Secretaria "B", La C. Juez Séptimo de lo Civil del Distrito Federal, ordeno publicar mediante edictos el auto de fecha diecinueve de abril del año dos mil doce, el cual a la letra dice:--- (AUTO) México, Distrito Federal, a diecinueve de Abril del año dos mil doce- Agréguese a su expediente número 490/2005 el escrito de la parte actora, mediante el cual se le tiene precisando las cantidades que le adeuda la parte demandada: en tal virtud con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, habrá lugar a notificar a juicio al demandado ALBERTO FEDERICO ARANDA CIFUENTES por medio de Edictos que se deberán publicar por TRES VECES CONSECUTIVAS en la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal, haciéndole saber que deberá comparecer en el presente juicio dentro del término de CINCO DIAS para que haga pago a la parte actora o a quien sus derechos legalmente represente, de la condena de la Sentencia Definitiva de fecha diecinueve de febrero del año dos mil siete de las cantidades de $105,589.84 (CIENTO CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS 84/100 M.N.) por concepto de suerte principal: $21,662.13 (VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 13/100 M.N.) por concepto de intereses moratorios generados hasta el mes de Febrero del año dos mil cuatro hasta el mes de abril de dos mil cinco: $1,351.66 (UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS 66/100 M.N.) y por lo que hace a la sentencia interlocutoria de fecha veintiséis de agosto del año dos mil ocho la cantidad de $ 22,155.05 (VEINTIDOS MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO PESOS 05/100 M.N.). cantidades que deberá de cubrir a BANCO NACIONAL DE MEXICO S.A. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX HOY SU CESIONARIO RECUPERACION DE COMERCIO INTERIOR S. DE R.L. DE C.V. y para el caso de que no --

(HOJA DOS)

haga pago total de lo reclamado, deberá señalar dentro del mismo término, bienes suficientes de su propiedad que basten a garantizar las prestaciones reclamadas, apercibido que para el caso de no hacerlo así precluirá su derecho y éste pasará a la parte actora, Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Doy fe.--- DOS FIRMAS ILEGIBLES RUBRICAS.---

ATENTAMENTE.

México, D.F., a 02 de Mayo...

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