Sección de Avisos

44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7 de Junio de 2017

E D I C T O S

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MEXICO

EDICTO

PARA EMPLAZAR A:

JOAQUÍN RANGEL VILLAREAL E INMOBILIARIA CUMBRES, SOCIEDAD ANÓNIMA

QUE EN LOS AUTOS DE JUICIO ORDINARIO MERCANTIL 116/2017-V, SEGUIDO POR MARÍA LETICIA VELEZ DE CORNEJO TAMBIÉN CONOCIDA COMO MARÍA LETICIA VELEZ RIVERO CONTRA INMOBILIARIA CUMBRES, SOCIEDAD ANÓNIMA Y OTROS SE DICTÓ EL SIGUIENTE AUTO:

"Ciudad de México, diecinueve de mayo de dos mil diecisiete.

Agréguese a sus autos el oficio de la Secretaria de Movilidad de la Ciudad de México, por medio del cual en cumplimiento al auto de once de mayo de dos mil diecisiete, informa que no localizo en su base de datos ningún domicilio de Joaquín Rangel Villareal e Inmobiliaria Cumbres, Sociedad anónima, para los efectos conducentes.

Ahora bien, visto el estado procesal que guarda el asunto y toda vez que se han agotado los medios para localizar el domicilio de los codemandados Joaquín Rangel Villareal e Inmobiliaria Cumbres, sociedad anónima, en esas condiciones, se ha efectivo el apercibimiento decretado en proveído de treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete, y fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, en relación con el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al código de la materia, se ordena emplazar a los enjuiciados en mención, por edictos que se publicaran por tres veces consecutivas en el periódico El Sol de México, así como en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad de México, haciéndoles saber que deberán presentarse ante el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México dentro de treinta días contados a partir de la última publicación, contesten la demanda incoada en su contra por María Leticia Vélez de Cornejo también conocida como María Leticia Vélez Rivero, quedando a disposición en el local de este juzgado copia simple del escrito de demanda, así como sus respectivos anexos; asimismo, señalen domicilio para ori y recibir notificaciones en esta jurisdicción, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, se harán conforme a las reglas para las notificaciones que no deban ser personales, lo anterior en términos del artículo 1069 del Código de Comercio; de igual manera , se apercibe que en caso de no contestar la demanda, se tendrá por contestada en sentido negativo, quedando a salvo los derechos para probar en contra, conforme a lo dispuesto por el ordinal 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio.

Para los efectos anteriores, mediante notificación, mediante notificación personal, requiérase a la actora María Leticia Vélez de Cornejo también conocida como María Leticia Vélez Rivero, para que comparezca a este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, sito en calle Sidar y Rovirosa esquina Eduardo Molina, colonia del Parque, delegación Venustiano Carranza, acceso tres, primer nivel, Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación, San Lázaro, Ciudad de México, a efecto de cumplir lo siguiente: a) recoger los edictos que se encuentran a su disposición, dentro del plazo de tres días contados a partir de que surta efectos la notificación del presente auto, en términos de lo dispuesto por el articulo 1079, fracción VI del Código de Comercio; b) en su oportunidad , exhiba el comprobante de pago de las publicaciones correspondientes, en igual plazo a partir del día siguiente que se pongan a su disposición los edictos; y c) exhibir las publicaciones correspondientes dentro de los tres días siguientes a la última de ellas, apercibida que de hacer caso omiso a cualquiera de los supuestos anteriores, se dejaran de tener como demandados en el presente asunto por falta de interés, lo anterior atendiendo al principio de justicia pronta y expedita consagrado en el artículo 17 constitucional.

Fíjese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del auto de treinta y uno de marzo del año en curso, así como del presente por todo el tiempo del emplazamiento.

Asimismo, se hace del conocimiento de la actora que los presentes edictos serán impresos el día que comparezca a recibirlos en el local de este juzgado, con la salvedad que estos puedan ser firmados por cualquiera de los Secretarios adscritos a este órgano...

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