Resolución definitiva para el cambio de uso del suelo, con fundamento en el artículo 42 Quinquies de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal con número de folio 60792-321AZLU16 para el predio ubicado en Citlaltépetl No. 45, Colonia Hipódromo, Delegación Cuauhtémoc

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Folio: 60792-321AZLU16 Ubicación: Citlaltépetl No. 45, Colonia Hipódromo, Delegación Cuauhtémoc.

En la Ciudad de México, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil diecisiete.

EL ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 15 fracción II; 16 fracción IV; 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracciones XIV y XVIII de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, emite la siguiente:

RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 42 QUINQUIES DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.

ANTECEDENTES

1.- Con fecha 9 de septiembre de 2016, el ciudadano Luis Fernando Azzi Salomón, Gerente General de la sociedad "Bienes Raíces Antazi", S. A., solicitó a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Cambio de Uso del Suelo con fundamento en el Artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, para el predio ubicado en la calle Citlaltépetl No. 45, Colonia Hipódromo, Delegación Cuauhtémoc, solicitud que quedó registrada con el número de Folio 60792-321AZLU16; para el uso del suelo de Servicios Básicos (Adiestramiento Físico) en 2 niveles, con una superficie ocupada por el uso de 250.00 m² de construcción.

2.- Dentro de los documentos que presentó la interesada, se encuentran los siguientes:

  1. Escritura número 24,330 de fecha 27 de septiembre de 1971, expedida ante la fe del Licenciado Roberto Núñez y Escalante, Titular de la Notaría número 112 del Distrito Federal, con la que se hace constar la constitución de la sociedad denominada "Bienes Raíces Antazi", S.A. y la aportación a la misma de la casa ubicada en las calles Campeche No. 309 esquina con Citlaltépetl No. 45, actos están debidamente inscritos en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal en la Sección Primera de la serie A., Tomo 189, Volumen 8, a fojas 44, bajo el número 54 y en la Sección de Comercio bajo el número 87, a fojas 109 del volumen 821 libro 3, Número 298728, de fechas 7 y 12 de enero de 1972, respectivamente.

  2. Escritura número 39,945 de fecha 25 de mayo de 2016, expedida ante la fe del Licenciado Juan Guillermo Domínguez Meneses, Notario número 159 del Distrito Federal, donde se hace constar la protocolización de las Actas de Asamblea Generales Ordinaria de Accionistas de "Bienes Raíces Antazi", S. A., que entre otros acuerdos designan al C. José Yuseff Saab como Comisario y al C. Luis Fernando Azzi Salomón como Gerente General de la Sociedad, con Poder General para Pleitos y Cobranzas, y para Actos de Administración.

  3. Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial con Folio número 1063 de fecha 14 de junio de 2016, emitida por la Delegación Cuauhtémoc.

  4. Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo con Folio número 43196-151BAEL16 de fecha 28 de junio de 2016, el cual determina que al predio en referencia le aplica la zonificación H /15 m (Habitacional, 15 metros de altura).

  5. Identificación oficial del Gerente General de la sociedad, mediante Credencial para Votar vigente, expedida por el entonces Instituto Nacional Electoral, No. 4563049949430.

  6. Memoria Descriptiva y Anteproyecto a Nivel Esquemático del proyecto solicitado, así como reporte fotográfico del predio y del área de estudio.

    4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de Junio de 2017

    3.- Que con fecha 28 de abril de 2017, la Dirección General de Desarrollo Urbano, con la intervención de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se determinó Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Cuauhtémoc, para el predio señalado, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo segundo de dicho Dictamen, así como al cumplimiento de las demás obligaciones y requisitos previstos en las disposiciones que en materia de desarrollo urbano, resulten aplicables.

    CONSIDERANDO

    I.- Que de conformidad, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II, 16 fracción IV, 24 fracciones I, IV y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 30, 31, 32, 33, 35, 37, 55 y 77 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 7 fracciones XIV, XVIII y XXXVII y 42 Quinquies de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; y 14 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver las solicitudes de autorización de Cambios de Uso del Suelo.

    II.- Que con fecha 28 de abril de 2017, la Dirección General de Desarrollo Urbano, asistida por la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, emitieron el Dictamen por el cual se dictaminó Procedente cambiar el uso del suelo del Programa Parcial de Desarrollo Urbano del Distrito Federal "Colonia Hipódromo" del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Cuauhtémoc, para permitir el uso de Servicios / Servicios técnicos, profesionales y sociales / Servicios de capacitación, deportivos, culturales y recreativos a escala vecinal / Servicios Básicos (Adiestramiento Físico) en 2 niveles, con una superficie ocupada por el uso de 250.00 m2 de construcción, con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación vigente H /15 m (Habitacional, 15 metros de altura), para el predio en referencia.

    III.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, debe atender los principios estratégicos de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

    IV.- Que con fecha 5 de mayo de 2017 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto que contiene las observación al diverso por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, en donde el artículo 42 pasa a ser el artículo 42 Quinquies, dato que será tomado para la presente Resolución Definitiva.

    V.- Que el procedimiento previsto en los artículos 42 Quinquies de la Ley de Desarrollo Urbano del...

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