RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL IEE, MEDIANTE EL CUAL RESUELVE EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ORDINARIO, DEL EXP. IEE/PSO/009/201

Fecha de publicación09 Enero 2017
SecciónPrimera Secció
Pág. 106 PERIÓDICO OFICIAL Enero 9 de 2017
(Primera Sección)
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUAS-
CALIENTES, MEDIANTE LA CUAL RESUELVE EL
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ORDINARIO
IDENTIFICADO BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIEN-
TE IEE/PSO/009/2016, EN CUMPLIMIENTO A LA
SENTENCIA SAE-RAP-0152/2016, EMITIDA POR
LA SALA ADMINISTRATIVA Y ELECTORAL DEL
PODER JUDICIAL DE AGUASCALIENTES.
Reunidos en Sesión Ordinaria en la sede del
Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes los
integrantes del Consejo General, previa convoca-
toria de su Presidente y determinación del quórum
legal, vistos para resolver los autos del expediente
número IEE/PSO/009/2016, iniciado con motivo de
la denuncia presentada por parte del Partido Acción
Nacional en contra de la C. Lorena Martínez Rodrí-
guez y la coalición “Aguascalientes grande y para
todos”; procedimiento en el que se señaló como
conducta infractora de la normatividad electoral la
supuesta distribución en el Estado de Aguascalientes
de una encuesta relativa al posicionamiento entre el
electorado de los otrora candidatos a la Gubernatura
de Aguascalientes, Lorena Martínez Rodríguez y
Martín Orozco Sandoval, que no cumplía con los
requisitos necesarios para su publicación y/o distri-
bución; y cuya resolución, consistente en declarar la
inexistencia de la conducta denunciada y absolver a
los denunciados, se da con base en los siguientes:
R E S U L T A N D O S
I. Reforma político-electoral a la Constitución
mexicana: En fecha diez de febrero de dos mil cator-
ce, se publicó en el Diario Ocial de la Federación,
Edición Matutina, en su Primera Sección, el Decreto
por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Constitución Política de los Esta-
dos Unidos Mexicanos, en materia político-electoral;
Decreto de reforma que soporta disposiciones que
modican la estructura, funciones y objetivos del
propio Organismo Público Local Electoral.
II. Reforma a la Constitución del estado: Deri-
vado de la reforma constitucional en materia político-
electoral señalada en el Resultando que antecede
de la presente Resolución, el día veintiocho de julio
de dos mil catorce, se publicó en el Periódico Ocial
del Estado de Aguascalientes, Edición Vespertina,
Tomo LXXVII, Núm. 30, el Decreto Número 69 por el
que se reforman y adicionan diversos artículos de la
III. Nuevo Código Electoral: En fecha dos de
marzo de dos mil quince, se publicó en el Periódico
Ocial del Estado de Aguascalientes, Tercera Sec-
ción, Tomo LXXVIII, Núm. 9, el Decreto Número
152, por el que se aprueba el Código Electoral para
el Estado de Aguascalientes; señalando en sus
Artículos Primero y Segundo Transitorios, que el
referido Decreto iniciará su vigencia al día siguiente
de su publicación en el Periódico Ocial del Estado;
asimismo abroga el Código Electoral del Estado de
Aguascalientes, publicado en el Periódico Ocial del
Estado de Aguascalientes el 26 de enero del año
2009, mediante Decreto Número 149, así como sus
reformas y adiciones.
IV. Inicio de Proceso Electoral Local: El Con-
sejo General de este Órgano Público Local Electoral
en Sesión Extraordinaria celebrada el día nueve de
octubre de dos mil quince, dio inicio formal al Proceso
Electoral Local 2015-2016, para la renovación del
Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Ayuntamientos
del Estado de Aguascalientes.
V. Registro de Lorena Martínez como candida-
ta: En sesión extraordinaria del Consejo General del
Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, llevada
a cabo el día veintisiete de marzo de dos mil dieci-
séis, se aprobó la “RESOLUCIÓN DEL CONSEJO
GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL,
RESPECTO A LAS SOLICITUDES DE REGISTRO
DE CANDIDATURAS DE LA COALICIÓN “AGUAS-
CALIENTES GRANDE Y PARA TODOS”, A LOS
CARGOS DE GOBERNADOR Y MIEMBROS DE
LOS AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO POR PRINCI-
PIO DE MAYORÍA RELATIVA, PARA CONTENDER
EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2015-2016.”
identicado con la clave CG-R-40/16, por medio
de la cual la C. LORENA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ
adquirió de manera ocial la calidad de candidata
a Gobernadora de Aguascalientes por parte de la
coalición señalada.
VI. Presentación de la denuncia: En fecha
veinte de mayo de dos mil dieciséis, se recibió en
el Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes un
escrito de denuncia, vía Procedimiento Especial
Sancionador, signado por el Lic. René Miguel Ángel
Alpízar Castillo, en su calidad de representante
suplente del Partido Acción Nacional ante este Con-
sejo General, en contra de la entonces candidata a
la Gubernatura de Aguascalientes por la coalición
“Aguascalientes grande y para todos”, LORENA
MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, así como en contra de la
misma coalición indicada, por la supuesta distribu-
ción en el Estado de Aguascalientes de propaganda
electoral contenida en un paneto con una encuesta
relativa al posicionamiento entre el electorado de los
entonces candidatos a la Gubernatura de Aguasca-
lientes, LORENA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ y MAR-
TÍN OROZCO SANDOVAL, este último postulado
por el Partido Acción Nacional, asimismo se solicitó
mediante medidas cautelares la suspensión en la
difusión de dicho paneto.
VII. Acuerdo de admisión y reencauzamiento:
En fecha veinticinco de mayo de dos mil dieciséis se
admitió a trámite la denuncia señalada en el Resul-
tando inmediato anterior de la presente Resolución,
radicándose con el número de expediente IEE/
PSO/009/2016, a través de un acuerdo mediante
el cual además se negaron las medidas cautelares
solicitadas por el denunciante, por versar las mismas
sobre un hecho futuro e incierto; se abrió un plazo
de investigación por un período de veinte días a
n de determinar la existencia o no de la conducta
denunciada; y se reencausó dicha queja a un Proce-
dimiento Sancionador Ordinario por no considerarse

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