Por el que Se Regula la Unidad Especializada en el Combate Al Secuestro.

MÉRIDA, YUC., MIÉRCOLES 17 DE ENERO DE 2018. DIARIO OFICIAL PÁGINA 5
Acuerdo FGE 15/2017 por el que se regula la Unidad Especializada en el
Combate al Secuestro
Ariel Francisco Aldecua Kuk, fiscal general, con fundamento en los artículos 27,
fracción XVII, del Código de la Administración Pública de Yucatán; 8, fracciones II
fracciones IX y XIV, del Reglamento del Código de la Administración Pública de
Yucatán, y
Considerando:
fracción XXI, inciso a), dispone que el Congreso tiene facultad para expedir las
leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones
en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de
privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o
penas crueles, inhumanos o degradantes, así como electoral.
Que la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de
Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone, en términos de su artículo 41,
que las procuradurías deberán crear y operar unidades especiales para la
investigación de las conductas previstas en dicha ley, que contarán con ministerios
públicos, policías y servicios periciales y técnicos especializados, así como con los
recursos humanos, financieros y materiales que requieran para su efectiva
operación.
Que el Código de la Administración Pública de Yucatán establece, en términos de
sus artículos 22, fracción XII, y 27, fracción XVII, que el Poder Ejecutivo cuenta,
para el despacho de los asuntos de su competencia, con diversas dependencias,
dentro de las cuales se encuentra la Fiscalía General del Estado, y que los
titulares de estas tienen, entre otras, la facultad de realizar los actos
administrativos necesarios para cumplir con las atribuciones a su cargo.
de sus artículos 8, fracciones II y XVI, y 9, párrafo segundo, que el fiscal general
tiene, entre otras, la facultad de expedir acuerdos, circulares, instrucciones y
demás normatividad administrativa que rija la actuación de las unidades
administrativas y de los servidores públicos de la dependencia a su cargo, y de
crear las unidades que se requieran para la atención de asuntos específicos.
Que el 8 de noviembre de 2011 se llevó a cabo la XXX Sesión del Consejo
Nacional de Seguridad Pública, en la cual se aprobó el Acuerdo 05/XXX/11, que
estableció que los integrantes de dicho consejo se comprometen a fortalecer la
implementación de las medidas necesarias para reducir los índices delictivos de
los delitos de mayor impacto social como el homicidio doloso, el secuestro, la trata
de personas, la extorsión y el robo en sus diversas modalidades.
Que, en razón de lo anterior, es necesario regular la Unidad Especializada en el
Combate al Secuestro de la Fiscalía General del Estado, a efecto de dar
cumplimiento a la ley general en la materia y al acuerdo antes señalado, y, en
consecuencia, contribuir a la prevención, la investigación y el combate de este
delito en el estado; por lo que he tenido a bien expedir el presente:

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