Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social De la Mano con Papá

30 de enero de 2014
E 11-^
Página 43
a)
De manera escrita:
En las oficinas de la Dirección General de Programas Sociales, ubicadas en Av. Baja Velocidad Paseo Tollocan número 1003, Col.
Zona Industrial, Toluca, C.P. 50070, Toluca, México.
b)
Vía
telefónica:
En la Dirección General de Programas Sociales 01 (722) 180 25 19 y 226 01 82; y en el Centro de Atención Telefónica del
Gobierno del Estado de México (CATGEM), lada sin costo 01 800 696 96 96 para el interior de la República y 070 para Toluca y
zona conurbada.
c)
Vía internet:
En el correo electrónico dgprogramasociales@edomex.gob.mx
y en la página www.secogem.gob.mx/SAM.
d)
Personalmente:
En la Contraloría Interna de la SEDESEM, ubicada en Av. Baja Velocidad Paseo Tollocan número 1003, Col. Zona Industrial,
Toluca, Estado de México, C.P. 50070, teléfono 01 (722) 199 70 89, en las Delegaciones Regionales de Contraloría Social y
Atención Ciudadana, en la Dirección General de Responsabilidades de la Secretaría de la Contraloría del Estado de México o en
los órganos de control interno de los municipios participantes, quienes darán vista por lo que corresponda a la Contraloría
Interna de la SEDESEM.
TRANSITORIOS
PRIMERO.
Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO.
Las presentes modificaciones a las reglas. entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial "Gaceta del Gobierno" y estarán vigentes hasta en tanto no se emitan modificaciones a las mismas o concluya el
programa.
TERCERO.
Las presentes reglas se publicarán en su totalidad para su mejor comprensión.
CUARTO.
La entrega de los apoyos del presente programa se determinará conforme a la disponibilidad presupuestal.
QUINTO.
Todo lo no previsto en las presentes reglas será resuelto por el comité.
Dado en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los 28 días del mes de enero de 2014.
LIC. ELIZABETH VILCHIS PÉREZ
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO
(RÚBRICA).
LICENCIADA EN CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ELIZABETH VILCHIS PÉREZ,
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 3 FRACCIÓN XI, 5, 6, 10, II, 17 FRACCIÓN IV Y 18 DE LA LEY DE
DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO; 6 FRACCIÓN XI, 8 FRACCIÓN III, 19, 20, 21 Y 26 DEL
REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 6 FRACCIÓN VIII
DEL
CONSIDERANDO
Que la política social del Gobierno del Estado de México tiene como propósito procurar una mejor calidad de vida a los
mexiquenses, cuya atención integral y desarrollo social forman parte fundamental de la agenda pública estatal.
Que la Secretaría de Desarrollo Social tiene como objeto vincular las prioridades, estrategias y recursos para elevar el nivel de
vida de la población más desprotegida de la entidad.
Que en el Estado de México existen grupos de personas con vulnerabilidad, de acuerdo con los estudios realizados por el
Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social, por lo que se considera necesario implementar acciones que mitiguen
dicha condición.
Que de acuerdo a datos del Censo de Población y Vivienda 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el
Estado de México existen 113,697 hombres entre 15 y 59 años de edad cuya condición civil es de separados, 41,472 divorciados

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