REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA NEGOCIOS AFECTADOS POR OBRAS PÚBLICAS.

Fecha de publicación03 Diciembre 2018
SecciónPrimera Secció
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Diciembre 3 de 2018
(Edición Vespertina)
GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
SISTEMA DE FINANCIAMIENTO DE AGUASCALIENTES
Los miembros integrantes del COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO “SIST EMA DE
FINANCIAMIENTO DE AGUASCALIENTES”, por acuerdo tomado en la Tercera Sesión Extraordinaria
celebrada el 26 de noviembre de 2018, con fundamento en lo dispuesto en la Cláusula Cuarta, párrafo primero,
fracción I, numerales 9 y 17 así como fracción II, numeral 1 en relación con la Cláusula Séptima, Cláusula
Séptima, fracciones I, V, VIII, IX, X, XXVI y XXVIII del Contrato de Fideicomiso, aprobamos por unanimidad
de votos emitir y expedir las “REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA NEGOCIOS AFECTADOS POR
OBRAS PÚBLICAS”, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Sensibles a las condiciones adversas a las que un gran número de negocios se debe enfrentar por motivo de
las diversas obras públicas en nuestra ciudad capital que limitan o incluso que impiden el acceso de clientes
a sus establecimientos por periodos de tiempo prolongados, el Gobierno del Estado de Aguascalientes a
través de SIFIA, ha decidido implementar un programa de financiamiento que les ayud e a sortear la situación
y conservar las fuentes de empleo, fortaleciendo con ello el desarrollo económico del Estado de
Aguascalientes.
Realzándose el presente programa en apego a lo establecido en el Plan Estatal de Desarrollo 2016 2022,
que establece en el Objetivo General del Cuarto Eje “Consolidar las condiciones que propicien el crecimiento
económico sostenible, una mayor competitividad y diversificación productiva, la innovación y la transferenc ia
de conocimiento, con el propósito de generar más oportunidades de bienestar en el estado, a través de las
líneas de acción del Sistema Estatal de Financiamiento y Garantías
Por lo anteriormente expuesto, tenemos a bien expedir las siguientes:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
NEGOCIOS AFECTADOS POR OBRAS PÚBLICAS
CAPITULO I
Objetivo
Artículo 1°.- El Programa Negocios Afectados por Obras Públicas tiene como objetivo apoyar
financieramente a aquellos negocios establecidos en zonas que hubieren sido afectadas por obras de
infraestructura vial, desarrolladas por el Gobierno del Estado de Aguascalientes, para que estén en
condiciones de enfrentar la disminución de sus ingresos con motivo de las limitaciones de acceso de sus
clientes y de esta manera, conservar las fuentes de empleo.
CAPÍTULO II
Definiciones
Artículo 2°.- Para efectos de las presentes Reglas, se entenderá por:
I. Acreditado: Persona moral o física con actividad empresarial, que, habiendo cumplido con los
requisitos para obtener un crédito conforme a las presentes reglas de operación, éste le ha sido
concedido.
II. Beneficiarios: Personas físicas con actividad empresarial o personas morales registradas ante el
SAT y que se encuentren establecidas en zonas afectadas por obras de infraestructura vial
desarrolladas por el Gobierno del Estado de Aguascalientes.
III. Amortización: Pago del capital y en su caso del interés correspondiente generado durante el periodo
de vencimiento, según el programa de pagos.
IV. Apoyos: Financiamiento otorgado a los beneficiarios o empresas elegibles en forma de crédito, bajo
las condiciones que se describen en las presentes reglas de operación.
V. Aval: Es el acto jurídico por medio del cual una persona física o moral llamada avalista, se
compromete con otra llamada avalado, a responder solidariamente a las obligaciones de pago que el
segundo contrae en un negocio o acto jurídico ante un tercero llamado acreditante. Esta persona

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