Reglamento de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica del Municipio de Morelia, Michoacan

REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL MUNICIPIO DE MORELIA

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 2 DE MAYO DE 2013.

Reglamento publicado en la Cuarta Sección del Periódico Oficial del Estado de Michoacán, el viernes 26 de marzo del 2010.

CC. INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO

CONSTITUCIONAL DE MORELIA, MICHOACÁN

P R E S E N T E S.

Por disposición y Acuerdo de Cabildo de fecha 28 de septiembre de 2009 dos mil nueve, fue turnada al Pleno del Ayuntamiento, la Iniciativa del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Morelia, que presenta a través del Oficio 808/09 de fecha 24 de septiembre de 2009, la L. A. E. Daniela de los Santos Torres, en cuanto Síndico Municipal y dada cuenta que el Proyecto cumple con las disposiciones constitucionales y legales correlativas de la materia, así como el procedimiento que señalan los artículos 145 y 146 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, 52 y 53 del Bando de Gobierno Municipal de Morelia, 29 y 30 del Reglamento Interno de Sesiones Y Funcionamiento de Comisiones del H. Ayuntamiento de Morelia, se solicita al Secretario del H. Ayuntamiento para que en cumplimiento a lo que dispone el artículo 38 del Reglamento Interno de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del H. Ayuntamiento dé Morelia, de lectura al presente dictamen, sometiéndolo desde luego a la consideración y votación de los miembros del H. Ayuntamiento en Pleno, para que éste resuelva de conformidad con el artículo 33 del Bando de Gobierno Municipal de Morelia, emitiéndose para tal efecto los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

  1. - En cumplimiento al Acuerdo de Cabildo de fecha 28 de septiembre de 2009, el Lic. Javier Valdespino García, Secretario del H. Ayuntamiento de Morelia, remitió a los integrantes del Pleno del Ayuntamiento, el Oficio 808/09 de fecha 24 de septiembre de 2009, signado por la L. A. E. Daniela de los Santos Torres, Síndico Municipal, quien presenta la Iniciativa del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Morelia.

  2. - Una vez recibida la iniciativa de cuenta, actuando la L. E. A. Daniela de los Santos Torres, Síndico Municipal, como Coordinadora de los trabajos de estudio, términos del artículo 36 del Reglamento Interno de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento, convocó el día 11 de enero de 2010, a reunión de trabajo a los integrantes del Ayuntamiento de Morelia, a efecto de analizar la iniciativa de cuenta, aportándose en dicha reunión información e ideas que enriquecieron significativamente el contenido de dicha iniciativa, y;

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. - Que la legal competencia para conocer de éste asunto se surte a favor del Honorable Ayuntamiento de Morelia, Michoacán, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 113 y 123, fracción IV de la Constitución Política del Estado de Michoacán; 2º, 32 inciso a) fracción XIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán; 47 y 57 del Bando de Gobierno Municipal de Morelia, así como en el Acuerdo de Cabildo de fecha 28 de septiembre de 2009, donde se dispuso el turno de la iniciativa de cuanta al Pleno del Ayuntamiento, para su estudio, análisis y en su momento resolución correspondiente.

SEGUNDO. - Que en razón de la fracción V de artículo 5º del Reglamento Interno de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del H. Ayuntamiento de Morelia, corresponde en forma general a todos los integrantes del Ayuntamiento presentar iniciativas y dictámenes a la consideración del Pleno del Ayuntamiento, entendiéndose como iniciativa a la propuesta materia del presente, y dictamen a éste documento que resuelve dicho planteamiento.

TERCERO. - Que el presente dictamen cumple con los requisitos de forma y fondo que para el caso establecen los artículos 32 y 33 del Reglamento Interno de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del H. Ayuntamiento de Morelia.

CUARTO. - Que actualmente el Municipio se encuentra regulado, en materia de Acceso a la Información Pública, por el Reglamento de Acceso a la Información Pública del Municipio de Morelia, aprobado en sesión ordinaria de Cabildo del día 12 de agosto de 2004, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el día 15 de septiembre del mismo año, pero que actualmente no responde a las situaciones y necesidades contemporáneas que se requieren para garantizar la Transparencia de la información de las Dependencias Municipales y el acceso de la ciudadanía a ella.

QUINTO. - Que derivado del Acuerdo de Cabildo de fecha 28 de septiembre de 2009, por conducto de la L. A. E. Daniela de los Santos Torres, Síndico Municipal, y en cumplimiento a lo señalado en el artículo 36 del Reglamento Interno de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del H. Ayuntamiento de Morelia, citó a reunión de trabajo el día 11 de enero de 2010, donde se estudió y analizó la Iniciativa del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Morelia, reunión donde se enriqueció el contenido de la iniciativa de cuenta con las observaciones y aportaciones hechas por los miembros del Cabildo, desprendiéndose la propuesta definitiva de la Iniciativa en términos del documento anexo al presente, para ser sometida al Pleno del Ayuntamiento para su aprobación y en su caso remisión al Periódico Oficial del Estado para su publicación y entrada en vigor.

SEXTO. - Que el Acceso a la información es una instancia necesaria para la participación ciudadana y la protección de los derechos civiles, dado que sin información adecuada, oportuna y veraz, la sociedad difícilmente se encuentre en condiciones óptimas para participar en la toma de decisiones públicas. A efecto de lo anterior ha surgido la necesidad de utilizarla de manera racional y productiva en beneficio del individuo y de la comunidad, para lo cual nuestra Constitución la ha establecido como una garantía individual de todo gobernado y, la legislación secundaria en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ha incorporado reglas que buscan garantizar el ejercicio efectivo de este derecho, virtud de lo cual y en cumplimiento al artículo 57 del Bando de Gobierno Municipal de Morelia, el Ayuntamiento de Morelia, que señala la obligatoriedad del Ayuntamiento de Morelia a promover y mantener una reglamentación vigente, positiva, que responda a las situaciones y necesidades contemporáneas, SE RESUELVE PROCEDENTE LA INICIATIVA DEL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE MORELIA, en los términos del documento anexo al presente.

SÉPTIMO. - En cumplimiento a lo señalado por los artículos 144 y 145 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, remítase por conducto del Secretario del Ayuntamiento, la Iniciativa del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Morelia, al Periódico Oficial del Estado para su publicación y efectos legales procedentes, disponiendo de igual forma su publicación en los Estrados de la Presidencia Municipal para conocimiento ciudadano.

FUNDAMENTO LEGAL. - Lo anteriormente expuesto, fundado y motivado en las consideraciones de derecho citados en el presente párrafo, artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 113 y 123 fracción IV de la Constitución Política del Estado de Michoacán; artículos , 32 inciso a) fracción XIII, 38 fracción VIII, 144, 145, 148 y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán; artículos 47, 48, 49, 52, 53, 54 y 57 del Bando de Gobierno Municipal de Morelia; artículos 5º fracción V, 29 y 30 del Reglamento Interno de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento de Morelia, expuesto lo anterior se emite para aprobación del Pleno del Ayuntamiento de Morelia los siguientes:

P U N T O S R E S O L U T I V O S

PRIMERO. - Se surtió la competencia del Pleno, conforme al fundamento legal citado para conocer y resolver mediante el presente dictamen, la iniciativa de cuenta.

SEGUNDO. - Por estar ajustado a las disposiciones Constitucionales y Legales correlativas de la Materia RESULTA PROCEDENTE APROBAR LA INICIATIVA DEL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE MORELIA, en los términos del documento anexo al presente.

TERCERO. - Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, para que en términos de los artículos 144 y 145 párrafo segundo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, remita la Iniciativa de cuenta al Periódico Oficial del Estado para su publicación y observancia, disponiendo de igual forma su publicación en los Estrados de la Presidencia Municipal para conocimiento ciudadano.

CUARTO. - Notifíquese y cúmplase el presente proveído.

Así lo dictaminan y firman de conformidad los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 113 y 123, fracción IV de la Constitución Política del Estado de Michoacán; 2º, 32 inciso a) fracción XIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán; 47 y 57 del Bando de Gobierno Municipal de Morelia, así como en el Acuerdo de Cabildo de fecha 28 de septiembre de 2009, donde se dispuso el turno de la iniciativa de cuenta al Pleno del Ayuntamiento, para su estudio, análisis y en su momento resolución correspondiente, los integrantes del Pleno del Ayuntamiento de Morelia, a los 21 veintiuno días del mes de enero de 2010, dos mil diez.

ATENTAMENTE. - "SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN". - H. AYUNTAMIENTO DE...

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