Reglamento de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica del Municipio de Carmen, Campeche



[N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO PRIMERO DEL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE CARMEN, CAMPECHE, PUBLICADO EN EL P.O. DE 19 DE JUNIO DE 2018, EL PRESENTE ORDENAMIENTO HA SIDO ABROGADO.]

REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE CARMEN, CAMPECHE

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 19 DE JUNIO DE 2018 (ABROGADO).

Reglamento publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Campeche, el viernes 1 de junio de 2007.

H. AYUNTAMIENTO DE CARMEN

LICENCIADO EDWARD MORALES SARMIENTO, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARMEN.

CERTIFICA: En la Ciudad y Puerto del Carmen, Estado de Campeche, siendo las VEINTE HORAS del día de hoy MARTES VEINTINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE, estando reunidos en el recinto que ocupa la sede principal del H. Ayuntamiento del Municipio de Carmen, Sala de Cabildo denominada "Don Pablo García y Montilla", los ciudadanos LAE. José Ignacio Seara Sierra, Presidente Municipal; C. Víctor Celestino del Carmen Espadas López, Primer Regidor; Licenciada María Guadalupe Díaz Escalante, Segunda Regidora; C. Antonio Gutiérrez Gutiérrez, Tercer Regidor; C. Norma López Piedra, Cuarta Regidora; LAE. Jorge Jiménez Domínguez, Quinto Regidor; C. Sara Noemí Campos Ferrera, Sexta Regidora; C. Ana María Delgado Durán, Séptima Regidora; C. Jorge Alberto Elías Echeverría, Octavo Regidor; C. Genoveva Morales Fuentes, Novena Regidora; C. Oliverio Enrique León Trejo, Décimo Regidor; Licenciada Rocío Abreu Artiñano, Décima Primera Regidora, LAE, Joaquín Alberto Notario Zavala, Síndico de Hacienda; Licenciado José Luis Ayala Ordóñez, Síndico de Asuntos Judiciales y el Licenciado Carlos Alberto Arjona Gutiérrez, Síndico Administrativo, con la finalidad de celebrar la octava sesión ordinaria de Cabildo, bajo el siguiente orden del día:

Continuando con la orden del día procedemos al desahogo del punto NOVENO.

IX. SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DEL CABILDO EL ACUERDO NÚMERO DIECISIETE DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO (SIC) CARMEN, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE CARMEN, CAMPECHE.

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Se aprueba por MAYORIA EN LO GENERAL con 13 votos a favor y un voto en contra de la Licda. Rocío Adriana Abreu Artiñano, Décima Primera Regidora y por MAYORIA EN LO PARTICULAR el Art. 5, con 12 votos a favor y 2 votos en contra de los C.C. Licda. Rocío Adriana Abreu Artiñano, Décima Primera Regidora y el Lic. Carlos Alberto Arjona Gutiérrez, Síndico Administrativo y el Art.12 Fracc. IX con 13 votos a favor y 1 voto en contra de la Licda. Rocío Adriana Abreu Artiñano, Décima Primera Regidora; el ACUERDO NUMERO DIECISIETE del H. Ayuntamiento del Municipio de Carmen, por el cual se expide el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Carmen, Campeche, en consecuencia se incluye a la Secretaría del H. Ayuntamiento, expida la certificación correspondiente y lo remita al Periódico Oficial del Estado, para su publicación y observancia, de igual manera publíquese a través del portal de Internet del H. Ayuntamiento y de la Unidad Municipal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la Gaceta Municipal para la consulta de todos aquellos interesados.

Por lo anterior en términos del artículo 108, Fracción V del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio del Carmen, Campeche, se extiende la presente certificación en la ciudad y puerto de Carmen, Municipio del mismo nombre, Estado de Campeche, con fundamento en lo establecido por el artículo 26 fracción XVII, del Reglamento de la Administración Pública Municipal, a los VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SIETE.

ATENTAMENTE.- LIC. EDWARD MORALES SARMIENTO, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO.- RUBRICAS.

L.A.E. JOSÉ IGNACIO SEARA SIERRA. Presidente del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Carmen, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102 de la Constitución Política del Estado de Campeche: 61, fracción II, 146, 149 y 150 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche, a los ciudadanos y autoridades del Municipio para su publicación y debida observancia, hago saber:

Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Carmen, en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 29 del mes de Mayo del año dos mil siete, ha tenido a bien en aprobar y expedir el siguiente:

ACUERDO NÚMERO DIECISIETE.

POR EL QUE SE A (SIC) SE APRUEBA EL: "REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE CARMEN, CAMPECHE, PARA QUEDAR COMO SIGUE:

"REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE CARMEN, CAMPECHE"

TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 18
CAPÍTULO PRIMERO Artículos 1 a 4

DEL OBJETO, DEFINICIONES E INTERPRETACIONES

Artículo 1 El presente Reglamento, es de orden e interés público y de observancia general en todo el territorio del Municipio de Carmen, Campeche.
Artículo 2

El presente reglamento tiene por objeto tutelar y garantizar el derecho de toda persona al acceso a la información pública municipal; la protección de los datos personales, así como la información confidencial y la reservada que se encuentre en posesión de los sujetos obligados, a través de las dependencias y entidades de la administración pública municipal a que se refiere el presente Reglamento, regular a la Unidad Municipal de Transparencia y Acceso a la Información Publica.

Artículo 3 Para los efectos este Reglamento, se entenderá por:

I. Ayuntamiento: H. Ayuntamiento del Municipio de Carmen;

II. Reglamento: Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Carmen, Campeche.

III. Información Pública: Todo archivo, registro, dato o comunicación contenida en cualquier medio, documento o registro impreso, óptico o electrónico que se encuentre en poder de las entidades públicas de la administración municipal, generados en ejercicio de sus funciones y que no haya sido previamente clasificados como acceso restringido;

IV. Derecho de Acceso a la información Pública: La prerrogativa que tiene toda persona para acceder a la información generada, administrada o en poder de los sujetos obligados, previstos en el presente reglamento;

V. Interesado: La persona física o moral que solicite tener acceso, consultar o disponer de la información pública;

VI. Unidad Municipal de Transparencia y Acceso a la Información Publica: La Unidad Administrativa de los sujetos obligados, receptoras de las peticiones ciudadanas de información, a cuya tutela estará el trámite; y que también será conocida como Unidad Municipal de Acceso.

VII. Información Restringida: La información pública cuyo acceso se encuentre temporalmente clasificada como reservada o confidencial por disposición de la ley;

VIII. Información Reservada: La expresamente clasificada como tal mediante resolución administrativa del Titular de cada Ente Público, de conformidad con el artículo 22 de la Ley;

IX. Información Confidencial: Toda información que se refiera a datos personales; en poder de los sujetos obligados, cuya divulgación haya sido circunscrita únicamente a los funcionarios que deban conocer en razón de sus funciones;

X. Datos Personales: Toda información relativa a la vida privada de las personas, como datos acerca de su origen étnico o racial o que esté referido a sus características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, situación patrimonial, ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones religiosas o filosóficas, estados de salud físicos o mentales, preferencias sexuales u otros relativos a su intimidad;

XI. Dependencias: Las direcciones o unidades administrativas que conforman la administración pública centralizada del Municipio; y sus órganos administrativos auxiliares que ejerzan gasto público;

XII. Enlace: El servidor público o área administrativa designada por los titulares de las dependencias o direcciones, para los efectos del presente Reglamento;

XIII. Entidades: Las que integran la administración pública para municipal conforme a la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche;

XIV. Ley: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche;

XV. Lineamientos: Son los criterios de organización y conservación de los documentos contenidos en los archivos de los sujetos obligados del Municipio de Carmen, Campeche, con el objeto de que estos se conserven íntegros y disponibles para permitir y facilitar un acceso a la información;

XVI. Archivo Municipal: Conjunto orgánico de documentos en cualquier soporte, que son producidos o recibidos en el ejercicio de sus atribuciones por los entes públicos;

XVII. Período de Reserva: El lapso durante el cual se restringe la información a las personas físicas o morales al acceso a determinada información pública;

XVIII. Servidor Público: Toda persona que desempeña un empleo, cargo o comisión en el gobierno municipal, en los fideicomisos públicos y organismos públicos municipales y auxiliares;

XIX. Comisión: Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche.

Artículo 4...

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