Reglamento de Transito y Vialidad del Municipio de Chilchota

EstadoMichoacán
MunicipioChilchota
Director: Arturo Hernández Tovar
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el sólo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
FUNDADO EN 1867
TOMO CXXXII Morelia, Mich., Jueves 19 de Febrero del 2004 NUM. 94
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Para consulta en Internet: www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial/index.htm. y/o www.congresomich.gob.mx
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CHILCHOTA, MICH.
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL
SECRETARÍA MUNICIPAL
CHILCHOTA, MICH.
2002-2004
ACTA DE LA SESIÓN DE CABILDO
ORDINARIA NO. 20
En la Cabecera Municipal de Chilchota, Estado de
Michoacán de Ocampo, siendo las diez y ocho horas del día
treinta del mes de Octubre de dos mil tres, se reunieron los
miembros del H. Ayuntamiento en la sala de sesiones de
Cabildo, domicilio bien conocido del Palacio Municipal, para
llevar a cabo sesión ordinaria de acuerdo a lo dispuesto en
los artículos once, veintiseis, veintiocho, veintinueve y
cuarenta y nueve de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Michoacán de Ocampo, para tratar los asuntos que se
describen en el siguiente orden del día:
Primero.- . . .
Segundo.- . . .
Tercero.- . . .
Cuarto.- Presentación al H. Cabildo del Reglamento de
Tránsito Municipal, para su lectura, análisis y aprobación
en su caso.
Quinto.- . . .
Al tratar el cuarto punto de el orden del día, el C. Presidente
Municipal presentó al H. Cabildo el Reglamento de Tránsito
y Vialidad para el Municipio de Chilchota, a efecto de que
se le diera lectura y se analizara para su autorización
correspondiente, una vez leído y analizado el contenido del
Reglamento de referencia, se acuerda autorizar para su
funcionamiento el documento en cuestión por unanimidad,
disponiendo se publique en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Michoacán de Ocampo, circule y se le dé el
debido cumplimiento, en base a lo dispuesto en el artículo
treinta y dos, inciso c) fracción ocho de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo.
No habiendo otro asunto que tratar se dio por terminada la
sesión, siendo las veintiuna horas con cuarenta minutos
del día de su fecha, levantándose la presente para
constancia, misma que firman de conformidad los que en la
sesión intervinieron.
El Presidente Municipal.- C. Felipe Ixta Medina.- El Síndico
Municipal.- C. . Conrado Baltazar Justo. Regidores de
mayoría relativa: C. Yolanda Mercado Ruiz, C. Armando
Mauricio Narciso, C. Samuel Alvarado Andrés.- C. Sambrán
González Pérez. Regidores de representación proporcional:
C. Librada Alvarez Gómez, Profr. José Luis Ochoa Calixto, C.
Alvaro Hurtado Baltazar. (Firmados).
El que suscribe, Ernesto Prado Casillas, Secretario del
Honorable Ayuntamiento de Chilchota, Michoacán,
CERTIFICA y hace constar, que las presente es copia fiel de
el acta de la sesión de Cabildo celebrada el día 30 del mes de
Octubre de 2003, misma que aparece en el libro de actas que
lleva el H. Ayuntamiento.
Chilchota, Mich., a 28 de Enero de 2004.- Ernesto Prado
Casillas.- Secretario del H. Ayuntamiento. (Firmado).
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Jueves 19 de Febrero del 2004.
REGLAMENTO DE TRANSITO Y VIALIDAD DEL
MUNICIPIO DE CHICHOTA
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. El presente Reglamento es de orden público
y de preservancia general en el municipio de Chilchota y
tiene como objetivo normar la vialidad, la circulación de
vehículos y de peatones en los espacios viales de
jurisdicción municipal, conforme a lo dispuesto en el Art.
115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, artículos 15, 111, 112, 123 fracción 5 inciso H
130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Michoacán.
ARTÍCULO 2. El presente Reglamento tiene como objeto
regular:
I. La circulación y estacionamiento de vehículos.
II. La forma de actuar de los conductores.
III. El tránsito y conducta de los peatones, pasajeros y
ocupantes de vehículos.
IV. Las maniobras de carga y descarga de los vehículos.
V. La atención e investigación de los hechos derivados
del tránsito, así como las obligaciones de las
personas físicas o morales que directa o
indirectamente intervengan en hechos derivados de
la circulación de vehículos.
VI. Las limitaciones, impedimentos o restricciones que
se establezcan para el tránsito de vehículos y
peatones en las vías públicas, con el objeto de
mejorar la vialidad y preservar el ambiente,
salvaguardar la seguridad de las personas y el orden
público.
VII. La vi gilancia y supervisión de vehículos a fin de
que reúna las condiciones, documentación y equipo
previstos en este u otros reglamentos, a efecto de
permitir su circulación.
VIII. La aplicación de las sanciones que correspondan
por infracciones de tránsito, en los términos del
presente Reglamento.
ARTÍCULO 3. Las disposiciones de este Reglamento
tendrán una aplicación en todas las vías públicas del
municipio y en zonas privadas cuando lo soliciten las
partes involucradas.
ARTÍCULO 4. El Presidente Municipal en la autoridad con
atribuciones para ordenar las aplicaciones de las medidas
necesarias para el debido cumplimiento del presente
Reglamento delegando tales atribuciones a la dependencia
municipal que designe.
ARTÍCULO 5. Para los efectos del presente Reglamento
se entiende por:
I. MUNICIPIO: El municipio de Chilchota.
II. AYUNTAMIENTO: El H. Ayuntamiento
Constitucional de Chilchota.
III. DIRECCIÓN: La Dirección de Tránsito y Vialidad
Municipal.
IV. TRÁNSITO: La acción o efecto de trasladarse de
un lugar a otro.
V. VIALIDAD: Sistema de vías públicas utilizado para
el tránsito de vehículos.
VI. REGLAMENTO: El presente ordenamiento.
VII. AGENTE: Servidores públicos responsables de
ejecutar las labores de vigilancia de vialidad el
tránsito y el transporte.
VIII. AUXILIARES: Personal de apoyo debidamente
capacitado por las autoridades en materia de tránsito
y vialidad.
IX. AVENIDAS: Vías de circulación que por su
importancia tienen derecho de paso.
X. CALLE: Superficie de los centros de población
destinada a la circulación de vehículos.
XI. CARRETERA O CAMINO: Vía pública situada en
las zonas suburbanas y rurales.
XII. CRUCE DE PEATONES: Área de la superficie de
rodamiento o no marcada destinada al paso de
peatones.
XIII. CONDUCTOR: Toda persona que maneja un
vehículo.
XIV. ESTACIONAMIENTO: Lugar destinado en la vía
pública o privada para la colocación de vehículos

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