REGLAMENTO DE TRABAJO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación17 Agosto 2020
SecciónTercera Sección
Pág. 50 PERIÓDICO OFICIAL Agosto 17 de 2020
(Tercera Sección)
La presente Resolución fue aprobada en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 7 de agosto de
2020, por votación unánime de los Consejeros Electorales, Maestra Norma Irene De La Cruz Magaña, Doctor
Uuc-kib Espadas Ancona, Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, Maestro José Martín Fernando Faz Mora,
Doctora Carla Astrid Humphrey Jordán, Doctor Ciro Murayama Rendón, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas,
Maestro Jaime Rivera Velázquez, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y
del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello.
EL CONSEJERO PRESIDENTE
DEL CONSEJO GENERAL
DR. LORENZO CÓRDOVA VIANELLO
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EDMUNDO JACOBO MOLINA
INSTITUTO DE TRANSPARENCIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
REGLAMENTO DE TRABAJO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Las y los integrantes del Pleno del Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, de conformidad
con los artículos 6° Apartado A y 116 fracción VIII de la Constitución Política de los E stados Unidos Mexicanos;
62 A de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 15 fracción X de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, y 8º fracción XII del
Reglamento Interior del Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, emitimos el siguiente:
REGLAMENTO DE TRABAJO DEL INSTITUTO DE
TRANSPARENCIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 1°. El presente Reglamento es de observancia obligatoria para los trabajadores del Instituto
de Transparencia del Estado de Aguascalientes.
Artículo 2°. Este Reglamento tiene por objeto establecer los derechos, obligaciones, prohibiciones y
condiciones generales de trabajo que habrán de regir en las relaciones laborales entre el Instituto de
Transparencia del Estado de Aguascalientes y sus trabajadores.
Sus disposiciones tenderán a conseguir el equilibrio entre la función pública que cumple el Instituto de
Transparencia del Estado de Aguascalientes y los derechos laborales de sus trabajadores.
Artículo 3°. Para efectos de este Reglamento, se entenderá por:
I. Comisionado Presidente: Al Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia del Estado de
Aguascalientes;
II. Estatuto Jurídico: Al Estatuto Jurídico para los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del
Estado de Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados;
III. Dirección de Administración y Finanzas: El área encargada de la administración de los recursos
humanos, financieros y materiales del Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, de
conformidad con el artículo 68 fracción I del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia del Estado de
Aguascalientes;
IV. ITEA: Al Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes;
V. ISSSSPEA: Al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Servidores Públicos del Estado
de Aguascalientes;
VI. Pleno: El Máximo Órgano de Dirección del Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes,
conformado por los tres Comisionados;

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