Reglamento del Tianguis Cultural y Artesanal del Municipio de Colima

Fecha de disposición24 Diciembre 2005
Fecha de publicación24 Diciembre 2005
SecciónAnexos
Número de Gaceta78

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COLIMA, COLREGLAMENTODEL TIANGUIS CULTURAL Y ARTESANAL DEL MUNICIPIO DE COLIMA.

C.P. LEONCIO A. MORAN SANCHEZ, Presidente Municipal de Colima, con las facultades que me otorga la Ley del Municipio Libre en su Artículo 47, Fracción I, inciso a), a sus habitantes hace saber:

Que en Sesión Ordinaria celebrada el 25 de noviembre de 2005, el Honorable Cabildo Municipal de Colima aprobó por unanimidad el siguiente :

A C U E R D O :

UNICO: Se aprueba el Reglamento del Tianguis Cultural y Artesanal del Municipio de Colima, de acuerdo con la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOSEl Reglamento del Tianguis Cultural y Artesanal nace a raíz de la ausencia de un ordenamiento formal que regule el funcionamiento de éste; solo se contaba con un Reglamento Interno formulado por los propios artesanos, que no está autorizado ni aprobado por el H. Ayuntamiento de Colima. De igual forma se crea por las peticiones que hicieron los integrantes del Tianguis para estar reconocidos, apoyados y sobretodo reglamentados por el mismo Ayuntamiento.

El principal beneficio que se obtiene con este Reglamento es que, la Dirección de Desarrollo Social, Económico y Turístico tendrá la coordinación sobre los miembros del Tianguis; además de que éstos estarán reconocidos ante El H. Ayuntamiento de Colima, contando con su apoyo para el buen funcionamiento del mismo. De esta forma se evitarán conflictos internos, malos manejos de los miembros del Comité de Enlace y malos entendidos entre los compañeros del Tianguis Cultural y Artesanal.

De aprobarse el Reglamento, tanto H. Ayuntamiento de Colima como los integrantes del Tianguis Cultural y Artesanal, tendrán responsabilidades que ayudarán a la buena organización de este último.

Por lo anteriormente expuesto es que se APRUEBA el Reglamento del Tianguis Cultural y Artesanal del Municipio de Colima.

REGLAMENTO DEL TIANGUIS CULTURAL Y ARTESANALCAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1

El presente ordenamiento regulará la instalación, organización y funcionamiento del Tianguis Cultural y Artesanal del Municipio de Colima.

ARTICULO 2

Para los efectos de este Reglamento se entiende por:

  1. Ayuntamiento:

    el Ayuntamiento de Colima;

  2. Presidente Municipal:

    el Presidente Municipal de Colima;

  3. La Dirección:

    la Dirección de Desarrollo Social, Económico y Turístico;

  4. La Dirección de Comercialización: La Dirección de Abasto y Comercialización;

  5. Tianguis Cultural y Artesanal: el lugar donde periódicamente se reúnen artesanos y consumidores, para la exhibición, oferta y adquisición de productos artesanales, representativos de la cultura mexicana, previamente certificados con ese carácter por la Dirección.

  6. Comercio:

    La exhibición y venta de productos artesanales, certificados en los términos de la fracción anterior.

ARTICULO 3

La Autoridad Municipal expedirá la autorización para ejercer el fomento artesanal en el área de Tianguis Cultural y Artesanal, a quienes hayan cumplido los requisitos legales previstos en este ordenamiento.

ARTICULO 4

La aplicación de este Reglamento corresponde al Ayuntamiento, por conducto de la Dirección de Desarrollo Social, Económico y Turístico y la Dirección de Abasto y Comercialización; a la Tesorería Municipal y las demás dependencias municipales, de conformidad con sus atribuciones y dentro del ámbito de su competencia.

ARTICULO 5

Corresponderá al Ayuntamiento I.

Vigilar el estricto cumplimiento de las disposiciones que regulen la actividad de los artesanos del Tianguis Cultural y Artesanal.

II.

Autorizar la ubicación, reubicación y supresión del Tianguis Cultural, así como los días y horario en que prestará su servicio; y III.

Establecer los lineamientos particulares a observar en el Tianguis Cultural y Artesanal.

ARTICULO 6

Corresponderá al Presidente Municipal:

I.

Dictar disposiciones Administrativas para asegurar el efectivo cumplimiento de este Ordenamiento;

II.

Conceder o negar la autorización para el ejercicio de la actividad comercial en el Tianguis Cultural y Artesanal, previa certificación de la Dirección de que el producto reúne o no la calidad de artesanía o manualidad;

III.

Autorizar o negar el traspaso de las Autorizaciones para el ejercicio del fomento artesanal en el Tianguis Cultural y Artesanal, cuando proceda.

IV.

Autorizar la suspensión de los miembros del tianguis en ejercicio del comercio en las áreas de Tianguis, por un período mayor a dos meses; y V.

Dar de baja a los miembros del tianguis que no asistan 5 sábados seguidos sin haber ingresado un premiso previo a la Dirección.

VI.

Las demás que señale este Reglamento.

ARTICULO 7

Corresponderá al Director de Desarrollo Social, Económico y Turístico:

I.

Ejecutar las disposiciones normativas para la debida...

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