Reglamento del Sistema de Apertura Rápida de Empresas del Municipio de Coquimatlán, COLIMA.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 20 de Enero del año 2018; Núm. 04 pág. 2

- 2 - EL ESTADO DE COLIMA

DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COQUIMATLÁN, COLIMA.

REGLAMENTO

DEL SISTEMA DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, COLIMA.

LIC. ORLANDO LINO CASTELLANOS, Presidente Municipal de Coquimatlán, Colima a los habitantes del mismo hace saber que el H. Cabildo, en Sesión Extraordinaria se aprobó el DICTAMEN mediante el cual se expide el

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE COQUIMATLÁN, COLIMA.

COLIMA. El Honorable Cabildo Constitucional del Municipio de Coquimatlán, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y artículo 87 fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Colima.

C O N S I D E R A N D O S

PRIMERO.- Los integrantes la administración pública municipal tienen la responsabilidad del buen desempeño de sus funciones como trabajadores al servicio de la sociedad en ellos recae el buen servicio y eficacia de las oficinas administrativas de nuestro municipio Coquimatlán.

Por ello los servicios de gestión de expedición de licencia serán de manera rápida en un plazo no mayor de 72 horas tres días hábiles la gestión será por medio del módulo de expedición de licencias del SARE. El Ayuntamiento ejercerá, por conducto del cabildo, las atribuciones materialmente legislativas que le conceden las leyes mediante la expedición de acuerdos y resoluciones de naturaleza administrativa, para efectos de regular las atribuciones de su competencia, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables ya que el reglamento de la Administración pública señalan que los acuerdos de Cabildo podrán ser disposiciones administrativas de observancia general, definidas estas como las resoluciones de cabildo que, teniendo el carácter de reglamentación municipal, abstractas, impersonales, obligatorias y coercibles, se dicten con vigencia temporal o transitoria, en atención a las necesidades urgentes de la administración o de los particulares.

SEGUNDO.- Como consecuencia de la necesidad de que nuestro México se desarrolle de una manera más rápida y de manera responsable socialmente hablando para el gobierno federal En este sentido, en 2002 se publicó el Acuerdo que establece el Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE), que entró en vigor el 1° de marzo de 2002. Los SARE's son un programa de simplificación, reingeniería y modernización administrativa de los trámites municipales involucrados en el establecimiento e inicio de operaciones de una empresa de bajo riesgo, la cual a través de este sistema puede abrir en máximo 72 horas. para que nuestro producto interno bruto (P.I.B.) crezca y las familias mexicanas tengan una estabilidad económica y una vida más dicta ya que las empresas de bajo riesgo son un porcentaje considerable en el incremento anual del (P.I.B.), el Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE), es un programa permanente de la administración pública, cuyo objetivo es el establecimiento e inicio de operaciones de nuevos negocios considerados de bajo riesgo, así como facilitar su realización y promover su resolución ágil y expedita El Sistema de Apertura Rápida de Empresas, tiene por objeto establecer un sistema de apertura rápida de empresas en diferentes giros, de comercio y servicios, agrupados de conformidad con la Clasificación Mexicana de Actividades Productivas de 1999, que realiza el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, las cuales son consideradas de bajo riesgo público y susceptibles de ser desarrolladas principalmente por micro, pequeñas y medianas empresas.

TERCERO.- Que la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Colima, establece en su Capítulo VI, que el SARE es el proceso, transparente y competitivo que ofrecen las administraciones públicas municipales a las empresas para obtener licencias municipales de funcionamiento, de manera presencial. Refiere además que el SARE será implementado por

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los municipios en coordinación con la Secretaría de Fomento Económico y la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, con base en los acuerdos o convenios signados al respecto,

Estableciendo como uno de los lineamientos publicar en la página de internet de los municipios el catálogo de giros comerciales SARE.

A C U E R D O:

ARTÍCULO ÚNICO Se aprueba el Reglamento del Sistema de Apertura Rápida de Empresas del municipio de Coquimatlán, Colima, de conformidad con los términos siguientes:
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 16
Artículo 1°

Las disposiciones del presente reglamento son de orden público y observancia obligatoria en el municipio de Coquimatlán y tienen como finalidad regular el funcionamiento del Sistema de Apertura Rápida de Empresas de Bajo Riesgo (SARE), con el objetivo de que las micro, pequeñas y medianas empresas puedan obtener su Licencia de Funcionamiento con un Formato Único, en un periodo máximo de 72 horas hábiles y que los trámites se realicen en un solo lugar.

Artículo 2° Se regirán bajo el presente Reglamento todos aquellos individuos interesados en establecer un giro con actividad considerada de bajo riesgo para la salud, el medio ambiente o la seguridad.
Artículo 3° Para efectos del presente reglamento se entenderá por:
  1. Catálogo de Giros de Bajo Riesgo: El listado o concentrado que enlista las actividades económicas que no representan un riesgo por sus implicaciones para la salud humana, animal y vegetal, la seguridad y el medio ambiente, y que se encuentran clasificadas de conformidad con el SCIAN.

  2. COFEMER: Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

  3. Empresa de Bajo Riesgo: Personas físicas o morales que realizan las actividades económicas contempladas en el Catálogo de Giros de Bajo Riesgo.

  4. Formato Único de Apertura: El documento único emitido en el SARE Y que contiene el requerimiento de la totalidad de los datos y documentos que las

  5. empresas de bajo riesgo deben de presentar los emprendedores, para iniciar el procedimiento de obtención de la Licencia de Funcionamiento.

  6. Manual de Operación: El documento que contiene los procedimientos, unidades administrativas, plazos y características específicas para la operación del SARE debiendo incluir al menos la siguiente información: para efectos del mismo (i) fundamento jurídico que rige su la operación (ii) las unidades administrativas y servidores públicos responsables de su operación; (iii) diagramas de procedimiento; (iv) definición de las etapas y plazos para la obtención de la Licencia de Funcionamiento; (v) definición de la interacción entre las dependencias, organismos, unidades administrativas y servidores públicos que participan en el procedimiento; (vi) dependencia y servidor público.

    Responsable; (vii) responsabilidades específicas por área o servidor público que opera en el SARE (viii) causas por las que se puede rechazar la solicitud de los interesados; (ix) procedimiento para la integración del reporte de monitoreo y seguimiento y (x) indicadores de desempeño del SARE.

  7. SARE- El Sistema de Apertura Rápida de Empresas a través del cual la Autoridad Municipal ejecuta las acciones para que las Empresas

  8. de Bajo Riesgo puedan iniciar operaciones en un máximo de tres días hábiles a partir del ingreso de su solicitud, otorgándosele la Licencia de Funcionamiento correspondiente.

  9. SCIAN: El Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte y sus actualizaciones, que la Junta de Gobierno del INEGI estableció mediante Acuerdo publicado en el DOF el 10 de julio de 2009 como clasificador obligatorio para las Unidades del Estado que generen u obtengan estadísticas económicas del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

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Artículo 4° Las...

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