Reglamento para los Servicios de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado, Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales para el Municipio de Tala, Jalisco

EstadoJalisco
MunicipioTala
Publicación especial • REGLAMENTO • Diciembre de 2011 Medio informativo gratuito
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS.- PRESIDENCIA MUNICIPAL DE TALA, JAL.
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Salvador Jorge Rivera Guerrero, Presidente Municipal del H. Ayuntamiento
Constitucional de Tala, Jalisco, a los habitantes del municipio hago saber, que el
Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tala, Jalisco, en Sesion Ordinaria, ce-
lebrada el día 15 de Diciembre del año 2011, con Acta número 40, ha tenido a bien
aprobar el REGLAMENTO PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE, DRENA-
JE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICION DE AGUAS RESIDUA-
LES PARA EL MUNICIPIO DE TALA, JALISCO.
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TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
Del objeto del Reglamento
ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las medidas
necesarias para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y sa-
neamiento, y se expide de conformidad con el artículo 115 fracción III inciso a) de
blecido por el artículo 79 fracción I de la Constitución Política del Estado de Jalisco;
así como lo dispuesto por los artículos 6, 44, 45, 83, 84, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92,
93, 94, 97, 98, 99, 100, 101 y 102 de la Ley del Agua Para el Estado de Jalisco y
sus Municipios; 42, 46, 91, 94, 95, 96, 109, 116, 117, 118 y 119 del Reglamento de
la Ley del Agua para El Estado de Jalisco y sus Municipios; 94 fracción I de la Ley
del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; 56, 67,
68, 69, 70, 71, 72, 73, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131 y 132
y demás disposiciones legales aplicables.
ARTÍCULO 2.- Las disposiciones de este Reglamento son de orden público e in-
terés social, y tienen por objeto establecer las bases generales para la prestación
de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado y saneamiento, de con-
formidad con lo establecido en la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus
Municipios, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables.
ARTÍCULO 3.- Para lo no previsto en el presente Reglamento se aplicará de ma-
nera supletoria la Ley del Agua Para el Estado de Jalisco y sus Municipios y su
Reglamento, la Ley de Ingresos del Municipio, y demás disposiciones legales apli-
cables.
ARTÍCULO 4.- Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:
I. Agua Potable: Aquella que no contiene contaminantes objetables, ya
sean químicos o agentes infecciosos, que puede ser ingerida o utilizada
para nes domésticos sin provocar efectos nocivos a la salud y que reúne
las características establecidas por las norma ocial mexicana NOM-127-
SSA1-1994 y las demás disposiciones y normas en la materia;
II. Agua Residual: Aquella de composición variada proveniente de las des-
cargas de usos público urbano, doméstico, industrial, comercial, de ser-
vicios, agrícola, pecuario, de las plantas de tratamiento y en general, de
cualquier uso, así como la mezcla de ellas;
III. Agua Tratada: Aguas residuales resultantes de los procesos de trata-
miento o de adecuación de su calidad, para remover total o parcialmente
sus cargas contaminantes, antes de ser descargada en algún cuerpo re-
ceptor nal;
REGLAMENTO PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE,
DRENAJE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE
AGUAS RESIDUALES PARA EL MUNICIPIO DE TALA, JALISCO.
CONTENIDO GENERAL
TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES ........................... 1
CAP. I. Del objeto del Reglamento ...................................................... 1
CAP. II. Del Sistema de Agua Potable ................................................. 3
TÍTULO SEGUNDO. DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ....... 4
CAP. I. Disposiciones Generales ......................................................... 4
CAP. II. De la solicitud, instalación y conexión de los servicios .......... 4
CAP. III. Del Contrato de Prestación de Servicios ............................... 5
CAP. IV. De las nuevas urbanizaciones ............................................... 6
CAP. V. Del uso eciente del Agua ...................................................... 6
CAP. VI. De las cuotas especiales ..................................................... 6
CAP. VII. De las tarifas por uso de los servicios .................................. 7
CAP. VIII. Del pago de los servicios .................................................... 9
CAP. IX. De los adeudos y del procedimiento para su cobro .............. 9
CAP. X. De los descuentos por pago anticipado ............................... 10
CAP. XI. De los subsidios .................................................................. 10
CAP. XII. Del Servicio Medido ........................................................... 10
CAP. XIII. De la inspección y vericación .......................................... 11
CAP. XIV. De la Estimación Presuntiva para el pago de los servicios . 12
CAP. XV. De la suspensión de los servicios ...................................... 12
CAP. XVI. De los derechos y obligaciones de los usuarios ............. 12
CAP. XVII. Disposiciones complementarias .................................... 13
TÍTULO TERCERO. DE LAS INFRACIONES Y SANCIONES ......... 13
CAP. I. De las infracciones de los usuarios ..................................... 13
CAP. II. De las sanciones a los usuarios ......................................... 14
CAP. III. De las infracciones y sanciones del Municipio y
Organismo(s) Auxiliar(es) ................................................................ 14
CAP. IV. Disposiciones complementarias ........................................ 14
TÍTULO CUARTO. DE LA DEFENSA DE LOS USUARIOS ............. 15
CAP. I. De la aclaración ................................................................... 15
CAP. II. De los recursos ................................................................... 15
CAP. III. De la suspensión ............................................................... 15
CAP. IV. Del Juicio de Nulidad ......................................................... 15
TÍTULO QUINTO. DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL ........................ 15
CAP. I. Organización y participación de los usuarios ...................... 15
CAP. II. De la Denuncia Popular ...................................................... 15
TRANSITORIOS ................................................................................. 16
• Año 2 • Publicación especial • Diciembre 2011 • página 2
Gaceta mpal. del H. Ayuntamiento Constitucional de Tala, Jalisco 2010-2012 Juntos marcamos el Progreso
REGLAMENTO PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MUNICIPIO DE TALA, JALISCO.
IV. Alcantarillado: Servicio que proporciona el Municipio para recolectar y
alejar las aguas residuales;
V. Ayuntamiento: Al Ayuntamiento constitucional de Tala, Jalisco.
VI. Bienes del Dominio Público: A los bienes de dominio público de la Fede-
ración, de los Estados o los Municipios, salvo que tales bienes sean utili-
zados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier título,
para nes administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.
VII. Concesión: Acto mediante el cual el Ayuntamiento cede a una Persona
Jurídica, facultades de uso privativo de la infraestructura hidráulica, para
la prestación de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, sa-
neamiento y disposición de aguas y lodos residuales, por un plazo deter-
minado y bajo condiciones especícas;
VIII. Condiciones Particulares de Descarga: Parámetros máximos permisi-
bles por la autoridad correspondiente a elementos físicos, químicos o bac-
teriológicos, que se podrán contener en la descarga de aguas residuales a
los sistemas de colectores, o a los cuerpos receptores federales;
IX. Comisión: A la Comisión Estatal del Agua de Jalisco;
X. Cuota. Contraprestación que deben pagar los usuarios de agua al Munici-
pio por la utilización de los mencionados servicios;
XI. Cuotas especiales: Derechos por aprovechamiento de la infraestructura
que deberán cubrir quienes se benecien directa o indirectamente cuando
soliciten conexión al servicio, incremento de su demanda o cuando el Mu-
nicipio realice acciones en la infraestructura de operación o administración
de los servicios de agua potable y saneamiento, ya sea en ampliaciones,
rehabilitaciones, mejoras, sustituciones o adquisiciones;
XII. Derivación: La conexión de cualquiera de los servicios a que se reere
el presente reglamento, de un predio a otro colindante, o de una línea de
conducción a otra, o de una corriente a otra;
XIII. Descarga Fortuita: Derrama accidental de agua o cualquier otra sustan-
cia al alcantarillado, a una corriente o a un cuerpo de agua;
XIV. Descarga Intermitente: Derrama durante períodos irregulares, de agua
o cualquier otra sustancia, al alcantarillado, a una corriente o a un cuerpo
de agua;
XV. Descarga Permanente: Acción de vaciar agua o cualquier otra sustancia
al alcantarillado en forma periódica o continua a una corriente de agua o
cuerpo de agua;
XVI. Dilución: Combinación de aguas claras de primer uso con aguas residua-
les, utilizadas para evadir el cumplimiento de las condiciones de descarga
jadas por la autoridad competente;
XVII. Infraestructura Intradomiciliaria: Obras que requiere el usuario nal de
cada inmueble para recibir los servicios que establece el presente Regla-
mento;
XVIII. Ley de Ingresos: A la Ley de Ingresos del Municipio de Tala, Jalisco;
XIX. Ley del Agua: A la Ley del Agua para el Estado de Jalisco y sus Munici-
pios;
XX. Municipio: Al Municipio de Tala, Jalisco; y como ente prestador de los ser-
vicios públicos de agua potable, alcantarillado, tratamiento y disposición
de sus aguas residuales, a través de la Hacienda Pública Municipal para
los efectos nancieros y del Departamento de Agua Potable de la Direc-
ción de Servicios Públicos Municipales para efectos operativos;
XXI. Obras Hidráulicas: Conjunto de obras, equipamientos, instalaciones y
mecanismos construidos para el aprovechamiento, control o regulación
del agua para cualquiera de los usos, así como para la prestación de los
servicios a que se reere el presente Reglamento;
XXII. Orden de Prelación: Antelación o preferencia con que un uso de agua
debe ser atendido respecto de otro uso;
XXIII. Organismo Auxiliar: A la(s) unidad(es) administrativa(s) o comité(s) que
se constituya(n) o se haya(n) constituido en cada una de las Localidades,
Delegaciones o Agencias del Municipio donde existan los servicios pú-
blicos de agua potable, los cuales serán considerados como organismos
desconcentrados del Municipio, y estarán subordinados a éste;
XXIV. Predio: Supercie de terreno con límites determinados, baldío o construi-
do, destinado a diferentes nes;
XXV. Red Primaria: Conjunto de obras mayores que son necesarias para abas-
tecer de agua a las zonas urbanas hasta los tanques de regulación del
servicio y las líneas generales de distribución. A falta de tanques, se con-
siderarán las obras primarias hasta la línea general de distribución del
servicio;
XXVI. Red Secundaria: Conjunto de estructura integrada desde por la interco-
nexión del tanque de regulación, o en su caso, de la línea general de
distribución hasta el punto de interconexión con la infraestructura intrado-
miciliaria del predio correspondiente al usuario nal del servicio;
XXVII. Reglamento: Al Reglamento de Prestación de Servicios de Agua Potable,
Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tala, Jalisco;
XXVIII. Reglamento de la Ley: Al Reglamento de la Ley del Agua para el Estado
de Jalisco y sus Municipios;
XXIX. Reuso: Utilización de las aguas residuales, de acuerdo con las disposicio-
nes emitidas para tal efecto;
XXX. Saneamiento. Conjunto de acciones, equipos, instalaciones e infraestruc-
tura para lograr la colecta, traslado, tratamiento, alejamiento y vertido de
las aguas residuales y el manejo y disposición ecológica de los sólidos
resultantes del tratamiento respectivo. Incluye el alcantarillado, emisores,
plantas o procesos de tratamiento y sitios de vertido;
XXXI. Servicio de Suministro de Agua Potable: Distribución del agua apta
para consumo humano;
XXXII. Servicio de Tratamiento de Aguas Residuales: Remoción o reducción
de las cargas contaminantes de las aguas residuales;
XXXIII. Sistema de Agua Potable: Conjunto de instalaciones, equipos y obras
de infraestructura necesarios para prestar el servicio de suministro y tra-
tamiento de aguas;
XXXIV. Tarifa: Los precios establecidos en Ley de Ingresos que deben pagar los
usuarios como contraprestación por determinado uso, rango de consumo
o descarga, en función del tipo de usuario, zona socioeconómica, o cual-
quier otro factor que apruebe la autoridad competente;
XXXV. Toma: Tramo de interconexión situado entre la infraestructura o red se-
cundaria para el abastecimiento de los servicios públicos, y la infraestruc-
tura intradomiciliaria de cada predio, que incluye en su caso mecanismos
de regulación y medición;
XXXVI. Unidad de Consumo: Lugar físicamente separado e independiente, des-
tinado para uso habitacional, comercial, industrial, a Instituciones públicas
o que presten servicios públicos, o cualesquiera otra actividad productiva;
con acceso directo a la calle o a un pasaje o escalera, que permita la en-
trada y salida sin circular por áreas de uso privativo;
XXXVII. Uso Habitacional: Utilización de agua en predios para uso habitacional,
destinada al uso particular de las personas y del hogar, así como el riego
de jardines y de árboles de ornato en estos; incluyendo el abrevadero
de animales domésticos, siempre que estas últimas dos aplicaciones no
constituyan actividades lucrativas;
XXXVIII. No Habitacional: A las tomas que den servicio total o parcialmente a
establecimientos comerciales, prestadores de servicios, industrias, o
cualquier otra actividad económica, así como el servicio de hotelería y en
Instituciones Públicas o que presten servicios públicos;
XXXIX. Uso Comercial: Utilización del agua en inmuebles de fábricas, empresas,
negociaciones, establecimientos y ocinas dedicadas a la comercializa-
ción de bienes y servicios.
XL. Uso Industrial: Utilización de agua en procesos de extracción, conser-
vación o transformación de materias primas o minerales, el acabado de
productos o la elaboración de satisfactores, así como la que se utiliza en
calderas, en dispositivos para enfriamiento, lavado, baños y otros servi-
cios dentro de la empresa, las salmueras que se utilizan para la extracción
de cualquier tipo de sustancias y el agua aún en estado de vapor que es
usada para la generación de energía eléctrica; lavanderías de ropa; lava-
do de automóviles y maquinaria; o para cualquier otro uso o aprovecha-
miento de transformación;
XLI. Uso en Servicios de Hotelería: Uso comercial que se hace en hoteles,
tiempos compartidos, moteles, búngalos, cabañas, condominios con ser-
vicio de hotelería, y en otros inmuebles donde se comercializa con aloja-
miento temporal por períodos inferiores a los seis meses;
XLII. Uso en Instituciones Públicas o que Prestan Servicios Públicos: La
utilización del agua para el abastecimiento de las instalaciones que pres-
ten servicios públicos, así como el riego de sus áreas verdes;
XLIII. Uso Mixto Comercial: Utilización de agua en predios de uso habitacional,
cuando se realicen en el mismo predio en pequeña escala, actividades
propias del uso comercial con nes de supervivencia familiar;

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