Reglamento de Salud en el Municipio de Cuauhtémoc, COLIMA.
Tomo 101, Colima, Col., Sábado 14 de Mayo del año 2016; Núm. 28, pág. 2.
DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUHTÉMOC, COLIMA.
REGLAMENTO DE SALUD EN EL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC, COLIMA.
RAFAEL MENDOZA GODINEZ,
Presidente Municipal de Cuauhtémoc, Colima a sus
Habitantes, sabed:
Que el Honorable Cabildo Constitucional de este Municipio, se ha servido dirigirme La Aprobación del
Reglamento de Salud en el Municipio de Cuauhtémoc. Para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
El siguiente Acuerdo:
CUMPLIENDO CON EL PUNTO NUMERO VIII DEL ORDEN, DE LA SESIÓN ORDINARIA No. 8, DE FECHA 12 DE ABRIL DEL 2016 (DOS MIL DIECISEIS), REFERENTE AL ANALISIS Y APROBACIÓN EN SU CASO DEL REGLAMENTO DE SALUD EN EL MUNICIPIO DE CUAUHTEMOC.
UNA VEZ ANALIZADO Y EXPRESADO CADA UNO DE LOS PRESENTES EL ARGUMENTO QUE CADA UNO DE ELLOS CONSIDERABA, OPINANDO A FAVOR DEL ACUERDO, SE DIO POR CONCLUIDO EL "REGLAMENTO DE SALUD EN EL MUNICIPIO DE CUAUHTEMOC.
SIN COMENTARIOS AL RESPECTO, SE VOTA A FAVOR POR UNANIMIDAD LA APROBACIÓN DE DICHO REGLAMENTO.
REGLAMENTO DE SALUD EN EL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC
En apego a lo previsto por el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el derecho a la salud de los ciudadanos y , en cumplimiento de las leyes, General y Estatal de salud, se expide el presente Reglamento de orden público e interés social, de aplicación y observancia en el municipio de Cuauhtémoc, Colima; que regirá las acciones y competencia del Ayuntamiento en la materia, a ser desarrolladas a través de la Dirección de Ecología y Salud Municipal.
Las disposiciones de este Reglamento son de observancia general en el territorio del Municipio y son de orden público e interés social.
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Ejercer el control sanitario de:
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Mercados y centros de abasto;
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Restaurantes, Fondas y Puestos Ambulantes;
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Panaderías
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Carnicerías, Pollerías y Pescaderías
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Baños Públicos y Gimnasios
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Rastros;
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Agua Potable y Alcantarillado;
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Establos, Chiqueros y Gallineros;
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Establecimientos dedicados a la prestación de servicios como peluquerías, salones de belleza y otros similares;
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Hoteles y casas de huéspedes;
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Transporte Estatal y Municipal
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Gasolineras
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Las demás materias que determinen las bases normativas que establezca la legislación del estado.
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Vigilar, en la esfera de su competencia, el cumplimiento de la Ley de Salud del Estado de Colima, este reglamento y demás disposiciones legales;
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Actuar como autoridad sanitaria en los términos de la Ley Estatal de Salud, y el presente reglamento;
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Coadyuvar y participar, en la medida de sus posibilidades, con las autoridades estatales y federales en materia de salud en la preservación de ésta a favor de los habitantes del municipio;
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Formular y desarrollar programas municipales en materia de salud, en el marco de los sistemas nacional y estatal de salud, de acuerdo con los principios y objetivos de los planes nacionales, estatales y municipales de desarrollo.
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El Ayuntamiento, y
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El Presidente Municipal;
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La Dirección de Ecología y Salud;
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Las autoridades auxiliares.
La salud es un derecho fundamental de los seres humanos, debe tener una atención sanitaria oportuna, aceptable, accesible y de calidad, que permita al individuo una mejor calidad de vida; para lo cual el estado creara los mecanismos necesarios para garantizar la salud en el agua, saneamiento, alimentos, nutrición, vivienda, condiciones sanas de trabajo y medio ambiente, como factores determinantes al derecho a la Salud.
Esto significa que deberán adoptar medidas deliberadas, concretas y específicas hasta el máximo de los recursos de que.
dispongan. Esos recursos incluyen aquellos proporcionados por el propio Estado y los procedentes de la asistencia y la cooperación.
Es facultad del municipio, estado y federación de conformidad a su jurisdicción, investigar, inspeccionar, sancionar y decidir la implementación de medidas preventivas, cuando se dañe o se ponga en riesgo la salud de la población o se exponga al peligro, por la existencia de agentes contaminantes de carácter biológico, físico, biomecánica o psicosocial, incluidas las deficiencias de saneamiento y vivienda, y la contaminación agrícola e industrial del aire, del agua, de los alimentos y del suelo.
ARTÍCULO 12.- El Ayuntamiento cooperará en el ejercicio de las acciones para combatir las enfermedades trasmisibles, adoptando las medidas resultantes de las normas técnicas y programas que implementen las autoridades de salud federales y estatales.
DEL COMITE MUNICIPAL DE SALUD
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El Presidente Municipal;
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El Secretario del H. Ayuntamiento de Cuauhtémoc;
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El Regidor que tenga la Comisión de Salud;
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El Director de Ecología y Salud;
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El Encargado de Salud en el municipio;
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Así como de cuando menos siete consejeros ciudadanos que representen los diferentes sectores públicos y/ o privados de la población.
El consejo estará presidido por el Presidente Municipal.
Ayuntamiento con mayoría simple.
Una vez conformados, los comités se sujetaran a los Programas de Salud Estatales del consejo correspondiente, solicitando para ello, capacitación técnica oportuna al vocal asignado.
TABAQUISMO, en los términos y acciones que señalan los artículos del 188 al 190 de la Ley General de Salud. Comprendido entre otras acciones: la educación sobre los efectos del tabaquismo en la salud, dirigiendo especialmente a la familia, niños, adolescentes incluyendo la orientación a la población para que se abstenga de fumar en lugares públicos y prohibición de fumar en los lugares cerrados de los edificios públicos, con excepción de las áreas
restringidas para los fumadores. La FARMACODEPENDENCIA, en los términos de los acuerdos de coordinación respectivos, con facultades de determinar y ejercer medios de control, vigilancia y/o sanciones administrativas, establecimientos que vendan sustancias inhalantes para este fin. Así mismo promover y llevar a cabo campañas permanentes de información y orientación a la ciudadanía para la prevención de daños a la salud provocados por el consumo de estas substancias.
Para tal fin, se sujetara a las normas y programas establecidos por COESIDA (Consejo Estatal para la Prevención y Control del Sida), además de implementar medidas y estrategias propias encaminadas a reducir los riesgos de VIH/SIDA en nuestro municipio. Entre...
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