Reglamento para el Registro de Comunidades Indigenas en el Estado

REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE COMUNIDADES INDIGENAS EN EL ESTADO

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el miércoles 16 de agosto de 2006.

C.P. MARCELO DE LOS SANTOS FRAGA, Gobernador Constitucional del Estado de San Luis Potosí y en ejercicio de las facultades que me confiere los artículos 72, 80, 83 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre; Soberano de San Luis Potosí; 1°, 2°, 11 y 12 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí, y 11 de la Ley Reglamentaria al artículo 9 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, y

CONSIDERANDO.

En razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE COMUNIDADES INDÍGENAS EN EL ESTADO

Artículo 1°

El presente reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento de registro a que se deberán sujetar las Comunidades Indígenas, de acuerdo a los criterios que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para tener el reconocimiento como comunidad indígena y puedan ejercer los derechos que la ley les confiere.

Artículo 2° Son sujetos de aplicación del presente...

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