Reglamento para la Protección al Ambiente y Preservación Ecológica

EstadoMichoacán
MunicipioAngangueo
COPIA SIN VALOR LEGAL
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CXXXVIII Morelia, Mich., Lunes 27 de Febrero del 2006 NUM. 21
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Lázaro Cárdenas Batel
Secretario de Gobierno
Enrique Bautista Villegas
Director del Periódico Oficial
Arturo Hernández Tovar
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 300 ejemplares
Esta sección consta de 32 páginas
Precio por ejemplar:
$ 10.40 del día
$ 16.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Director: Arturo Hernández Tovar
I N D I C E
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ANGANGUEO, MICH.
Reglamento de Participación Ciudadana........................................................... 2
Reglamento de Protección al Ambiente y Preservación Ecológica............... 12
Reglamento de Alumbaro Público...................................................................... 27
ACTA DE SESIÓN No. 047/06
EN EL MINERAL DE ANGANGUEO, DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE
OCAMPO, SIENDO LAS 10:00 HORAS DEL DÍA 18 DIECIOCHO DE ENERO
DEL AÑO 2006, DOS MIL SEIS, REUNIDOS EN LAS INSTALACIONES QUE
OCUPA LA PRESIDENCIA MUNICIPAL, UBICADA EN CALLE NACIONAL
No. 1, EN LA SALA DE CABILDO DEL H. AYUNTAMIENTO DE ANGANGUEO,
EL C. TOMÁS MARTÍNEZ RAMÍREZ, PRESIDENTE MUNICIPAL
CONSTITUCIONAL, C. J. GUADALUPE MARTÍNEZ ARENAZAS, SÍNDICO
MUNICIPAL, Y LOS C. MARÍA DE LOURDES GUERRA TAPIA, C. ISABEL
MARTÍNEZ CRUZ, C. ISMAEL MORA GONZÁLEZ, C. JOAQUÍN CEDILLO
ABURTO, C. JULIO ÁLVAREZ CARRILLO, C. JOSÉ ORTEGA PÉREZ, Y C.
ENRIQUE JUÁREZ GONZÁLEZ; REGIDORES; ASÍ COMO EL ING. JOSÉ
ANDRÉS GARCÍA ALMANZA, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO,
PARA DAR INICIO A LA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO BAJO EL
SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA:
ORDEN DEL DÍA
1.- ...
2.- ...
3.- ...
4.- APROBACIÓN DE REGLAMENTOS VARIOS.
5.- ...
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 12
Lunes 27 de Febrero del 2006.
COPIA SIN VALOR LEGAL
REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE
Y PRESERVACIÓN ECOLÓGICA
En cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, Título Quinto, artículo
115, fracción II, los ayuntamientos tendrán facultades para
aprobar de acuerdo con las leyes en materia municipal, los
bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y
demás disposiciones administrativas, y en la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo en el Título
Segundo, Capítulo IV, artículo 26 correspondiente a resolver
los asuntos que le corresponden, el Ayuntamiento celebrará
sesiones, y Capítulo V, artículo 32, fracción XIII referente a
expedir y reformar los reglamentos municipales necesarios
para el mejor funcionamiento del Ayuntamiento, Título
Noveno, artículos 145, 146, 147, 148 y 149 de la facultad
reglamentaria municipal, de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Michoacán, los integrantes del H. Ayuntamiento
de Angangueo, Michoacán, han tenido a bien expedir el
presente REGLAMENTO DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE
Y LA PRESERVACIÓN ECOLOGICA.
A T E N T A M E N T E:
PRESIDENTE MUNICIPAL
C. TOMÁS MARTÍNEZ RAMÍREZ
(Firmado)
SÍNDICO MUNICIPAL
C. JOSE GUADALUPE MARTÍNEZ ARENAZAS
(Firmado)
REGIDORES
C. ISMAEL MORA GONZÁLEZ
(Firmado)
C. JOAQUÍN CEDILLO ABURTO
(Firmado)
C. ENRIQUE JUÁREZ GONZÁLEZ
(Firmado)
C. MARÍA DE LOURDES GUERRA TAPIA
(Firmado)
C. MARÍA ISABEL MARTÍNEZ CRUZ
(Firmado)
C. JULIO ÁLVAREZ CARRILLO
(Firmado)
JOSÉ ORTEGA PÉREZ
(Firmado)
REGLAMENTO PARA LA PROTECCIÓN AL
AMBIENTE Y PRESERVACIÓN ECOLÓGICA
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- Las disposiciones del presente Reglamento
son de orden público e interés social, y tienen como fin
establecer los principios, normas y acciones para asegurar
la preservación, protección, mejoramiento, instauración o
restauración del ambiente; así como su desarrollo
sustentable y la preservación, control, mitigación de los
contaminantes y sus causas, con la finalidad de evitar el
deterioro e impacto ambiental y para coordinar que la política
ecológica municipal, se traduzca en una mejor calidad de
vida para los habitantes del Municipio de Angangueo, Mich.
ARTÍCULO 2.- El presente Reglamento tiene por objeto
regular las atribuciones que le reconoce al Ayuntamiento la
Ley de Protección al Ambiente, y la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, dentro del Municipio
de Angangueo, Michoacán.
ARTÍCULO 3.- Se considera de utilidad y orden público e
interés social:
I. El ordenamiento ecológico dentro del territorio
municipal, en los casos previstos por el presente
Reglamento y demás disposiciones legales
aplicables;
II. El establecimiento de la política y los criterios
ambientales particulares del Municipio;
III. La creación de jardines, parques y áreas verdes; así
como la forestación y reforestación de las áreas
naturales del Municipio; y,
IV. Las demás acciones que se realicen para dar
cumplimiento a los fines del presente Reglamento,
sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la
Federación y al Estado de Michoacán.

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