Reglamento de Protección Ambiental y Ecología del Municipio de Canatlán

EstadoDurango
MunicipioCanatlán
REGLAMENTO DE
PROTECCIÓN
AMBIENTAL Y ECOLOGÍA
DEL
MUNICIPIO DE CANATLAN
2004-2007
CANATLÁN, DGO ., MARZO DEL 2005.
GOBIERNO MUNICIPAL
DEL MUNICIPIO DE CANATLÁN
H. AYUNTAMIENTO DE CANATLÁN, DGO., SIEMPRE HAN SIDO OBJETO DE
CONSTANTE PREOCUPACIÓN POR LAS RESERVAS NATURALES Y LA
PROTECCIÓN ECOLÓGICA DEL MUNICIPIO.
QUE EN VIRTUD DE LO ANTERIOR Y CON EL FIN DE PRESERVAR PARA LAS
GENERACIONES FUTURAS UN ENTORNO SANO, GUARDANDO EN TODO
MOMENTO EL EQUILIBRIO DEL ECOSISTEMA EN EL MUNICIPIO, AUNADO A UN
VERDADERO CONTROL PARA LA EXPLOTACIÓN DE SUS RECURSOS
NATURALES, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON CONFERIDAS Y CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 4 Y 115 FRACCIÓN II, DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS;
ARTÍCULO 3 Y 103 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE
SOBERANO DE DURANGO DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL.
EL HONORABLE CABILDO EN PLENO APROBÓ EL
RESOLUTIVO N° 117
REGLAMENTO DE PROTECCIÓN
AMBIENTAL y ECOLOGIA DEL MUNICIPIO DE
CANATLAN.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES.
Art. 1.- El presente reglamento es de orden público, de observancia general y de
interés social y tiene por objeto establecer las bases para que el municipio ejerza
en su territorio las normas, políticas y acciones que le competen en materia de
preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como en la protección
del medio ambiente, procurando garantizar el derecho de toda persona a vivir en
el medio adecuado para su desarrollo, salud y bienestar.
Art. 2.- Las disposiciones de este ordenamiento son reglamentarias de:
a. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
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b. Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
c. Ley Orgánica Municipal.
d. Normas Oficiales mexicanas
e. Bando de Policía y Gobierno, y
f. Demás disposiciones legales aplicables en la materia.
Art. 3.- En los aspectos que no son regulados por el presente ordenamiento se
aplicará en forma supletoria la Ley General de Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente y la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección
al Ambiente a la concurrencia de las facultades derivadas de las mismas.
Art. 4.- Los alcances del presente Reglamento son las siguientes.
I. Definir los principios de la política ambiental del territorio municipal.
II. Establecer las bases del ordenamiento ecológico local.
III. Fomentar la preservación, restauración y mejoramiento del ambiente.
IV. Prevenir y controlar la contaminación del aire, agua y suelo.
V. Establecer los mecanismos de coordinación, con las dependencias
federales y estatales, así como con las organizaciones privadas y
sociales.
CAPÍTULO II
DEFINICIONES
Art. 5.- Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:
I. Aguas residuales: Es el agua de desecho, proveniente de actividades
domésticas , industriales, de servicios, de comercio, pecuarios o
agrícolas.
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