Reglamento de Promociones Externas para el Municipio de Navolato, Sinaloa

EstadoSinaloa
MunicipioNavolato
ING. MARCO CESAR ALMARAL RODRÍGUEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE NAVOLATO, SINALOA, MÉXICO, A SUS
HABITANTES HACE SABER:
QUE EL AYUNTAMIENTO DE ESTA MUNICIPALIDAD POR CONDUCTO DE SU
SECRETARÍA TUVO A BIEN COMUNICARME LO SIGUIENTE:
Que con fundamento en lo estipulado en la Fracción II del Artículo 115 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Artículos 111 y 125 Fracción II de la
Constitución Política del Estado de Sinaloa, y el Artículo 20, Fracción IV de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Sinaloa.
DECRETO MUNICIPAL No. 39
REGLAMENTO DE PROMOCIONES EXTERNAS PARA
EL MUNICIPIO DE NAVOLATO, SINALOA*
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente reglamento es de orden público e interés general y sus disposiciones son
de observancia obligatoria en el territorio del municipio de Navolato, Sinaloa.
Artículo 2. La aplicación del presente reglamento, compete al Ayuntamiento de Navolato,
Sinaloa, por conducto de la Dirección de Obras Públicas, Dirección de Urbanismo y Ecología, y
Dirección de Desarrollo Social, y a sus dependencias, las cuales coadyuvarán en el ámbito de sus
competencias, en el cumplimiento de sus disposiciones.
Artículo 3. Este reglamento tiene por objeto regular la realización de obras de servicios y usos
públicos a través de la promoción externa.
Artículo 4. Para los efectos de este reglamento, se entenderá por:
PROMOCIÓN EXTERNA: Toda acción emprendida por particulares, personas físicas o
morales, legalmente constituidas, que tengan el propósito de realizar obras de servicios y usos
públicos, cuya promoción y contratación se haga directamente entre promotores y destinatarios.
PADRÓN MUNICIPAL DE PROMOTORES EXTERNOS: El registro que la Dirección de
Obras Públicas, la Dirección de Urbanismo y Ecología, y la Dirección de Desarrollo Social del
Ayuntamiento de Navolato llevan a efecto para estar en posibilidad de regular y normar la
promoción y construcción de obra pública producto de promociones externas.
COMITÉ TÉCNICO: El órgano integrado por los representantes de los destinatarios de las
obras, cuya función es la de interpretar y evaluar los aspectos técnicos de las promociones
externas, para las negociaciones necesarias.
* Publicado en el P.O. No. 34, miércoles 19 de marzo de 1997.

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