Reglamento de la Policía Preventiva y Tránsito Municipal de Navolato

Fecha de publicación14 Octubre 2011
EstadoSinaloa
MunicipioNavolato
EL ESTADO DE SINALOA
ORGANO
OFICIAL
DEL GOBIERNO
DEL
ESTADO
(Correspondencia
de
Segunda
Clase
Reg.
DGC-NUM.
016
0463
Marzo
05
de
1982.
Tel.
Fax.717-21-70)
Tomo cn
3m.
Epoca
Culiacáll, Sin., Viernes 14 de Octubre de 2011. No, 123
ÍNDICE
PODER
EJECUTIVO
ESTATAL
INSTITUTO SINALOENSE
DE
LAS MUJERES
AVclllce
Financiero,
relativo
al
Segundo
Trimestre
de
20
11.
COMISIÓN
ESTATAL DE
GESTIÓN
EMPRESARIAL
Y
REFORMA
REGULATORIA
Avance
Financiero,
relativo
al
Primero,
Segundo,
Tercero
y
Cuarto
Trimestre
de
20
10.
2 -
14
AYUNTAMIENTOS
Municipio
de
Navolato.-
Liquidación
por
concepto
de
Derechos
por
la
guarda
o depósito
de
vehículos
en
la
Pensión
de
Transito.
Decreto
Municipal
No.
07
de
Navolato.- Reglamento
de
la
Policía Preventiva y Tránsito Municipal
de
Navolato.
Decreto Municipal
No.
02
de
Rosario.- Control Interno para
la
Administración Municipal
del
H.
Ayuntamiento
de
Rosario,
Sin
aloa.
15
-
90
AVISOS
GENERALES
Sol.
Rutas.-
Guadalupe Higinio
Valdez
Serna; María CrescencíaLara Olivas; Antonio Payán Olivas; Ricardo
Márquez Soto; Peraza Valenzuela Claudia Esther; Roberto Mayorquín Cañedo; María Elena Garzón Castelo;
ManuelAntonio
Benítez
Raygoza.
91
-
93
AVISOS
JUDICIALES
EDICTOS
94
-
120
AVISOS
NOTARIALES
120
RESPONSABLE: Secretarfa Gel/eral
de
Gabiema. DIRECTOR:
Lic.
Jesús
H/lmberta
Cassf" Ramirez
22 «EL ESTADO DE SINALOA» Viernes 1 4 de Octubre de
2011
El
C.
EVELlO
PLATA
INZUNZA, Presidente Municipal de Navolato, 8inal08, a sus habitantes hace saber:
Que
el
Ayuntamiento de este Municipio. por conduclo de
su
Secretaria,
ha
~enido
a bien comunicarme para los
efectos correspondientes, lo siguiente:
Que en sesión de cabildo celebrada con carácter de ordinaria el
dla
veintiséis
de
Septiembre del año dos mil
once, el Ayuntamiento de Navolato, en ejercicio de las facultades conferidas en el articulo 115 fracción
11
de
la
Constitución Polltica de los Estado Unidos Mexicanas, y los ArtIculas No. 3 Párrafo Segundo, 79 y
81
fracción
111
de
la
Ley
de
Gobierno Municipal del Estado de
8ina108,
tuvo a bien aprobar REGLAMENTO
DE
LA
POLlCtA PREVENTIVA y TRÁNSITO MUNICIPAL DE
NAVOlATO.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Considerando que el artIculo 115 de nuestra Carta Magna, en su fracción
111,
inciso H, establece que uno de los
servicios y funciones a cargo de los Ayuntamientos es el de la Seguridad pública,
en
este contexto en sesión
de cabildo No. 69/10 efectuada con fecha 20 de Febrero de 2010, fue aprobado Reglamento de Policra
Preventiva y Transito Municipal de Navolate, mismo que fue publicado el dra 03 de Diciembre de 2010, en el
Periódico Oficial
~EI
Estado de
Sinaloa~.
Que en la actualidad el citado reglamento de Pelicra Preventiva y
Transito Municipal requiere adecuarlo a las nuevas disposiciones emanadas de
la
Ley General del Sistema
Nacional de Seguridad Pública y de
la
Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa, actualizando su
estructura operativa, administrativa y jurld'lca, efectuando diversas y variadas modificaciones princ'lpalmente en
los siguientes aspectos: Grados, Integración, funcionamiento y atribuciones de
la
Comisión de Honor y Justicia,
Comisión del Servicio Proíeslonal de Carrera Policial, Consejo Municipal de Seguridad Pública y Comités de
Consulta y participación de
la
Comunidad, Todo lo anterior a efecto de que las acciones de la Policra
Preventiva del Municipio de Navolato se enmarquen dentro
de
la legalldad, y
asr
mismo sus elementos puedan
participar de los beneficios que
eno
conlleva, tales como, formación inicial, formación continua y especializada,
permanencia, desarrollo y promoción, percepciones extraordinarias, estimulas; y certificación en las
instituciones policiales, haciendo posible la profesionalización de los Integrantes
de
la
policra Preventiva de
este Municipio.
Que analizada que la propuesta de Reglamento de
la
Policla Preventiva y Transito Municipal de Navolato, y
comparado con el actual marco jurldico nacional en materia de Seguridad Pública, el mismo resulta acorde a
la
realidad normativa y Constitucional que
en
materia de Seguridad Publica prevalece en nuestro Pals,
Para
el
cumplimiento de
ro
expuesto, ante el Ayuntamiento de Navolato, ha tenido a bien expedir el siguiente:
Reglamento de
la
Policra Preventiva y Transito Municipal de Navolato, conforme al siguiente texto:
DECRETO MUNICIPAL
N'
07
REGLAMENTO DE
lA
POLIcíA
PREVENTIVA y
TRÁNSITO
MUNICIPAL
DE
NAVOlATO
TíTULO
PRIMERO
Disposiciones Preliminares
Capitulo
Único
Articulo
1. Se entiende por seguridad pública, para los efectos de este reglamento,
la
función a cargo del
municipio, orientada al mantenimiento de la tranquilidad y el orden público,
as!
como la prevención en
la
comisión de delitos y conductas antisociales, contribuyendo al respeto al derecho y a la protección
de las personas en su integridad
yen
sus bienes.
Articulo
2.
El
presente ordenamiento es de observancia general y obligatoria para la Policla Preventiva y de
Tránsito del municipio
de
Navorato,
asl
como para todos los cuerpos
de
seguridad que accidentalmente
desempel"ten estas funciones, ya por . mandato expreso
de
una ley, reglamento o disposición de
observancia general, o
por
comisión o delegación especial. Quedan excluidas de la aplicación
de
este
reglamento las asocIaciones o sociedades de carácter civil o mercantil
que
presten servicios de
seguridad, las cuales se sujetaran a los ordenamientos jurldicos establecidos en la Ley
de
Seguridad
Publica del Estado
de
Sinaloa,
OCT.
14 -p,.NO.100C¡11O"30
Viernes
14
de
Octubre
de
2011 «EL ESTADO DE SINALOA" 23
ArtIculo
3. De acuerdo
con
fa
previsto
por
los articulas
21
de la Constitución Federal y 113, de la Constitución
Palltica del Estado de Sinalas,
en
relación con los articulas 38, fracción VI,
71,
72
Y 73
de
la Ley
de
Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa,
la
Paliera Preventiva y
de
Tránsito del Municipio de
Navorata, estará al mando del Presidente Municipal, quien lo ejercitará por
conducto
del ComIsario
de
Seguridad
Pública y Tránsito Municipal.
Articulo
4.
Para fos efectos
de
este ordenamiento se entenderá por:
l. Ayuntamiento:
Al
órgano de gobIerno del
MuniCipio
de
Navolato,
Sinaraa;
11.
Centro Estatal: Al Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza;
111.
Consejo Municipal: Al Consejo Municipal de Seguridad Pública de Navolato;
IV. Constitución Estatal: A
la
Constitución Polltica del Estado de
Sin
aloa;
V.
Constitución Federal: A
la
Constitución Polltica de los Estados Unidos Mexicanos;
VI. Comisión: A
la
Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial, de
la
Dirección
de
Seguridad
Pública y Transito Municipal;
VII. Comité:
Al
Comité de Consulta y Participación de
la
Comunidad, del Consejo Municipal de Seguridad
Pública;
VHI.
Integrantes
de
Seguridad Pública: A todos
los
elementos operativos que conforman
la
instituciones
de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio
de
Navolato;
IX. Consejo Estatal:
Al
Consejo Estatal de Seguridad Pública;
X.
Instituto Estatal: Allnstiluto Estatal de Ciencias Penales y Seguridad Pública del Estado
de
S1na108;
XI. Dirección: A la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal;
XII.
Comisario:
La
persona designada por
el
Presidente Municipal para ser
el
titular
de
la
Dirección
de
Seguridad Pública y Tránsito Municipal;
XIII.
Ley Estatal: A
la
Ley
de
Seguridad Pública del Estado
de
Sinaloa;
XIV.
Ley General:A
la
Ley
General del Sistema Nacional
de
Seguridad Pública;
XV.
Municipio:
Al
Municipio de Navolato;
XVI. Reglamento:
Al
Reglamento de
la
Policra Preventiva y Transito Municipal
de
Navolato;
XVII. Presidente Municipal;
Al
Presidente Municipal de Navolato;
XVIU.
Registro Estatal:
Al
Registro Estatal de Personal de Seguridad Publica;
XIX. Registro Nacional: Al Registro Nacional de Personal de Seguridad Publica;
XX.
Secretario del Ayuntamiento: Al Secretario del Ayuntamiento de Navolata;
XXI. Seguridad Pública: A
las
acciones realizadas por
el
órgano de Gobierno del Municipio Navolato,
orientadas
en
la
esfera de
su
competencia, a salvaguardar
la
integridad,
los
bienes y derechos de
[as
personas; a preservar el orden y
la
paz públicos; asl como a
la
prevención del delito, las faltas
administrativas
y,
en
su
caso, a coadyuvar
con
las instituciones
de
seguridad pública federal y estatal
en
la
persecución e investigación de los delitos, otorgando información o de cualquier otra forma que
permita a los niveles de gobierno
el
desarrollo eficaz de
la
prestación de esta función o servicio público;
XXII. Servicio Profesional:
Al
Servicio Profesional de Carrera Policial de los Elementos operativos que
conforman
la
Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal;
XXIII. Sistemas Estatal:
Al
Sistema Estatal de Seguridad Pública; y
XXIV. Sistema Nacional:
Al
Sistema Nacional
de
Seguridad Pública;
Articulo
5.
El
Sistema Estatal de Seguridad Pública, es
la
instancia de coordinación, seguimiento y evaluación,
en
la
que intervienen de manera ordenada, las instituciones
de
seguridad pública, en
el
marco de sus
respectivas atribuciones y competencias, para cumplir
el
objeto del presente Reglamento,
la
Ley
Estatal de Seguridad Pública y los fines de
la
seguridad pública.
TITULO
SEGUNDO
De
las competencias en materia de Seguridad Pública en el Municipio
Capllulo I
De
las autoridades competentes en materia de Seguridad Pública
Articulo
6. Son autoridades' municipales competentes en materia de Seguridad Pública Municipal, las
siguIentes:
1.
El Ayuntamiento de Navolato;
11.
El Presidente Municipal;
111.
El Secretario del Ayuntamlenlo;
IV. El Comisario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal;

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