Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio de Minatitlán

EstadoVeracruz
MunicipioMinatitlán
Página 2 GACETA OFICIAL Martes 4 de septiembre de 2007
H. AYUNTAMIENTO DE MINATITLÁN, VER.
2005-2007
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
DEL MUNICIPIO DE MINATITLÁN.
Capítulo I
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo II
HABITANTES Y VECINOS DEL MUNICIPIO Y DE LOS ORGANISMOS
AUXILIARES
Capítulo III
CONSEJO DE DESARROLLO MUNICIPAL
Capítulo IV
PATRONATOS DE VECINOS
Capítulo V
COMITÉS COMUNITARIOS O DE OBRA
Capítulo VI
RECURSO DE INCONFORMIDAD
Transitorios
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Las disposiciones de este reglamento son de
interés público y de carácter obligatorio en el municipio y tienen
por objeto:
I. Sustentar el desarrollo municipal en los aspectos social,
económico, cívico y cultural, con la participación de los ciuda-
danos.
II. Abrir canales de comunicación para la participación ciu-
dadana en las acciones de gobierno, con el fin de propiciar la
corresponsabilidad entre los habitantes del municipio y las au-
toridades municipales.
III. Conformar un concepto de ciudadanía basado en el re-
conocimiento de las obligaciones y derechos que garanticen
que la sociedad se exprese libremente en el marco de la ley.
Artículo 2. La participación ciudadana radicará en los
principios de:
I. Democracia: Se refiere a la igualdad de oportunidades de
los habitantes del municipio, para participar en la toma de deci-
siones públicas sin discriminaciones de carácter político, reli-
gioso, racial, ideológico, de género o de otra especie.
II. Corresponsabilidad: Es el compromiso compartido entre
los ciudadanos y el gobierno de acatar las decisiones mutua-
mente convenidas, reconociendo y garantizando los derechos
de los habitantes a proponer y decidir sobre los asuntos
públicos.
III. Inclusión: El fundamento de una gestión pública social-
mente responsable, que englobe y comprenda todas las opi-
niones de quienes desean participar, reconoce desigualdades y
promueve un desarrollo equitativo de la sociedad y de los indi-
viduos que la conforman.
IV. Solidaridad: Es la disposición de toda persona de asu-
mir los problemas de otros como propios, contraria a todo egoís-
mo o interés particular. La solidaridad propicia el desarrollo de
relaciones fraternales entre los vecinos, eleva la sensibilidad
acerca de la naturaleza de las propias situaciones adversas y
las de los demás, así como nutre y motiva las acciones para
enfrentar colectivamente los problemas comunes.
V. Legalidad: Es la garantía de que las decisiones de gobier-
no serán siempre apegadas a derecho; con seguridad para la
ciudadanía en el acceso a la información y con la obligación
expresa, por parte del gobierno, de informar, difundir, capacitar
y educar para una cultura democrática.
VI. Respeto: Es el reconocimiento pleno a la diversidad de
visiones y posturas, asumidas libremente en torno a los asun-
tos públicos.
Comienza incluso por la libertad de elegir cuándo y cómo se
participa en la vida pública del municipio.
VII. Tolerancia: Es la garantía de reconocimiento y respeto
a la diferencia y a la diversidad de quienes conforman la socie-
dad. La tolerancia es un elemento esencial en la construcción de
consensos.
VIII. Sustentabilidad: Se refiere a la responsabilidad de que
las decisiones asumidas en el presente aseguren a las genera-
ciones futuras el control y disfrute de los recursos naturales del
entorno; para lograr esto es indispensable crear y mantener la
armonía entre la sociedad y el medio ambiente.
Artículo 3. Los instrumentos de la participación ciudadana
son:

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