Reglamento para la Organizacion y Funcionamiento de los Comites Municipales de Planeacion
REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES MUNICIPALES DE PLANEACION
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el sábado 4 de agosto de 1979.
ING. LEANDRO ROVIROSA WADE, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, A SUS HABITANTES, SABED:
Que de acuerdo con la finalidad que me confiere la Constitución Política del Estado, en su artículo 51, en relación con el 4 y 5 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco y el 16, 17, 22 y 23 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado, otorgan al titular del mismo y,
C O N S I D E R A N D O.
He tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES MUNICIPALES DE PLANEACION
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Presidente, que lo será el Presidente Municipal.
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Secretario, que lo será el Presidente de la Junta Municipal de Mejoramiento Moral, Cívico y Material.
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Secretario Técnico, que lo será el secretario de Planeación y Obras Públicas.
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Tesorero, que lo será el Tesorero Municipal; y
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Los representantes de los grupos sociales que integran la comunidad a través de sus organismos legalmente constituidos.
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Industriales,
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Comerciantes,
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Ganaderos,
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Profesionistas,
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Juntas de Mejoramiento Moral, Cívico y Material,
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Comités de Colonia Municipal,
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Agricultores,
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Transportistas,
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Sindicatos,
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Vecinales,
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Comunidades Agrarias,
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Deportivos,
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Sociedades escolares de padres de familia,
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Gremiales de Maestros de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior,
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Culturales y de Servicio Sociales. Para mayor eficiencia representativa se procurará que los grupos sociales en cuestión sean los que garanticen la representatividad de su grupo en el ámbito municipal.
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El H. Ayuntamiento en sesión de Cabildo, autorizará la expedición de una convocatoria para tal efecto.
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La Convocatoria contendrá la orden del día y será fijada en los sitios públicos de costumbre y se le podrá dar difusión a través de los medios de comunicación existentes en la Municipalidad.
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Contendrá además la convocatoria, las bases para la integración del Comité, conforme a la Ley de la materia y este Reglamento.
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De la sesión de Constitución se levantará acta, la cual será suscrita por los asistentes que quisieren hacerlo, así como el Presidente y el Secretario.
ATRIBUCIONES Y FACULTADES DE LOS COMITES
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Formular los proyectos de Planes de Desarrollo Urbano de Centros de Población.
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Formular el proyecto de Plan de Desarrollo Urbano.
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Formular anteproyectos de Planes Parciales.
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Participar en la formulación de proyectos de Planes regionales, subregionales, sectoriales y en la demás planeación urbana que se opere en el Municipio.
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Solicitar la asesoría y apoyo de la Secretaria de Asentamientos Humanos del Estado, de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas y dependencias federales del ramo, cuando lo estimen conveniente.
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Formular los proyectos de modificaciones y ampliaciones del Plan Municipal e inclusive, formular un nuevo proyecto del Plan si así se considera conveniente.
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Promover la colaboración de Universidades e Institutos de enseñanza Superior y similares.
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Oír discrecionalmente previa solicitud a grupos que expresen planteamientos sobre problemas involucrados en la temática del desarrollo urbano.
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Coadyuvar para el logro de los objetivos y metas de...
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