Reglamento Orgánico de la Dirección General de Tránsito y Transporte del Municipio de Oaxaca de Juárez

EstadoOaxaca
Municipiode Juárez, Oaxaca
REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION GENERAL DE TRANSITO
Y TRANSPORTE DEL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUAREZ
SECRETARIA MUNICIPAL
REGIDORA MARIA LUISA ACEVEDO CONDE, Encargada del Despacho de la
Presidencia municipal del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, del Estado libre y
soberano de Oaxaca, a sus habitantes hace saber: Que el Honorable Ayuntamiento
Constitucional de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, en uso de sus facultades y con fundamento
en lo dispuesto por el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, artículo 113 fracción I de la Constitución Política del Estados Libre y
Soberano de Oaxaca.
REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSITO Y
TRANSPORTE DEL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento es de interés público y observancia general y
obligatoria para los integrantes de la Dirección General de transito y transporte del
Municipio de Oaxaca de Juárez; independientemente de las funciones que realicen o de
las áreas a las que se encuentren asignados y tiene por objeto regular la organización y
funcionamiento del personal de la Institución.
ARTÍCULO 2.- La Dirección General de Tránsito y Transporte del Municipio de Oaxaca de
Juárez, es una dependencia de la Administración Pública del Municipio de Oaxaca de
Juárez, a quien corresponde la atención de los asuntos relativos al tránsito de vehículos,
peatonal, la vialidad y el transporte público, así como auxiliar en materia de Seguridad
Pública y protección civil.
ARTÍCULO 3.- El Cuerpo de Tránsito Municipal queda integrado como “Dirección
General de Tránsito y Transporte del Municipio de Oaxaca de Juárez”, sujeto a las
normas y lineamientos del Reglamento de Transito y Transporte del Municipio de Oaxaca
de Juárez, el presente Reglamento Orgánico y demás disposiciones legales aplicables a
los Cuerpos de Seguridad Pública, tanto Federales como Estatales.
ARTÍCULO 4.- La Dirección General de Tránsito y Transporte del Municipio de Oaxaca de
Juárez, es una corporación policial organizada bajo el régimen especial de los Cuerpos de
Seguridad Pública y será dotado del equipo y armamento a cargo del Gobierno Municipal,
acorde a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, así como por las disposiciones
Legales aplicables a los de su clase y las que dicte el Presidente Municipal.
ARTÍCULO 5.- La Dirección General de Tránsito y Transporte del Municipio de Oaxaca de
Juárez, tendrá el número de elementos operativos y administrativos acorde a sus
necesidades y posibilidades presupuéstales del H. Ayuntamiento.
ARTÍCULO 6.- De conformidad con el artículo 29 de la Ley General que Establece las
Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se considera como
miembros de la Dirección General de Tránsito y Transporte del Municipio de Oaxaca de
Juárez, a quien ostente un nombramiento o condición jurídica equivalente, otorgada por el
H. Ayuntamiento, quienes serán considerados como trabajadores de confianza.
REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION GENERAL DE TRANSITO
Y TRANSPORTE DEL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUAREZ
SECRETARIA MUNICIPAL
ARTÍCULO 7.- Los integrantes de la Dirección General de Tránsito y Transporte del
Municipio de Oaxaca de Juárez, tienen la obligación de portar los uniformes, insignias,
divisas y equipo reglamentarios que se les asigne en todos los actos y situaciones de
servicio a excepción de los casos que prevé la ley. Queda estrictamente prohibido
portarlos o usarlos fuera del servicio.
ARTÍCULO 8.- Corresponde a la Dirección General de Tránsito y Transporte del Municipio
de Oaxaca de Juárez:
I. Prevenir la Comisión de faltas al Reglamento de Tránsito y Transporte del Municipio
de Oaxaca de Juárez;
II. Vigilar permanentemente el respeto al orden público y la seguridad de los habitantes;
III. Auxiliar dentro del marco legal al Ministerio Público, a las autoridades Judiciales y
Administrativas de carácter Estatal o Federal cuando sea requerido para ello;
IV. Dictar las medidas necesarias para la observancia y cumplimiento del Reglamento de
Tránsito y Transporte Municipal; y
V. Aprehender, en los casos de flagrante delito; en situaciones urgentes y a petición de la
parte interesada, a los presuntos responsables de la comisión de algún delito,
respetando las garantías constitucionales de los detenidos, poniéndolos
inmediatamente a disposición de la autoridad competente, en especial, tratándose de
menores infractores.
ARTÍCULO 9.- En situaciones emergentes por desastre natural o provocado, la Dirección
General tomará las medidas que sean necesarias y coordinará sus acciones con las
autoridades que sean competentes a fin de dar solución a las mismas, dando cuenta
inmediata al Coordinador General de Seguridad Pública, Tránsito, Transporte y Protección
Civil, a efecto de rendir informe al Presidente Municipal.
ARTÍCULO 10.- La disciplina y el servicio a la comunidad son normas a las que el
personal de Tránsito debe sujetar su actuación, teniendo como base un alto concepto de
los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, y como su objetivo
personal a realizar el exacto cumplimiento de la ley; con fundamento en penúltimo párrafo
CAPÍTULO SEGUNDO
FACULTADES DE LAS AUTORIDADES DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE MUNICIPAL
ARTÍCULO 11.- Compete al H. Ayuntamiento Constitucional a través del Presidente
Municipal:
I. Ejercer el mando del Cuerpo de Tránsito dentro del Municipio;
II. Dictar medidas necesarias para la observancia y cumplimiento de las
disposiciones legales en materia de Tránsito y Transporte;

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