Reglamento de Operacion del Sistema Estatal de Proteccion Civil
REGLAMENTO DE OPERACION DEL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCION CIVIL
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, el miércoles 27 de agosto de 1997.
LIC. BENJAMIN CLARIOND REYES-RETANA
GOBERNADO SUSTITUTO DEL ESTADO DE NUEVO LEON
Con fundamento en los Artículos 85 Fracción X de la Constitución Política para el Estado, 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado y 10 y 19 de la Ley de Protección Civil para el Estado, se expide el siguiente:
REGLAMENTO DE OPERACIÓN DEL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL.
Las Dependencias Federales, Estatales y Municipales, así como sus respectivos Órganos Auxiliares que por sus funciones operativas participen en programas de prevención, auxilio y restablecimiento; los Patronatos y Cuerpos de Bomberos, la Cruz Verde, la Cruz Roja, y los Grupos Voluntarios, así como las Unidades Internas de Respuesta Inmediata, serán consideradas como Organismos Auxiliares de las Autoridades de Protección Civil.
DEL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL
DE LA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
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Un Director,
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Un Subdirector Administrativo y de Prevención,
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Un Subdirector Operativo,
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Un Subdirector Administrativo de Emergencias,
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Un Asesor Jurídico,
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Un Auditor Interno,
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Un Jefe de Departamento de Comunicación Social,
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Un Jefe de Departamento de Informática,
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Un jefe de Departamento Administrativo,
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Un Jefe de Departamento de Integración, Coordinación y Capacitación de
Unidades Internas de Protección Civil,
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Un Coordinador de Comandantes,
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Personal Administrativo y Operativo
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Celebrar convenios con las organizaciones obreras, campesinas y empresariales, así, como con instituciones educativas y de investigación en materia de protección civil;
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Participar en los programas de capacitación en materia de protección civil para los niveles de preescolar, primaria y secundaria;
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Organizar y llevar a efecto campañas permanentes para publicar y difundir estudios, investigaciones y materiales que contribuyan al cumplimiento de la política de protección civil y a inducir su participación solidaria y responsable en las acciones programadas;
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Elaborar, publicar y difundir manuales y circulares de prevención y autoprotección en el hogar, en la vía pública, en el trabajo, así como en los lugares en que por su naturaleza o destino se produzca afluencia masiva de personas;
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Elaborar, publicar y difundir manuales y circulares para normar la conducta de los habitantes del Estado en caso de siniestro o desastre;
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Promover la realización de ejercicios y simulacros para disminuir los daños en caso de siniestro o desastre; y
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Promover los Comités Locales de Ayuda Mutua en todos los sectores o concentración de áreas de riesgo.
DE LOS GRUPOS VOLUNTARIOS
La Dirección promoverá la formación de grupos voluntarios de: bomberos, paramédicos, organizaciones civiles, instituciones privadas de protección civil lucrativas y no lucrativas y demás organismos sociales que deberán registrarse en la Dirección Estatal de Protección Civil, donde se les expedirá la autorización para su funcionamiento, la cual indicará el número de registro, nombre del grupo voluntario, actividades a las que se dedica y adscripción autorizada, las restricciones, en su caso y el alcance de su intervención. El registro deberá refrendarse anualmente ante la Dirección de Protección Civil.
El Padrón Estatal de Voluntarios de Protección Civil estará integrado por las siguientes secciones:
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De organizaciones obreras, industriales y empresariales;
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De organizaciones campesinas y comunidades rurales;
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De agricultores y ganaderos;
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De organizaciones comerciales, turísticas y de servicios;
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De instituciones educativas, académicas y de investigación;
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De organizaciones civiles e instituciones privadas lucrativas y no lucrativas;
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De profesionistas especializados en protección civil y de responsivas técnicas otorgadas;
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De representaciones sociales y particulares interesados en la protección civil; y
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De las dependencias del sector público.
DE LAS UNIDADES INTERNAS
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Introducción;
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Objetivos;
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Planos, organigrama, directorios y resumen fotográfico;
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Niveles de contingencia;
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Atlas de Riesgos;
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Análisis de Riesgos;
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Hidrometeorológicos
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Químicos
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Socio-organizativos
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Sanitarios
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Geológicos
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¿Qué hacer antes, durante y después de cada uno de los riesgos identificados con sus...
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