Reglamento Municipal de Limpia Pública, H. Ayuntamiento de Papantla, Veracruz

Fecha de publicación01 Enero 2014
EstadoVeracruz
MunicipioPapantla
GACETA OFICIAL
SUMARIO
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNO
ELVIRA VALENTINA ARTEAGA V EGA
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL
INGRID PATRICIA LÓPEZ DELFÍN
Calle Morelos No. 43, Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CLXXXIX Xalapa-Enríquez, Ver., miércoles 1 de enero de 2014 Núm. 001
H. AYUNTAMIENTO DE PAPANTLA, VER.
REGLAMENTO MUNICIPAL DE LIMPIA P ÚBLICA.
folio 001
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EDICTOS Y ANUNCIOS
Página 2 GACETA OFICIAL Miércoles 1 de enero de 2014
H. AYUNTAMIENTO DE PAPANTLA, VER.
REGLAMENTO MUNICIPAL DE LIMPIA PÚBLICA
El C. Ing. Jesús Cuauhtémoc Cienfuegos Meraz, Presiden-
te Municipal Constitucional de Papantla, Veracruz, en cumpli-
miento a lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Orgánica del
Municipio Libre, a los habitantes sabed:
Que con esta fecha el H. Ayuntamiento, en uso de las atri-
buciones que le confieren los artículos 115 fracción II de la
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Veracruz-Llave, 34, 35 fracción XIV, de la Ley Orgánica del
Municipio Libre y 1 al 12 de la Ley número 531 que establece
las Bases Normativas conforme a las cuales los Ayuntamien-
tos de esta Entidad deberán expedir sus Bandos de Policía y
Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones adminis-
trativas de observancia general de orden municipal, se reunió
en Sesión de Cabildo y aprobó el siguiente Reglamento Muni-
cipal de Limpia Pública, bajo los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S:
Primero. Que el H. Ayuntamiento de Papantla está
facultado por la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, artículo 115, fracción II; la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Veracruz, Art. 71, la Ley nú-
mero 9 Orgánica del Municipio Libre, artículo 34 y fracción
XIV del artículo 35, la Ley número 531 que establece las ba-
ses generales para la expedición de bandos de policía y go-
bierno, reglamentos, Circulares y Disposiciones administra-
tivos de Observancia general de Orden Municipal, para regla-
mentar todo lo relativo a la prestación de servicios públicos
que se atribuyen a los municipios.
Segundo. Que es interés de este H. Ayuntamiento seguir
las políticas y lineamientos que se encuentren vigentes a nivel
Federal y Estatal que emanan de las Leyes promulgadas por el
Presidente de la Republica y el Gobernador del Estado res-
pectivamente en el sentido de adecuar las disposiciones lega-
les y por ende ajustar estrictamente a Derecho las actividades
de la Administración pública respecto a la protección del Me-
dio Ambiente y Salud Pública.
Tercero. La ciudad de Papantla de Olarte, Ver., debe supe-
rar los rezagos existentes en el manejo de sus residuos por
impacto en salud Pública y ecológica, entre otros aspectos,
para consolidarse como una importante alternativa de inversión
y de residencia para la población, en el contexto nacional.
Cuarto. Que como consecuencia del crecimiento
poblacional, se hace no solo necesario, sino indispensable,
actualizar la reglamentación en materia de Limpia Pública.
Quinto. Que el Municipio cuenta con personalidad jurídi-
ca, y está facultado por el párrafo segundo de la Fracción II del
artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Uni-
dos Mexicanos, para expedir los Reglamentos, Bandos de Po-
licía y Gobierno, Circulares y Disposiciones Administrativas
de Observancia General dentro de su jurisdicción territorial;
así como por el Artículo 71 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave; al igual, por los
artículos 2, 34, 35 Fracciones XIV, y XXV de la Ley Orgánica
del Municipio Libre del Estado de Veracruz; tiene a bien expedir
el presente:
REGLAMENTO MUNICIPAL DE LIMPIA PÚBLICA
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
I. Artículo 1. Las disposiciones que contiene este Regla-
mento son de orden público y de observancia general para los
habitantes, propietarios de inmuebles, visitantes, transeúntes,
y en general personas físicas y morales incluidos organismos
y entidades de la administración pública federal, estatal o mu-
nicipal, empresas de cualquier índole asentadas en el Munici-
pio de Papantla, cuyo objeto es establecer las disposiciones
básicas para la prestación de los servicios públicos municipa-
les de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición
final de los residuos sólidos que se generan.
Artículo 2. La Dirección de Limpia Pública se auxiliará
para el conocimiento de las faltas o infracciones cometidas
por la inobservancia o incumplimiento al presente ordenamiento
por conducto de:
I. Agentes y sub-agentes Municipales;
II. Policía Municipal;
III. Inspectores Municipales del ramo de Limpia Pública;
IV. Inspectores Municipales del ramo de Salud Pública;
V. Presidentes de Colonias, de Sector y Jefes de Manzana;
VI. Inspectores de los Servicios Coordinados de Salud en
el Estado;
VII. Secretaría del Medio Ambiente;
VIII. Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
(PROFEPA); y
IX. Todos los ciudadanos del Municipio.
Por lo anterior podrá realizar la notificación de las infrac-
ciones por conducto de los enunciados en las fracciones I, II,
III y IV.

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