Reglamento Municipal de Catastro de Aguililla, Michoacán

Fecha de publicación11 Agosto 2010
EstadoMichoacán
MunicipioAguililla
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 8
Miércoles 11 de Agosto del 2010. 4a. Secc.
REGLAMENTO MUNICIPAL DE CATASTRO DE
AGUILILLA, MICHOACÁN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1º.- Las disposiciones del presente Reglamento
son de orden público e interés general y tienen por objeto
regular la actividad catastral en el territorio del municipio.
ARTÍCULO 2º.- Para todos los efectos catastrales se
entiende por:
I. PREDIO: Una porción de terreno limitada por un
perímetro material o virtual, comprendido dentro del
Municipio de Aguililla, de la que sean propietarios o
poseedores una o varias personas;
II. PREDIO URBANO: El que se encuentra dentro del
perímetro urbano de las poblaciones o los que estén
ubicados en zonas rústicas y contengan
construcciones que no se destinen a fines agrícolas,
ganaderos, mineros o forestales;
III. PREDIO RÚSTICO: Los que no estén
comprendidos en la fracción anterior;
IV.PREDIO URBANO EDIFICADO: Los que
contengan obras de cualquier tipo arquitectónico y
destinados a cualquier uso, construidas o en proceso
de construcción; que consten de cimientos o sin
ellos, muros y techos, incluyendo las instalaciones
adheridas permanentemente y que formen parte
integral de ella;
V. PREDIO URBANO BALDÍO:
a) Al predio que no tenga construcciones; y,
b) Al predio que tenga construcciones en un
área inferior al 25% de la superficie total y
que al practicar avalúo de las edificaciones
estas resulten con un valor inferior al 50%
del terreno, siempre que éste se ubique dentro
del área urbana.
Se exceptúa del tratamiento indicado en este inciso
a los predios utilizados con fines habitacionales,
educativos, comerciales de prestación de servicios,
así como los predios cuyas áreas no construidas
constituyan jardines ornamentales o sean utilizados
para actividades deportivas, siempre y cuando
cuenten con infraestructura, equipamiento o
instalaciones respectivas.
VI . VÍA PÚBLICA: Todo espacio terrestre de uso común
ocupado por calles, banquetas, jardines públicos,
avenidas, calzadas, callejones, cerradas o privadas
y sus confluencias y cruceros que se encuentren
destinados a permitir el tránsito de vehículos, ciclistas
y peatones y en general, a facilitar la comunicación
entre diferentes áreas y zonas;
No tienen el carácter de vía pública los predios
pertenecientes al dominio privado de la Federación,
del Estado, del Municipio o de los particulares para
fines restringidos o aprovechamientos privados, así
como los bienes de uso común en los condominios.
VII. MANZANA: La superficie de terreno limitado por el
trazo de una vía pública;
VIII. UNIDAD DE SUPERFICIE: Es la expresión en metros
cuadrados o hectáreas, y submúltiplos de los mismos
según sea el caso, que se refiere a las medidas de
superficie y extensión del predio;
IX. UNIDAD DE CONSTRUCCIÓN: Es la expresión en
metros cuadrados y submúltiplos de los mismos que
ocupa la construcción que se aloja en el predio;
X. TABLAS DE VALORES UNITARIOS:
a) Tabla de valores de terreno.- Son las
consideradas para el suelo por unidad de
superficie, que se determina de conformidad
con lo previsto en la ley, para cada sector o
zona económica catastral; y,
b) Tabla de valores de construcción.- Son los
considerados para los distintos tipos de
edificios por unidad de construcción de
acuerdo a su clasificación, que se determina
de conformidad con lo previsto en la ley.
XI. UNIDAD TIPO: Al tipo de predio y edificación
preponderante en la zona catastral que determina la
Dependencia Municipal, en función de la superficie
y calidad de la construcción;
XII. VALOR CATASTRAL: Es el valor técnicamente
determinado para cada bien inmueble mediante la
del Ayuntamiento Constitucional de Aguililla, Michoacán
que suscribe de conformidad con la facultad que le otorga
el Articulo 62, Fracción III de la Ley Orgánica Municipal
Vigente. (Firmados).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR