Reglamento Municipal de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado, Saneamiento, Tratamiento y Disposición, Uso y Reuso de Aguas Residuales para el Municipio de Apaseo el Grande, Gto.

Fecha de publicación24 Septiembre 2010
EstadoGuanajuato
MunicipioApaseo el Grande
PERIODICO OFICIAL 24 DE SEPTIEMBRE- 2010 PAGINA 3
PRESIDENCIA MUNICIPAL - APASEO EL GRANDE, GTO.
EL CIUDADANO DR ERNESTO MUÑOZ LEDO OLIVEROS, PRESIDENTE MUNICIPAL DE
APASEO EL GRANDE, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO, HACE SABER:
QUE EL AYUNTAMIENTO QUE PRESIDE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE
CONCEDEN LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIONES I, II INCISO a), Y III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 106,107, y 117, FRACCIONES I Y II DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; 69 FRACCIÓN I , INCISO B) 202,203, 204
FRACCIONES II Y III DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL Y 17 FRACCION VII DEL REGLAMENTO
INTEROR DEL H. AYUNTAMIENTO, EN SESIÓN 28º ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 4 CUATRO DEL
MES DE JUNIO DEL AÑO DE 2010 DOS MIL DIEZ APROBÓ EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE,
ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN, USO
Y REUSO DE AGUAS RESIDUALES PARA EL MUNICIPIO DE APASEO EL GRANDE, GTO.
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO ÚNICO
DEL OBJETO DEL REGLAMENTO
ARTICULO 1.- Con base en las facultades concedidas a los Ayuntamientos por la Constitución
Política de la República Mexicana, y la del Estado de Guanajuato, así como la Ley Orgánica Municipal, se
creó para la prestación de los servicios públicos del agua potable, alcantarillado, saneamiento y tratamiento
de aguas residuales en el Municipio de Apaseo el Grande, Guanajuato un Organismo Público Descentralizado
de la Administración Municipal con personalidad jurídica y patrimonio propios, el cual se denomina « COMITÉ
MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE APASEO EL GRANDE, GTO.» y/o “C.M.A.P.A..”
El presente reglamento es de orden público, interés social y de observancia obligatoria en todo el
Municipio, cuyo objeto es Regular la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado,
Saneamiento, Tratamiento y Disposición, Uso y Reuso de Aguas Residuales en el Municipio de Apaseo el
Grande, Guanajuato, la Organización y el funcionamiento del Comité Municipal de Agua Potable y
Alcantarillado de Apaseo el Grande, Guanajuato y de los Comités Rurales que prestan los servicios del
Agua dentro del Municipio de Apaseo el Grande, Guanajuato, con fundamento en el Art. 32 de la Ley de
Aguas para el Estado de Guanajuato.
ARTICULO 2.- Corresponde al Comité Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Apaseo el
Grande, Guanajuato, la detección, extracción, conducción y potabilización del agua, la planeación,
construcción, mantenimiento, rehabilitación y ampliación de las redes y del equipo necesario para el suministro
de este servicio a la población de la zona Urbana y Comunidades adheridas de Apaseo el Grande, Guanajuato,
así como prevenir y controlar la contaminación de las aguas que se descargan en los sistemas de drenaje y
a los alcantarillados, así como del tratamiento, disposición y comercialización de las aguas residuales y
lodos.
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ARTÍCULO 3.- Se considera de utilidad pública las actividades tendientes a la planeación,
programación y ejecución de las obras de abastecimiento de agua potable y las relativas al drenaje,
alcantarillado, tratamiento, saneamiento, disposición y comercialización de aguas residuales y lodos en el
Municipio de Apaseo el Grande, Guanajuato.
ARTÍCULO 4.- El Comité Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Apaseo el Grande,
Guanajuato tendrá su domicilio legal en la ciudad de Apaseo el Grande, Guanajuato, y sólo por causa
justificada y con aprobación de la mayoría calificada del Ayuntamiento, será posible su cambio fuera de la
cabecera Municipal, previa solicitud y acuerdo del Comité Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de
Apaseo el Grande, Guanajuato.
ARTICULO 5.- Para el desempeño de las funciones que le correspondan al Comité Municipal de
Agua Potable y Alcantarillado de Apaseo el Grande, Guanajuato. contará con el auxilio de las dependencias
municipales, dentro de los límites de las atribuciones de éstas y observará las disposiciones legales derivadas
de las leyes Federales y Estatales sin perjuicio de su competencia Constitucional en cuanto a la extracción,
uso y aprovechamiento de las aguas, así como a la descarga, tratamiento, saneamiento, prevención y
control de la contaminación de las descargas de aguas residuales y lodos, así como su reuso y comercialización
de las mismas una vez que hayan sido utilizadas.
ARTICULO 6.- Para los efectos de las disposiciones subsecuentes de este reglamento, los siguientes
términos tendrán la connotación que se indica:
I. Por C.M.A.P.A., se entenderá al «COMITÉ MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DE APASEO EL GRANDE, GUANAJUATO»;
II. Por Consejo Directivo se entenderá al Órgano de Gobierno del « COMITÉ MUNICIPAL DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE APASEO EL GRANDE, GUANAJUATO».
III. Por Reglamento se entenderá al Presente Reglamento Municipal.
IV. Por Ley de Aguas Nacionales se entenderá a la Ley de Aguas Nacional.
V. EMA.- Entidad Mexicana de Acreditación.
VI. Por Comisión se entenderá a la Comisión Estatal de Agua de Guanajuato.
VII. Por Ley de Aguas, la Ley de Aguas para el Estado de Guanajuato.
ARTICULO 7.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 16 de la Ley de Hacienda para los
Municipios para el Estado de Guanajuato, se delega expresamente a favor del « COMITÉ MUNICIPAL DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE APASEO EL GRANDE, GUANAJUATO», la facultad para
llevar a cabo la determinación y liquidación de los créditos fiscales, así como para exigir, el pago de los que
no hayan sido cubiertos o garantizados en los plazos legales, mediante el procedimiento administrativo de
ejecución previsto en la Ley de Hacienda para los Municipios para el Estado de Guanajuato.
ARTÍCULO 8.- Corresponde al C.M.A.P.A., las siguientes atribuciones:
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I. Administrar y proporcionar los servicios de agua potable, la detección, extracción, conducción
y potabilización del agua, la planeación, construcción, mantenimiento, rehabilitación y
ampliación de las redes y del equipo necesario para el suministro de este servicio, y del
drenaje;
II. Prevenir y controlar la contaminación de las aguas que se descargan en los sistemas de
drenaje y a los alcantarillados, de igual forma el tratamiento, disposición y comercialización de
las aguas y lodos residuales, dentro de los límites territoriales del Municipio que se encuentra
dentro de la cabecera municipal de Apaseo El Grande, Guanajuato, así como las Comunidades
adheridas;
III. Planear, estudiar, proyectar, construir, rehabilitar, ampliar, operar, mantener y conservar la
infraestructura de agua potable, alcantarillado, saneamiento, tratamiento, disposición y reuso
de aguas y lodos residuales, así como su comercialización;
IV. Ejecutar las obras necesarias, por si o a través de terceros, para la prestación de los servicios
a que se refiere el presente Reglamento;
V. Establecer las normas técnicas, criterios y lineamientos para la prestación de los servicios en
todo el Municipio, vigilando su cumplimiento y observancia cuando le corresponda proporcionar
los servicios.
VI. Formular y mantener actualizado el padrón de usuarios de las zonas a su cargo;
VII. Formular y mantener actualizado el registro e inventario de los bienes, pozos, recursos, líneas,
tanques, cárcamos, plantas, reservas hidrológicas y demás infraestructura hidráulica a su
cargo;
VIII. Cobrar los adeudos a favor del C.M.A.P.A., con motivo de la prestación de los servicios, de
acuerdo a las tarifas vigentes;
IX. Promover y ejecutar programas de uso eficiente del agua y difundir una cultura del agua en el
municipio, destinando un porcentaje anual de sus recursos para ello;
X. Realizar los trámites que sean necesarios para la obtención de créditos o financiamientos que
se requieran para la debida prestación de los servicios;
XI. Someter a la aprobación del Ayuntamiento las tarifas por los costos de los servicios que preste
el C.M.A.P.A., así como los aranceles, multas, recargos, infracciones, derechos de dotación
de servicios a los fraccionamientos, de descargas industriales, de especificaciones técnicas
de construcción de sistemas de agua potable, drenajes, alcantarillados, saneamiento de aguas,
y disposición de lodos;
XII. Buscar la participación ciudadana y vecinal, así como de los sectores público y privado, para
la mejor prestación de los servicios;

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