Reglamento de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Municipio de Terrenate, Tlaxcala

REGLAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES DEL MUNICIPIO DE TERRENATE TLAXCALA

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el miércoles 24 de marzo de 2010.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. H. Ayuntamiento Constitucional. Terrenate, Tlax. 2008-2011.

ACTA DE SESION ORDINARIA DE CABILDO

H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Terrenate, Tlax.,

PRESIDENCIA

2008-2011

Siendo las 10 horas con treinta y dos minutos del día veinticuatro de junio de dos mil nueve y citados en las instalaciones del H. Ayuntamiento de Terrenate, Estado de Tlaxcala, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35 fracción III de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, los CC.

Lic. Francisca Fuentes Godos Presidenta Municipal

C. Navor León Alvarado Síndico Municipal

C. Miguel Angel Hernández Martínez Primer Regidor

C. Rodrigo Montiel Ramírez Segundo Regidor

C. Mauricio Fernández Gallardo Tercer Regidor

C. Ramos Rodríguez León Cuarto Regidor

C. Rigoberto León Briones Quinto Regidor

C. Estanislao Carmona Castillo Sexto Regidor

C. Floriberto Lozada Rodríguez Presidente de Comunidad de Villarreal

C. Angel de Fermín López Presidente de Comunidad de Los Ameles

C. Jerónimo Hernández Márquez Presidente de Comunidad de Nicolás Bravo

C. Pedro Hernández Hernández Presidente de Comunidad de Guadalupe Victoria

C. Rey Concha Zamora Presidente de Comunidad de Toluca de Guadalupe

C. José de Luz De Gante Briones Presidente de Comunidad de El Capulín

C. Fernando Huerta Romero Presidente de Comunidad de Chipilo

C. Gregorio Palafox Castillo Secretario del H. Ayuntamiento

Con Ausencias de: ninguno

...

Pide la palabra el Regidor Rodrigo Montiel Ramírez para pedir la aprobación del modelo del Reglamento Municipal de Protección al Ambiente de SEMARNAT, y el pago de la publicación de éste, a lo que contestan que se aprueba el modelo del reglamento municipal presentado con anterioridad, más no el pago de su publicación ya que se considera que por ser un modelo que propone la dependencia en comento, le corresponde la publicación de este documento.

.

Se cierra la presente siendo las trece horas con veinticinco minutos del mismo día en que se comenzó firmando al margen y al calce los que en ella intervinieron para los usos y fines legales a que haya lugar.

EL C. ERNESTO FERNANDEZ SANCHEZ SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TERRENATE, TLAXCALA EN DEBIDA FORMA:

CERTIFICA

QUE LAS PRESENTES FOTOCOPIAS CONCUERDAN FIEL Y LEGALMENTE CON SUS ORIGINALES QUE TENGO A LA VISTA, Y QUE CONSTAN DE CUATRO FOJAS UTILES POR UN SOLO LADO PARA LOS USOS Y EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.

ATENTAMENTE

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION

TERRENATE, TLAXCALA A 23 DE MARZO DE DOS MIL DIEZ

C. ERNESTO FERNANDEZ SANCHEZ

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DE TERRENATE, TLAXCALA

Firma Autógrafa.

Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. H. Ayuntamiento Constitucional. Terrenate, Tlax. 2008-2011.

GOBIERNO MUNICIPAL

H. AYUNTAMIENTO DE TERRENATE TLAX.

2008-2011

C. LIC. FRANCISCA FUENTES GODOS Presidenta municipal de TERRENATE, del Estado de Tlaxcala, en cumplimiento a las facultades que me confieren los artículos 37, 41 fracción III y 56 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, a sus habitantes hace saber:

El Honorable Ayuntamiento del Municipio de TERRENATE TLAXCALA, en el ejercicio de las facultades que le otorgan los artículos 115 fracción II, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 46 fracción IV y 86 fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y 2º, 33 fracción I y XXXV, 49 y 56 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala; así como con fundamento en los artículos: párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4º. y 8º. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 1º. 11 y 15 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; 7º. 8º. y 13 de la Ley General de Vida Silvestre; y 10 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 85, 88 párrafo segundo, 88 BIS 1 y 91 BIS de la Ley de Aguas Nacionales; 5º. de la Ley de Ecología y de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala, y 55, 56, 57 y 69 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de TERRENATE, TLAXCALA, y demás relativos, ha tenido a bien expedir el Reglamento de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Municipio de: TERRENATE, TLAXCALA, para quedar como sigue:

REGLAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES DEL MUNICIPIO DE TERRENATE TLAXCALA

TITULO PRIMERO
Disposiciones Generales Artículos 1 a 17
CAPÍTULO ÚNICO Artículos 1 a 7

Normas Preliminares

Artículo 1o El presente Reglamento, tiene por objeto establecer las normas básicas para proteger el medio ambiente y los recursos naturales dentro del territorio municipal, a fin de incrementar la calidad de vida de sus habitantes y de garantizar la permanencia en condiciones saludables de las presentes y futuras generaciones

Sus disposiciones son de orden público y de interés social.

Artículo 2o Se considera de orden público y de alta prioridad social, las medidas necesarias para la protección y mejoramiento del ambiente y de los recursos naturales del Municipio.
Artículo 3o En el Municipio, el ejercicio de las actividades para el mejoramiento y protección del ambiente y sus recursos naturales estará sujeto a las disposiciones del presente Reglamento y a los criterios, y facultades reservadas a los municipios, en los siguientes ordenamientos:
  1. La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley General de Vida Silvestre y la Ley de Ecología y de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala, sus Reglamentos, normas oficiales mexicana y normas técnicas ecológicas;

  2. La Ley Municipal del Estado de Tlaxcala;

  3. El Bando de Policía y Gobierno del Municipio;

  4. Las bases de coordinación que conforme a las anteriores leyes se definan entre las autoridades involucradas;

  5. Los convenios que para el efecto se suscriban entre los diferentes niveles de gobierno y sus instituciones, y

  6. Los demás ordenamientos jurídicos aplicables.

Artículo 4o El presente Reglamento es de observancia general en todo el territorio municipal, y su aplicación corresponde a las autoridades normativas y operativas del Municipio.
Artículo 5o La ignorancia de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, a nadie exime de su cumplimiento y responsabilidad, por lo que es deber de todos los habitantes del Municipio, conocer y cumplir las disposiciones contenidas el (sic) mismo.
Artículo 6o Se considera de interés social:
  1. El establecimiento de medidas para la prevención y control de la contaminación del aire, agua y suelo en el territorio municipal;

  2. El establecimiento de zonas intermedias de salvaguardia con motivo de la realización de actividades consideradas riesgosas;

  3. La adecuada disposición de los residuos sólidos urbanos;

  4. El ordenamiento ecológico del territorio municipal para propiciar que las actividades de los particulares estén ecológicamente planificadas y bajo un esquema de desarrollo sustentable;

  5. El establecimiento y protección de zonas de conservación ecológica municipal, parques urbanos y jardines, y

  6. La aplicación de las medidas necesarias para la protección de los recursos naturales dentro del territorio municipal.

Artículo 7o Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:
  1. Aguas Residuales: Las aguas de composición variada provenientes de las descargas de usos público urbano, doméstico, industrial, comercial, de servicios, pecuario, de los sistemas de tratamiento y en general, de cualquier uso, así como la mezcla de ellas;

  2. Alcantarillado municipal: Infraestructura del Municipio, destinada a colectar aguas residuales y en algunos casos pluviales;

  3. Ambiente: El conjunto de elementos naturales e inducidos por el hombre que interactúan en un lugar y tiempo determinados;

  4. Áreas de uso e interés común: Son los espacios de uso general de los vecinos del municipio, tales como parques, plazas, jardines, camellones, unidades deportivas y zonas de esparcimiento tanto urbanas como rurales;

  5. Colindancias: Límites de la propiedad en línea imaginaria hasta la medianería;

  6. Condiciones particulares de descarga: El conjunto de parámetros físicos, químicos y biológicos y de sus niveles máximos permitidos en las descargas de aguas residuales, determinados o fijados por la autoridad municipal a un usuario o grupo de usuarios para su descarga a los sistemas de alcantarillado municipal, con el fin de conservar y controlar la calidad de las aguas conforme al presente Reglamento y a las normas oficiales mexicanas...

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