Reglamento de la Ley Estatal de Salud en Materia de Rastros
REGLAMENTO DE LA LEY ESTATAL DE SALUD EN MATERIA DE RASTROS
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Sección II del Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el sábado 26 de marzo de 1988.
Reglamento de la Ley Estatal de Salud En materia de rastros
Disposiciones comunes
Casa de matanza, el lugar destinado a la matanza de los animales en pequeña escala.
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Corrales de desembarque;
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Corrales de marcado y pesaje;
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Corrales de reposo, examen y antemorten;
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Corrales de depósito;
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Area de higiene;
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Area de insensibilización;
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Area de sangrado y recolección;
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Area de desollado y recolección;
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Area de separación de extremidades e identificación;
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Area de evisceración e identificación de vísceras y canales;
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Area de inspección;
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Canales;
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Vísceras y cabeza;
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Area de sección de canales y recolección de médula;
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Area de lavado;
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Area de enmantado;
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Area de refrigeración;
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Area de comercialización;
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Area de lavado y vísceras, y
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Area de refrigeración de vísceras y cabeza.
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De escaldado;
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De flameado;
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De muestreo para estudio triquinoscópico, y
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De saponificación de las grasas.
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De reposo y examen antemortem;
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De escaldado; y
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De desplumado.
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Laboratorio de análisis físico, químico y microbiológico;
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Laboratorio de triquinoscopía;
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Area de necropsias (anfiteatro);
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Horno crematorio;
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Oficinas para autoridades sanitarias;
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Sanitarios y regaderas; y
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Vestidores
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Sala de frituras;
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Area para carnes no aptas para el consumo, separada de la demás del rastro, equipada con mesas reglamentarias, útiles de trabajo y de aseo;
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Area de congelación;
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Area de rendimiento;
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Planta de luz; y
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Oficinas administrativas.
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Colaboración con la administración del rastro, incluyendo los organismos subsidiarios o servicios conexos.
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Vigilar directamente que la carne y las vísceras que se expendan, ostenten el sello de inspección sanitaria.
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Participar en la vigilancia del adecuado manejo y destino de: la sangre de los animales sacrificados; el estiércol fresco o seco; las cerdas; los cuernos; las pezuñas; orejas, la vesícula biliar; las glándulas; el hueso calcinado; los pellejos provenientes de la limpia de pieles; los residuos y las grasas de las pailas, así como todos los productos de los animales enfermos que se destinan a pailas o que sean remitidos por las autoridades sanitarias para el anfiteatro o para su incineración; y cuantas materias resulten del sacrificio del ganado.
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Verificar las condiciones sanitarias del transporte de toda clase de productos de la matanza de animales, para su distribución a los diversos establecimientos en el municipio, así como del ganado en pie, cuando sea necesario; y
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Indicar las obras necesarias para la mejor prestación de los servicios.
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Lavar cuidadosamente pisos, paredes, techos, mesas perchas, emparrillados y otros por medio de mangueras y cepillos. En donde se manipule carne de cerdo, se empleará para el lavado lejías de potasa o sosa que eliminen las grasas;
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En excusados, mingitorios, lavaderos, caños, desagües y demás instalaciones sanitarias, aplicar desinfectantes autorizados por el Departamento de Salud;
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Recolectar en un lugar cerrado las basuras y desperdicios, los cuales serán retirados o incinerados diariamente; y
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Implementar un sistema autorizado de control de la fauna nociva.
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Preparación de las grasas comestibles;
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Almacenamiento de pieles; y
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Almacenamiento de cuernos, pezuñas y grasas animales no comestibles.
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Lavado y desinfección de vehículos; y
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Depósito de estiércol y dispositivos adecuados para su eliminación.
Ubicación y construcción
Todos los focos o lámparas que se instalen en las áreas de sacrificio y faenado, deberán tener pantallas protectoras o algún otro dispositivo de seguridad que impida la contaminación de la carne en caso de rotura.
Las ventanas que no abran deberán tener paneles completos de vidrio y las que se abran tendrán un revestimiento fijo de tela de alambre; estos revestimientos se dispondrán de manera que se pueda desmontar fácilmente para realizar su limpieza. Los antepechos internos de las ventanas si los hay, deberán estar inclinados para evitar que se usen como repisas.
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Techos. Proyectados y construidos para impedir la acumulación de suciedad y la condensación, debiendo ser de fácil limpieza;
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Paredes. De material impermeable no tóxico, de superficie lisa...
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