Reglamento Interno de la Unidad de Programas Coordinados Federacion-estado, del Estado de Quintana Roo
REGLAMENTO DE LA UNIDAD DE PROGRAMAS COORDINADOS FEDERACIÓN-ESTADO, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Número 12 Extraordinario del Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, el sábado 9 de noviembre de 1995.
MARIO ERNESTO VILLANUEVA MADRID, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME OTORGA LA CONSTITUCION POLlTICA DEL ESTADO EN SUS ARTICULOS 90 FRACCION XVII Y 91 FRACCION VI, Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 4 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO EN VIGOR; Y
C O N S l D E R A N D O...
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO, HE TENIDO A BIEN DICTAR EL SIGUIENTE
D E C R E T O
POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERNO DE LA UNIDAD DE PROGRAMAS COORDINADOS FEDERACIÓN-ESTADO, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO
A C U E R D O
DE LA COMPETENCIA Y ORGANIZACION.
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Oficina del C. Director General.
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Dirección de Auditoría, Supervisión y Evaluación.
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Dirección Jurídica.
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Departamento de Simplificación Administrativa.
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Coordinación Administrativa.
Las demás unidades subalternas que se establezcan por acuerdo del Titular de la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado, las que deberán contenerse y especificarse en el Manual de Organización de la misma.
Gobernador del Estado y determine el Titular de la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado.
DE LAS ATRIBUCIONES DEL TITULAR.
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Fijar, dirigir y controlar la política de la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado, de conformidad con los objetivos, metas y lineamientos que determine el C. Gobernador y demás disposiciones legales aplicables.
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Proponer al C. Gobernador las iniciativas de Leyes, Reglamentos, Acuerdos y Lineamientos Jurídicos aplicables sobre asuntos relacionados con su competencia.
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Acordar con el C. Gobernador el despacho de los asuntos de su competencia e informarle periódicamente sobre las actividades desarrolladas en la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado.
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Desempeñar las comisiones y funciones especiales que el C. Gobernador le encomiende para el ejercicio directo y mantenerlo informado sobre el desarrollo de las mismas.
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Proporcionar los datos de las labores desarrolladas por la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado para la formulación del informe anual del C. Gobernador.
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Presentar a la consideración del C. Gobernador el Proyecto del Presupuesto Anual de Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado.
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Proponer al C. Gobernador los nombramientos de todo el personal directivo que integre la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado.
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Representar al C. Gobernador en los Juicios Constitucionales relacionados con los Actos de la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado.
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Resolver los Recursos de revocación y de reconsideración que se interpongan en contra de las resoluciones dictadas por las Unidades Administrativas de la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado.
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Refrendar, para su validez y observancia, Reglamentos, Acuerdos y Ordenes por el C. Gobernador.
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Autorizar con su firma Acuerdos que la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado celebre con otras Dependencias, Entidades del Gobierno Estatal, así como los Municipios.
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Establecer la coordinación con la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo para el desempeño de las tareas de control de los recursos propios, recursos federales transferidos al Estado, a los Municipios así como vigilar el estricto cumplimiento de los objetivos en base al acuerdo concertado y en general las que se deriven del Sistema Nacional de Control y Evaluación Gubernamental.
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Someter a consideración del C. Gobernador los programas anuales de las actividades de planeación y la organización del Sistema Estatal de Control y Evaluación Gubernamental.
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Comparecer ante el Congreso del Estado las veces que sea requerido cuando se discuta una Ley, se estudie un asunto relativo a las actividades de la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado.
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Expedir normas que regulen el funcionamiento de los instrumentos y procedimientos de control y ordenar el apoyo necesario a los órganos de control internos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, Ayuntamientos los cuales administren o utilicen recursos Federales previo Convenio que se suscriba con estos últimos.
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Expedir las bases generales para la realización de Auditorías a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal los cuales administren o utilicen recursos Federales y ordenar, previo acuerdo con el C. Gobernador la práctica, de tales auditorias ya sean con el personal de la propia Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado o con auditores externos, normando su actividad.
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Coordinarse con la Contaduría Mayor de Hacienda para establecer lineamientos de fiscalización, control y evaluación de las operaciones financieras de las Dependencias y Entidades de Administración Pública Estatal que permitan a ambos órganos el cumplimiento de sus respectivas responsabilidades.
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Fincar y aplicar las sanciones que corresponda con motivo de los actos, omisiones o conductas que determinen la existencia de responsabilidades administrativas de los Servidores Públicos; y, en caso que de éstas se derive la comisión de delito, hacer del conocimiento del mismo a las autoridades competentes.
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Aprobar la organización y funcionamiento interno de la Dependencia a su cargo adscribiendo orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere este reglamento. Así también podrá atribuirle a las unidades administrativas, las facultades no comprendidas en este reglamento y que fueren necesarios para el cumplimiento de la Legislación que corresponde aplicar a la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado.
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Emitir el manual de organización de la Unidad de Programas Coordinados Federación-Estado, los manuales de procedimiento y de servicios al público, necesarios para el mejor funcionamiento de la Unidad.
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Coordinar la determinación de acciones de adecuaciones y simplificación administrativa de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal.
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Difundir el programa de adecuación y simplificación administrativa de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, así como los resultados de su ejecución.
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Promover y verificar el cumplimiento de los Acuerdos y convenios que en materia de Simplificación Administrativa concerte el Ejecutivo del Estado con otros niveles de Gobierno.
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Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación de este reglamento, así como los casos no previstos en el mismo.
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Las demás que las disposiciones...
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