Reglamento Interno del Personal Operativo de la Dirección General de Seguridad Pública, Transito y Protección Civil del Municipio de El Marqués, Qro.

EstadoQuerétaro
MunicipioMarqués, El
TOMO CXL Santiago de Querétaro, Qro., 12 de Octubre de 2007 No. 61
SUMARIO
PODER LEGISLATIVO
Ley de Transporte Público del Estado de Querétaro. 5665
Decreto por el que se autoriza al Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, a enajenar, a título
oneroso, el bien inmueble ubicado en el Ejido Villa del Marqués del Águila, Municipio de El
Marqués, Qro., con clave catastral 11023830138999, a favor de la Unión Ganadera Regional de
Querétaro.
5701
Acuerdo por el que la LV Legislatura del Estado de Querétaro, crea la Comisión Especial para
dictaminar la minuta proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 6, 41, 85, 99, 108,
116 y 122; se adiciona el artículo 134, y se deroga un párrafo del artículo 97 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el Congreso de la Unión.
5708
Acuerdo por el que esta LV Legislatura del Estado de Querétaro, acuerda delegar y facultar a la
Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales, para que ante las
instituciones de los sectores públicos y privados que determine, realice las consultas necesarias,
con motivo de la elección o ratificación del Magistrado Propietario del Tribunal Superior de lo
Contencioso Administrativo.
5710
PODER EJECUTIVO
Declaratoria mediante la cual se deja sin efecto el nombramiento de Notario Adscrito de la Notaría
Pública número 6 seis de la demarcación notarial de Querétaro, otorgado al Lic. Fernando Díaz
Reyes Retana con fecha 31 treinta y uno de noviembre del 2006 dos mil seis.
5712
Declaratoria mediante la cual se deja sin efecto el nombramiento de Notario Adscrito de la Notaría
Pública número 6 seis de la demarcación notarial de San Juan del Río, Qro., otorgado al Lic.
Pascual Morales Alcocer, de fecha 3 de marzo del 2003 dos mil tres.
5713
Convenio modificatorio al Convenio de coordinación en materia de Reasignación de Recursos,
celebrado entre el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Turismo y el Ejecutivo del
Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga.
5714
Acuerdo mediante el cual se autoriza la extinción y liquidación del Fideicomiso para el Parque
Industrial San Juan del Río.
5723
Pág. 5664 PERIODICO OFICIAL 12 de Octubre de 2007
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA
Convenio Interinstitucional de colaboración en materia de vehículos robados. 5725
GOBIERNO MUNICIPAL
Acuerdo por el que se reforma el Reglamento para la Colocación e Instalación de Mobiliario
Particular en la Vía Pública, Anuncios y Toldos para la Zona de Monumentos Históricos de Santiago
de Querétaro.
5729
Acuerdo relativo a la celebración del contrato de comodato a favor del Sistema Estatal para el
Desarrollo Integral de la Familia, respecto de un predio propiedad municipal ubicado en el lote 4,
manzana 344 del fraccionamiento denominado Unidad Nacional en la Delegación Municipal
Epigmenio González.
5732
Acuerdo relativo a la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización, Autorización Provisional
para Venta de Lotes y Nomenclatura del Fraccionamiento de tipo residencial denominado “Valle de
Juriquilla”, Delegación Municipal Santa Rosa Jáuregui.
5737
Acuerdo relativo al Cambio de Uso de Suelo de Área Verde (AV) a Uso Habitacional con densidad
de población de 200 Hab/ha y Comercial para la Parcela 533 Z-8 P1/2 del Ejido Santa Rosa
Jáuregui, Delegación Santa Rosa Jáuregui.
5745
Acuerdo relativo a la ampliación de Uso de Suelo de Comercial a Uso Comercial y Servicios para el
predio ubicado en Paseo de Los Virreyes No. 99, Fraccionamiento Residencial Los Virreyes,
Delegación Municipal Felipe Carrillo Puerto.
5750
Acuerdo por el que se realiza la modificación del Acuerdo de fecha 12 de junio de 2007, relativo a la
Autorización de Relotificación del Fraccionamiento denominado “Altos del Marqués”, Sección “Villas
Palmira”, Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio.
5755
Reglamento Interno del Personal Operativo de la Dirección General de Seguridad Pública, Tránsito
y Protección Civil del Municipio de El Marqués, Qro.
5764
Reportes sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos de la aplicación de recursos vinculados a
la entrega de aportaciones federales, subsidios y gasto descentralizado o reasignado mediante
convenios de coordinación con la Federación correspondientes al primer trimestre del ejercicio
fiscal 2007. Municipio de Tequisquiapan, Qro.
5789
Reportes sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos de la aplicación de recursos vinculados a
la entrega de aportaciones federales, subsidios y gasto descentralizado o reasignado mediante
convenios de coordinación con la Federación correspondientes al segundo trimestre del ejercicio
fiscal 2007. Municipio de Tequisquiapan, Qro.
5791
Acuerdo relativo a la autorización para la designación de la Nomenclatura, de la sección de vialidad
correspondiente al tramo carretero denominado “4400 Querétaro-Huimilpan”, en la Delegación
Municipal Josefa Vergara y Hernández, bajo el nombre de “Avenida del Parque”.
5794
AVISOS JUDICIALES Y OFICIALES 5797
INFORMES AL TELÉFONO 01(442) 238-50-00 EXTENSIONES 5677 Y 5682
12 de Octubre de 2007 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 5665
LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, a los habitantes
del mismo, sabed que:
LA QUINCUAGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 40 Y 41 FRACCIONES XXXI, XXXIV Y XXXV DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEAGA, Y
CONSIDERANDO
1. Que el acelerado crecimiento de los centros de población en nuestro Estado, refleja una imperante
necesidad de reordenar los servicios que se requieren para el progreso de los gobernados, entre los que
se encuentra el servicio público de transporte, mismo que debe ser proporcionado de forma eficiente,
segura y competitiva. Para ello, se requiere de la coordinación de los factores que lo generan: el Estado,
las empresas prestadoras del servicio y el usuario. También se precisa un ordenamiento jurídico que sea
incluyente de los constantes cambios que rigen a la sociedad, con la finalidad de regular la prestación del
servicio a largo plazo.
2. Que definir una política clara del transporte, sobre la base de la sustentabilidad urbanística, ambiental y
financiera, es el principal objetivo de esta Ley, permitiendo la integración gradual del transporte público,
para optimizar su calidad y eficiencia en beneficio del usuario.
3. Que se da especial atención a los usuarios del servicio de transporte público de pasajeros, servicio que
debe ser cómodo, higiénico, seguro e ininterrumpido; previéndose la obligación, por parte de los
operadores, de respetar a los usuarios y evitar que sufran daños como consecuencia de una mala
prestación del servicio.
4. Que con este ordenamiento legal se atienden las exigencias de una sociedad dinámica, que reclama
respuestas satisfactorias a sus planteamientos, así como a la necesidad de actualizar la legislación, para
que de manera armónica y congruente con la realidad se impulse su operatividad, determinando en forma
clara y precisa las autoridades encargadas de su aplicación.
5. Que al establecer un nuevo ordenamiento jurídico del transporte público terrestre, debe fijarse la
distribución de competencias entre los distintos niveles de los órganos del poder público; en este sentido,
se busca contar con autoridades administrativas que gocen de autonomía para poder planificar y ejecutar
políticas públicas en la materia.
6. Que asimismo, se atienden aspectos olvidados y ahora exigidos por quienes intervienen en la prestación
y uso del citado servicio de transporte público, definiendo así las reglas claras para el otorgamiento,
ejercicio y control de las concesiones.
7. Que así también, se busca el equilibrio entre los diferentes sectores involucrados, por lo que tutela el
derecho del ciudadano a recibir el servicio público de transporte, comprometiéndose el Estado a realizar
actividades orientadas a buscar la eficiencia de la infraestructura necesaria para el transporte de
personas u objetos.
8. Que el transporte público comprende distintas modalidades: la circulación o rodamiento, el transporte de
pasajeros y de carga, la infraestructura vial y los servicios conexos que sirven de fundamento para su
desarrollo, mismos que son sectores interrelacionados; de allí que se haga necesario regular tan amplio
sector ante la insuficiencia de las normas contenidas en la anterior ley de transporte, al tiempo que se
adecua su normativa a los nuevos tiempos y necesidades.
9. Que de igual forma, se procura mayor seguridad a las personas que utilizan el mencionado servicio y a
los peatones, mediante acciones tales como la recuperación y habilitación progresiva de espacios
públicos peatonales, instalación de señalamientos y empleo de aditamentos especiales.

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