Reglamento Interno del Instituto Estatal de Investigacion y Posgrado en Educacion
REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO ESTATAL DE INVESTIGACION Y POSGRADO EN EDUCACION
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Edición Extraordinaria del Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el sábado 2 de agosto de 2003.
Poder Ejecutivo del Estado
Secretaría de Educación Pública
CONTENIDO
PROEMIO
INSTITUTO ESTATAL DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO EN EDUCACIÓN
REGLAMENTO INTERNO
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
LIC. FERNANDO SILVA NIETO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 80 FRACCIONES I, II Y III, 83 Y 84 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; ASÍ COMO LOS ARTICULOS 11 Y 12 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; HE TENIDO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE
REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO ESTATAL DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO EN EDUCACIÓN
Conforme a lo anterior, en el presente reglamento se establecen las líneas generales respecto a las disposiciones y estructura organizacional de la dirección, sus unidades de apoyo, cuerpo colegiado y extensiones; y de las coordinaciones: académica, de investigación y administrativa.
DEL INSTITUTO ESTATAL DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO EN EDUCACIÓN
Gobernador.- El Gobernador del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.
Secretaría de Educación.- La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado.
Instituto.- El Instituto Estatal de Investigación y Posgrado en Educación.
Secretario.- El Secretario de Educación del Gobierno del Estado.
Director.- El Director del Instituto Estatal de Investigación y Posgrado en Educación.
L. P. y realizará su plan de desarrollo institucional y los programas anuales de trabajo conforme a sus atribuciones, objetivos y metas del Programa Estatal de Desarrollo Educativo y en base a las políticas y prioridades que en materia de educación establezca el Gobernador.
ESTRUCTURA ORGANICA
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Dirección
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Unidades de Apoyo:
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Planeación y Evaluación.
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Difusión y Extensión Educativa.
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Extensiones:
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San Luis Potosí, S. L. P.
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Ciudad Valles S. L. P.
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Tamazunchale S. L. P.
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Rioverde S. L. P.
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Cedral S. L. P.
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Cuerpo Colegiado:
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Consejo Técnico Consultivo.
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Coordinaciones:
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Coordinación Académica.
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Academias.
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Apoyo Técnico
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Control Escolar
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Coordinación de Investigación Educativa.
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Proyectos.
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Diseño curricular.
4 (sic). Edición.
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Coordinación Administrativa.
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Recursos Humanos y Financieros.
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Recursos Técnicos y materiales.
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Servicios Educativos.
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DE LAS FACULTADES DE LA DIRECCIÓN, UNIDADES DE APOYO, EXTENSIONES DEL INSTITUTO Y CUERPO COLEGIADO.
GENERALIDADES
DEL DIRECTOR
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Refrendar y hacer cumplir los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes expedidos por el Gobernador y el Secretario, sobre los asuntos competencia del Instituto.
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Establecer, ejecutar, evaluar y controlar la política del Instituto en los términos de la legislación aplicable y conforme con los lineamientos, políticas y objetivos del Programa Estatal de Desarrollo Educativo y los que expresamente determinen el Gobernador y el Secretario.
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Someter al acuerdo del Secretario, los asuntos que son competencia del Instituto y de aquellos que resulten del cumplimiento de su objeto y atribuciones.
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Gestionar, organizar, coordinar, supervisar, dirigir, evaluar y controlar el desarrollo de todas las atribuciones del Instituto, establecidas en el Artículo Tercero del Decreto Administrativo de su creación.
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Coordinar el diseño del manual de organización y procedimientos del Instituto derivado del presente reglamento y de conformidad con la normatividad de la Secretaría de Educación, gestionar su autorización y vigilar su aplicación.
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Integrar e instruir a las comisiones académicas, de investigación educativa y de gestión institucional que se requieran para el eficaz cumplimiento del objeto y misión del Instituto.
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Vigilar que los procesos para la obtención del título de especialidad y grados de maestría y doctorado se realicen conforme al reglamento de titulación del Instituto autorizado por la Secretaría de Educación.
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Revisar y en su caso autorizar, los programas y proyectos de trabajo que le presenten los coordinadores de unidad académica y administrativa del Instituto.
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Determinar, dirigir, vigilar y controlar la planeación, desarrollo y evaluación de las actividades, proyectos y programas del Instituto, de conformidad con la legislación aplicable y con los propósitos, estrategias y líneas de acción que el Secretario le señale.
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Proponer al Secretario, alternativas, opciones y estrategias para la satisfacción de necesidades de recursos humanos, técnicos y materiales del Instituto y gestionar lo autorizado, para el eficaz cumplimiento de su objeto y misión.
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Proponer al Secretario: ampliación, modificación o supresión de las unidades y secciones académicas y administrativas previstas en el presente reglamento.
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Informar anualmente, y cuando se requiera, al Gobernador y al Secretario, el estado que guardan los asuntos competencia del Instituto.
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Dirigir, vigilar y evaluar la organización y funcionamiento del Instituto conforme a la normatividad vigente.
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Adscribir al personal autorizado: docente y de apoyo y asistencia a la educación en las unidades académicas y administrativas del Instituto.
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Establecer las comisiones internas que señale la normatividad vigente y las que se estimen necesarias para el eficaz funcionamiento del Instituto.
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Proponer al Secretario, para su revisión y autorización, las unidades de asesoría y apoyo técnico y académico que se requieran para el logro del objeto y misión del Instituto.
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Procurar el desarrollo armónico del trabajo, con base en el cumplimiento de la normatividad establecida y en los derechos laborales del personal adscrito al Instituto.
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Presentar al Secretario, promociones y estímulos al personal del Instituto conforme a la normatividad vigente.
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Proponer al Secretario, la remoción y ajuste de personal de las unidades académicas y administrativas del Instituto, conforme a los resultados de la evaluación anual de su desempeño profesional y a la normatividad en materia laboral.
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Acordar con el Secretario, en general los asuntos competencia del Instituto y en...
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