Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Nayarit

Fecha de Entrada en Vigor22 de Mayo de 2017
Directora: Lic. Sandra Luz Romero Ríos
Sección Cuarta Tomo CC
Tepic, Nayarit; 29 de Abril de 2017 Número: 084
Tiraje: 050
SUMARIO
REGLAMENTO INTERIOR DE
LOS SERVICIOS DE SALUD DE NAYARIT
2 Periódico Oficial Sábado 29 de Abril de 2017
La H. Junta de Gobierno de los Servicios de Salud de Nayarit; en uso de las
facultades que le confiere el artículo 8° fraccione s V y VII del Decreto número 7979
de creación del organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud
de Nayarit, publicado el día 31 treinta y uno de agosto de 1996 mil novecientos
noventa y seis, en la Primera Sesión Ordinaria 2017 celebrada el día primero de
marzo de 2017 dos mil diecisiete, aprobó por unanimidad el siguiente REGLAMENTO
INTERIOR DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE NAYARIT, al tenor de los siguientes:
CONSIDERANDOS
El día trece de diciembre de dos mil tres se publicó en el Periódico Oficial, Órgano de
Gobierno del estado de Nayarit, el Reglamento Interior de Servicios de Salud de Nayarit. A
lo largo de su vigencia, el citado ordenamiento ha sufrido diversas modificaciones a efecto
sustantivamente de adicionar unidades administrativas a su estructura orgánica.
Para que el Reglamento Interior esté acorde con las necesidades actuales del Organismo,
resultan imprescindibles cantidad importante de modificaciones, entre supresiones y
adiciones, lo que conlleva a proponer un nuevo Reglamento, que contemple otras
unidades administrativas que tienen actividad en la Entidad Pública, y que articule en
términos más eficaces y eficientes la ya existente, en la que se ponga al día sus
atribuciones.
Además, a efecto de delimitar las responsabilidades de los servidores públicos del
Organismo, Titulares de la estructura básica, se incorpora a esta norma jurídica, las
atribuciones de Titulares de subdirección, departamento y las coordinaciones de mayor
relevancia de la entidad pública, con lo que se abroga el Manual General de Organización
de los Servicios de Salud de Nayarit, publicado en el periódico Oficial, Órgano del
Gobierno del Estado de Nayarit, el día trece de diciembre de dos mil tres.
Por lo antes expuesto, se eliminará de la estructura orgánica de Servicios de Salud de
Nayarit, la Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, en tanto que la
materia de protección social en salud, la asumirá paulatinamente el Organismo Público
Descentralizado creado mediante decreto administrativo del Titular del Poder Ejecutivo,
según consta en la publicación del Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de
Nayarit, del día primero de septiembre del año dos mil quince.
Por cuanto hace a las adiciones, se incorpora al Reglamento Interior, la Secretaría
Particular de la Dirección General, la Unidad de Transparencia, la Unidad de
Comunicación Social, los Hospitales, el Centro Estatal de Cancerología, la Unidad de
Hemodiálisis, la Unidad de Cirugía de Corta Estancia, la Coordinación de Cirugía
Extramuros, la Coordinación Estatal de Trabajo Social, los Centro de Salud Mental
CESAME, los Centros de Atención Primaria en Adicciones CAPA, la Unidad Estatal de
Calidad y Educación en Salud, las Jurisdicciones Sanitarias y la Comisión Estatal de
Bioética. La Dirección de Regulación Sanitaria cambia su naturaleza jurídica, pues pasa a
ser un Órgano Desconcentrado por función, denominado Comisión Estatal para la
Protección Contra Riesgos Sanitarios de Nayarit COESPRINAY.
Una de las adiciones relevantes del Reglamento Interior, es la organización, clasificación y
regulación de órganos desconcentrados en los capítulos XII a XVII. Así, se establece que
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el Organismo tiene órganos desconcentrados por territorio y por función, los primeros son
las jurisdicciones sanitarias, y los segundos, la Comisión Estatal para la Protección contra
Riesgos Sanitarios de Nayarit, la Unidad Estatal de Calidad y Educación en Salud, el
Centro Estatal de Trasplantes y la Comisión Estatal de Bioética.
En suma, se actualiza la estructura de los Servicios de Salud de Nayarit, se recogen y
reubican algunas unidades administrativas ya existentes, se cambian denominaciones, sin
que ello represente un gasto adicional al actual.
En mérito de los fundamentos y razonamientos planteados con antelación, se emite el
siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE NAYARIT
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Servicios de Salud de Nayarit, tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones y
el despacho de los asuntos que le confieren el Decreto que lo crea y demás disposiciones
legales que regulan su competencia.
Artículo 2. El presente reglamento tiene por objeto:
I. Instituir la organización y funcionamiento de la estructura administrativa de Servicios
de Salud de Nayarit, y;
II. Establecer las atribuciones y ámbitos de responsabilidad de las áreas que integran a
Servicios de Salud de Nayarit.
Artículo 3. Para los efectos de este reglamento se entenderá por:
I. Organismo: el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Nayarit;
II. Decreto: El Decreto 7979 del H. Congreso del Estado de Nayarit por el que se crea
un Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nayarit,
publicado en el periódico oficial el 31 de Agosto de 1996;
III. La Junta: la Junta de Gobierno de Servicios de Salud de Nayarit;
IV. Dirección General: Dirección General de Servicios de Salud de Nayarit.
CAPÍTULO II
DE LA JUNTA DE GOBIERNO
Artículo 4. La Junta de Gobierno estará integrada de la siguiente forma:
I. Por un Presidente que será el Gobernador Constitucional del Estado o la persona en
quien se delegue la función;

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