Reglamento Interior de Seguridad Pública Miguel Alemán, Tamaulipas

EstadoTamaulipas
MunicipioMiguel Alemán
Reglamento Interior de Seguridad Pública
Sin reformas
Se encuentra publicado en el Periódico Oficial número 66 de fecha 31 de mayo de 2001.
Página 1 de 30 Departamento del Periódico Oficial del Estado
REGLAMENTO INTERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
MIGUEL ALEMAN, TAMAULIPAS
LOS C. C. RAÚL ANTONIO RODRÍGUEZ BARRERA Y SERVANDO LÓPEZ MORENO,
PRESIDENTE Y SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DE MIGUEL ALEMÁN, TAMAULIPAS,
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 49 FRACCIÓN III Y 68 DEL CÓDIGO MUNICIPAL
PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS, CERTIFICAN:
QUE EL HONORABLE CABILDO EN REUNIONES DE CABILDO ORDINARIAS NÚMEROS
88 Y 95 DE FECHAS 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 Y 30 DE ENERO DEL AÑO EN
CURSO, APROBÓ EL REGLAMENTO INTERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA PARA EL
MUNICIPIO DE MIGUEL ALEMÁN, TAMAULIPAS, QUEDANDO COMO SIGUE:
TITULO PRIMERO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES.
ARTÍCULO 1.- Las disposiciones de este Reglamento son de observancia general y
obligatoria para la Dirección de Seguridad Pública del Municipio de Miguel Alemán, Tamaulipas, y
todos los Cuerpos de Seguridad Preventiva existentes en el Municipio.
ARTÍCULO 2.- La Dirección de Seguridad Pública Municipal, es un cuerpo encargado de
mantener la paz, la tranquilidad y el orden público, la salubridad y el equilibrio ecológico, la
armonía social, la prevención en la comisión de los delitos y la violación de las Leyes, Reglamentos
y demás disposiciones; la conducta de sus miembros se regirá por los principios de legalidad,
eficiencia, profesionalismo y honradez.
ARTÍCULO 3.- La Dirección de Seguridad Pública Municipal, tendrá por tanto atribuciones
normativas operativas y de supervisión. La atribución normativa consiste, en el diseño definición de
políticas, programas y acciones a ejecutar en Ios campos de prevención e intervención de los
delitos, siniestros, sistemas de alarma, radiocomunicación y participación ciudadana en los
términos del presente Reglamento y de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Tamaulipas.
ARTÍCULO 4.- Son atribuciones operativas de la Dirección de Seguridad Pública Municipal:
I.- Observar y hacer cumplir el Bando de Policía Buen Gobierno del Municipio de Miguel
Alemán, Tamaulipas;
II.- Observar y hacer cumplir el Reglamento para el Servicio de Limpieza, así como los
demás Reglamentos Municipales de observancia general;
III.- Efectuar las labores de vigilancia en la Vía Pública, Parques y lugares destinados a
espectáculos públicos;
IV.- Vigilar que la propaganda comercial, deportiva, científica y de espectáculos públicos
que se realice en la vía pública, no sea contraria a la moral y a las buenas costumbres;
V.- Combatir toda manifestación pornográfica, el consumo de bebidas embriagantes en la
Vía Pública, drogadicción, prostitución, vagancia y malvivencia, y en general toda conducta
antisocial;
VI.- Realizar acciones de protección civil en auxilio de la población en casos de siniestro o
acciones en coordinación con la Unidad de Protección Civil Municipal;
VII.- Los demás que les confieran las Leyes y los Reglamentos Municipales.
Página 2 de 29 Departamento del Periódico Oficial del Estado
ARTÍCULO 5.- El Servicio de Seguridad Pública Municipal se regirá por las disposiciones
conducentes de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Constitución Política del
Estado, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, en el presente Reglamento en el
Bando de Policía y Buen Gobierno para el Municipio de Miguel Alemán, y demás Ordenamientos
Legales y Reglamentos, Convenios y Acuerdos sobre la materia.
ARTÍCULO 6.- En cuanto a su organización, la Dirección de Seguridad Pública Municipal,
se estará a lo previsto en su ámbito las bases internas que al efecto enmarca el presente
Reglamento.
ARTÍCULO 7.- La Dirección de Seguridad Pública Municipal de la ciudad Miguel Alemán,
en cuanto se refiere al orden administrativo y al mando depende del C. Presidente Municipal, con
la excepción de lo estipulado en el articulo 132 fracciones IX, X de la Constitución Política del
Estado.
CAPÍTULO II
DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD Y SUS FUNCIONES
ARTÍCULO 8.- La Dirección de Seguridad Pública Municipal, como Cuerpo Preventivo de
Seguridad, tendrá competencia en las siguientes materias: PRESERVACION DEL ORDEN Y
TRANQUILIDAD, SALUBRIDAD Y EQUILIBRIO ECOLOGICO, ARMONIA SOCIAL, LIMPIEZA,
RESCATE, PROTECCION CIVIL Y AUXILIO A LA POBLACION.
ARTÍCULO 9.- El personal operativo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal, tiene
como atribuciones las siguientes:
I.- Intervenir y disolver cualquier acto contrario al orden y la tranquilidad social, ruido
excesivo, disputa, tumulto, riña o tropelía de cualquier genero, que perturbe o altere la tranquilidad
de los habitantes de Miguel Alemán;
II.- Prevenir accidentes, tales como incendios inundaciones, explosiones y otros, que
pongan en peligro inminente la vida y la seguridad social, y en el evento de que estos ocurran
establecer y ejecutar las tareas de rescate y auxilio a la población, previas estrategias de
coordinación que se determinen para el caso;
III.- Vigilar e intervenir para hacer efectivo el cumplimiento del Bando de Policía y Buen
Gobierno, el Reglamento para el Servicio de Limpieza, y los demás Reglamentos Municipales por
parte de la ciudadanía en general, y los funcionarios en lo particular;
IV.- Conservar y mantener el orden y la seguridad en las banquetas y vías públicas, en
cumplimiento estricto de los Reglamentos Municipales;
V.- Conservación y prevención del orden en lo Mercados, Ferias, Espectáculos Públicos,
Diversiones y Atracciones Públicas, Centros y Desarrollos Turísticos, Mercados Populares,
Tianguis y Mercados sobre Ruedas, ceremonias públicas, templos y centros de culto, juegos, y en
general en todos aquellos lugares que en forma temporal y transitoria funcionen como Centros de
Concurrencia pública;
VI.- Prevenir que no se causen daños de cualquier clase y de carácter patrimonial a los
bienes propiedad del dominio del poder público, o a los de los particulares, fachadas, obras de arte
y construcciones en general;
VII.- Vigilar que no se cause daño a las personas en su integridad física, moral, social, en
demérito de ponerse en peligro su vida, salud, o dignidad humana;
VIII.- Preservar, vigilar y mantener el orden y la seguridad, en protección a los menores de
edad y los minusválidos;
IX.- Preservar, mantener y vigilar el debido cumplimiento de las Leyes, Reglamentos,
Acuerdos o Convenios que protegen la salubridad general, particularmente en lo aspectos de
toxicidad y residuos contaminantes dentro del área de Competencia Municipal, que pudieran
ocasionar las personas, empresas o industrias en perjuicio de la población en general;
X.- Vigilar, mantener y conservar el equilibrio ecológico en el ambiente, haciendo efectivo el
cumplimiento de la Leyes, Reglamentos y Acuerdos que regulan esta materia, dentro del ámbito
competencia Municipal;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR