Reglamento Interior de la Secretaria de Seguridad Publica del Estado de Nayarit

Fecha de Entrada en Vigor22 de Agosto de 2018
Director: Lic. Vicberto Romero Mora
Sección Segunda
Tomo CCII
Tepic , Na ya ri t; 30 de Junio de 2018
Número: 131
Tiraje: 030
SUMARIO
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE
SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE NAYARIT
2 Periódico Oficial Sábado 30 de Junio de 2018
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Ejecutivo.- Nayarit.
L.C. ANTONIO ECHEVARRÍA GARCÍA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Nayarit, en ejercicio de las facultades que me confiere e l artículo 69 fracción
II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, y con fundamento en
los numerales 7°, 10, 17, 18, 21, 24 y 40 B de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del
Estado de Nayarit, tengo a bien expedir el REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE NAYARIT, al tenor de los
siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 21 establece
que: “La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades
federativas y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la
investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las
infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas
competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de
seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia,
profesionalismo, honradez y respeto de los derechos humanos reconocidos por
esta Constitución.”
En ese tenor, con fecha 23 de mayo del año 2009, fue publicada en el Periódico Oficial,
Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit, la Ley del Sistema Estatal de Seguridad
Pública, norma legal en la cual se regula la integración, organización y funcionamiento
del Sistema Estatal de Seguridad Pública, y establece las competencias y esquemas de
coordinación entre las diversas autoridades de seguridad en el Estado conforme a la
La Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, establece que la seguridad pública
es una función a cargo de la Federación, el Estado y los Municipios en el ámbito de su
competencia, que tiene como fin salvaguardar la integridad y derechos de las personas,
así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, y comprende la prevención
especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las
infracciones administrativas, la investigación de los delitos y la persecución de quienes los
cometen, así como la reinserción social del individuo y el tratamiento de adolescentes a
quienes se les atribuya la realización o participación de una conducta tipificada como
delito, en términos de dicha Ley y demás disposiciones aplicables, atendiendo al sistema
de competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
El Estado desarrollará políticas en materia de prevención social del delito con carácter
integral, sobre las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales, así
como programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos, que
induzcan el respeto a la legalidad y a la protección de las víctimas y grupos vulnerables.
Sábado 30 de Junio de 2018 Periódico Oficial 3
La Fiscalía General del Estado y la Secretaría de Seguridad Pública Estatal en el
ámbito de sus respectivas competencias, atenderán las políticas de seguridad pública y
coadyuvarán en el desarrollo de los programas institucionales que tengan por finalidad,
preservar la tranquilidad y la paz social del estado, con la prevención y combate del delito,
en concurrencia con la Federación y los municipios en la prestación del servicio de
seguridad pública.1
De tal manera, la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, en su artículo
Séptimo Transitorio estableció que las disposiciones reglamentarias serían expedidas
en un plazo no mayor a dieciocho meses a partir de la entrada en vigor de la Ley, por lo
que en cumplimiento a esta obligación el día 15 de enero del año 2010 se publicó el
Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, disposición mediante la
cual se regula la organización, funcionamiento y atribuciones de las unidades
administrativas de la Secretaría.
Habremos de señalar que las materias relacionadas con la seguridad pública, debido a la
trascendencia social que en esencia guardan, son objeto de constantes modificaciones
con la intención de permitirles atender a cabalidad las necesidades de la población en
dicho rubro.
Por esta razón, derivado de las reformas al artículo 18 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, y de la implementación del nuevo sistema de justicia penal,
se obliga a las autoridades penitenciarias a crear nuevas dependencias que se
encarguen de vigilar y ejecutar las medidas de tratamiento interno y externo
emitidas por la autoridad jurisdiccional.
Por otro lado, en virtud de la enmienda a diversas disposiciones de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, se desincorporaron las atribuciones de
tránsito, transporte y vialidad de la Secretaría de Seguridad Pública, lo que nos obliga a
realizar las adecuaciones legales conducentes. 2
Aunado a lo antes expresado, tenemos la creación del Instituto Estatal de Estudios
Superiores en Seguridad del Estado de Nayarit, lo que nos constriñe a crear un nuevo
cumpla cabalmente con las nuevas disposiciones legales encomendadas y que contemple
las reformas a que hemos venido haciendo referencia. 3
De igual manera, el Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Nayarit 2017-2021, en su
Eje Rector “Gobierno Eficiente y Seguridad Ciudadana”, dentro del eje estratégico de
seguridad ciudadana y prevención social del delito pretende consolidar una estrategia
estatal que permita reducir los índices de violencia y criminalidad mediante
programas de prevención social comunitaria, así como materializar el proceso de
transición al nuevo modelo de justicia, con base en la adecuada coordinación
operativa con las instituciones de Seguridad Pública, una eficiente procuración de
1 Cf. Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, artículo 2º.
2 Decreto que Reforma y Deroga diversas Disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, publicado en el Periódico Oficial,
Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit, el 18 de mayo de 2018.
3 Decreto que Crea el Instituto Estatal de Estudios Superiores en Seguridad Pública del Estado de Nayarit, publica do en el Periódico Oficial, Órg ano del
Gobierno del Estado de Nayarit, el 30 de mayo de 2018.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR