Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Agropecuario del Estado de Hidalgo
[N. DE E. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL TRANSITORIO SEGUNDO DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO DEL ESTADO DE HIDALGO, PUBLICADO EN EL P.O. DE 27 DE JULIO DE 2017, EL PRESENTE ORDENAMIENTO HA SIDO ABROGADO.]
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO DEL ESTADO DE HIDALGO
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 27 DE JULIO DE 2017 (ABROGADO).
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el lunes 8 de octubre de 2012.
LICENCIADO JOSÉ FRANCISCO OLVERA RUIZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, en ejercicio de la facultad que me confiere el Artículo 71 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 5, 13, fracción VIII, y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo, he tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO
DE LA COMPETENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA
DE LA COMPETENCIA DE LA SECRETARÍA
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ENTIDADES: Las Entidades Paraestatales de la Administración Pública Estatal.
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ESTADO: La circunscripción territorial en la que se asientan los Poderes y que se conforma por los Municipios a que se refiere el Artículo 23 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo;
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GOBERNADOR: El Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Hidalgo;
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GOBIERNO: El Gobierno del Estado Libre y Soberano de Hidalgo;
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REGLAMENTO: El presente Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario.
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SECRETARÍA: La Secretaría de Desarrollo Agropecuario; y
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SECRETARIO: El Titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario.
La Secretaría conducirá sus actividades en forma programada y de conformidad con las políticas, lineamientos, estrategias, programas y prioridades que para el logro de sus objetivos y metas, que establezcan el Gobernador y el Secretario, en concordancia con el Plan Estatal de Desarrollo, así como el Programa Estatal de Desarrollo Agropecuario Sustentable y demás disposiciones legales aplicables.
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Observar las atribuciones que expresamente le concedan la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo y las demás disposiciones jurídicas aplicables;
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Conducir sus actividades con arreglo a los criterios programáticos y presupuestales, apegándose a los objetivos y prioridades del Plan Estatal de Desarrollo; y
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Tomar en consideración la opinión y participación de las autoridades Municipales, a fin de promover e impulsar el Desarrollo Municipal y Regional.
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA
Administración.
Asimismo, podrá delegar atribuciones a los servidores públicos de la Dependencia, mediante disposiciones de carácter general o especial, sin perder la posibilidad del ejercicio directo, así como expedir acuerdos, circulares, instructivos, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público.
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Unidades Administrativas.
a).- Despacho del Secretario;
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- Dirección General de Administración;
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- Dirección General de Delegaciones Foráneas;
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- Dirección Jurídica; y
(REFORMADO, P.O. 7 DE MARZO DE 2016)
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Órgano de control interno; y
(ADICIONADO, P.O. 7 DE MARZO DE 2016)
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Coordinación de Seguimiento Técnico
b).- Subsecretaría de Desarrollo Agropecuario;
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- Dirección General de Agricultura e Infraestructura Hidroagrícola;
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- Dirección General de Ganadería; y
(REFORMADO, P.O. 7 DE MARZO DE 2016)
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Dirección General para el Desarrollo Agropecuario y Maquinaria; y
(ADICIONADO, P.O. 7 DE MARZO DE 2016)
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Dirección General de Fomento Lechero
c).- Subsecretaría de Desarrollo Rural;
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- Dirección General de Desarrollo Rural;
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- Dirección General de Silvicultura y Acuacultura; y
(REFORMADO, P.O. 7 DE MARZO DE 2016)
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Dirección General para la Huasteca Hidalguense.
d).- Subsecretaría de Agronegocios;
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- Dirección General de Comercialización y Mercadotecnia.
e).- Subsecretaría de Planeación y Evaluación Sectorial;
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- Dirección General de Programación y Evaluación.
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Órganos Desconcentrados.
DE LAS FACULTADES
DE LAS FACULTADES DEL SECRETARIO
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Determinar, dirigir, controlar y evaluar la política de la Secretaría y del sector, en apego al Plan Estatal de Desarrollo y sus programas; así como proponer al Titular del Poder Ejecutivo las políticas públicas orientadas al desarrollo del sector agrícola, pecuario, silvícola, acuícola y rural;
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Instrumentar y conducir las políticas y programas relativos a la producción, industrialización y comercialización de productos agropecuarios, silvícolas y acuícolas en todos sus aspectos; fomentando la sustentabilidad, productividad y la rentabilidad de las actividades económicas en el medio rural y la creación de empleos en un marco de inclusión democrática;
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Establecer mecanismos de planeación para el diseño, desarrollo, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos del sector agropecuario, silvícola y acuícola;
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Someter a la consideración y aprobación del Gobernador, los programas sectoriales, regionales y especiales, el Programa Operativo Anual de Financiamiento, el Programa del Gasto Público y el Presupuesto de Egresos, correspondientes, así como formular los programas anuales respectivos en los términos de la Legislación aplicable y dirigir la ejecución de los mismos para cumplir con el Plan Estatal de Desarrollo y evaluar los resultados, de conformidad con las disposiciones aplicables;
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Proponer al Ejecutivo Estatal los proyectos de iniciativas de Leyes, así como los proyectos de Reglamentos, Decretos, Acuerdos y órdenes relativos a los asuntos de la competencia de la Secretaría y del Sector Paraestatal coordinado por ella;
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Promover la creación y consolidación de organizaciones de productores agrícolas, ganaderos, forestales y pesqueros que participen e inviertan en las actividades agropecuarias, silvícolas y acuícolas;
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Proponer a las Secretarías de Finanzas y Administración y de Planeación, Desarrollo Regional y Metropolitano, con sujeción a los ordenamientos legales correspondientes, proyectos de inversión que permitan desarrollar el potencial productivo de los productores rurales y sus comunidades;
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Participar con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y con las dependencias públicas correspondientes en la elaboración y ejecución de la Estrategia Estatal de Cambio Climático, en la preservación y fomento de los recursos naturales renovables, desarrollar su potencial productivo, apoyar los programas, estrategias y acciones vinculadas con la conservación y restauración de las áreas forestales degradadas y de amortiguamiento del Estado;
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Promover e impulsar con las...
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