Reglamento Interior para el Manejo del Archivo General Municipal de Cananea, Sonora

REGLAMENTO INTERIOR PARA EL MANEJO DEL ARCHIVO GENERAL MUNICIPAL

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Sección II del Boletín Oficial del Estado de Sonora, el lunes 3 de julio de 2006.

LA SUSCRITA LIC. LILlANA CAMPOY LEON, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO, CON LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 89, FRACCION VI DE LA LEY DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION MUNICIPAL

C E R T I F I C A:

QUE EN SESION EXTRAORDINARIA DE CABILDO NÚMERO 24, CELEBRADA EL VIERNES 9 DE JUNIO DE 2006 A PARTIR DE LAS 17:00 HORAS, EN EL OCTAVO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA, SE TOMÓ EL SIGUIENTE:

A C U E R D O:

8.- SE RATIFICA EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES LA AUTORIZACION QUE APRUEBA LA CREACION DEL:

REGLAMENTO INTERIOR PARA EL MANEJO DEL ARCHIVO GENERAL MUNICIPAL

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 25
Artículo 1° El objeto del presente reglamento es de que el Archivo Municipal sea resguardado y manejado en forma ordenada, eficiente y funcional, y cumpla con el servicio que requiere el Gobierno Municipal y su Administración, auxilie en la investigación, consulta o fiscalización y brinde el servicio de información conforme los lineamientos de acceso a la información pública en vigor

Para los efectos del presente Reglamento Interior para el Manejo del Archivo General Municipal y de otras Leyes, se da el carácter de Patrimonio Municipal al Archivo General Municipal.

Artículo 2° Está fundamentado en los Artículos 63 y 64 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora y Artículo 61, Numeral I, inciso B) y d) de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.
Artículo 3° Corresponde al Secretario del Ayuntamiento la implementación, vigilancia, cumplimiento y coordinación para acatar las disposiciones contenidas en el presente documento.
CAPITULO II Artículos 4 a 21

DE LAS FUNCIONES Y DE LA ADMINISTRACION

Artículo 4°

Para su buen funcionamiento, el Archivo se regirá por el presente Reglamento, por la Ley 167 que regula la Administración de Documentos Administrativos e Históricos del Estado de Sonora, la Ley de Gobierno y Administración Municipal y la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora y sus normas complementarias que indique el Instituto de Transparencia Informativa o similar que para tal efecto el Congreso de Estado de Sonora decrete.

Artículo 5° El Archivo General Municipal es un órgano de la Secretaria Municipal del H

Ayuntamiento de Cananea, por lo que al Secretario del Ayuntamiento le compete la responsabilidad y obligación de su manejo en los términos de la Ley y del Artículo 3°. que antecede, y tendrá como objetivo:

  1. Adecuar la fuente de información documental del Gobierno Municipal mediante la recepción, control, clasificación, conservación, depuración y retroalimentación oficial municipal para la eficaz toma de decisiones.

  2. Definir políticas en la administración documental de los archivos conformados en las dependencias del organigrama municipal, de tal forma que con la periodicidad previamente acordada en el documento que para tal efecto se convenie (sic) se depositen archivos debidamente ordenados, clasificados, identificados, etc. en los lugares que proporcionen la seguridad y conservación adecuada.

  3. Realizar tareas que contribuyan a incrementar, preservar y proyectar el acervo histórico, rescatando, adquiriendo y custodiando archivos que evidencien la historia del Municipio.

  4. Llevar el registro de todos los convenios, contratos, concesiones y todos los demás actos trascendentes que realice el ayuntamiento y los que se desprendan del cumplimiento del presente reglamento.

  5. Ser parte del Sistema Estatal de Archivos, sistema coordinado por el Archivo General del Estado de acuerdo con lo que al respecto esté legislado actualmente o previendo cambios legislativos a futuro.

Artículo 6° El Archivo General cuya responsabilidad está por disposición legal a cargo del Secretario del Ayuntamiento, podrá ser delegado su manejo y custodia a una persona que se nombrará Encargado del Archivo, previo acuerdo e integración en el Presupuesto de Egresos del Ayuntamiento que anualmente autoriza y publica, y dependerá estructural u organizacionalmente del Secretario del Ayuntamiento.
Artículo 7° El Secretario del Ayuntamiento, adicionalmente a las obligaciones o responsabilidades a las que...

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