Reglamento Interior de la Junta Directiva de la Universidad Politecnica del Estado de Morelos
REGLAMENTO INTERIOR DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DEL ESTADO DE MORELOS
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Morelos, el miércoles 13 de julio de 2005.
Al margen superior un logo que dice: Universidad Morelos Politécnica U (sic).
JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL ESTADO DE MORELOS, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 16 FRACCIÓN XIV Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE CREA LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL ESTADO DE MORELOS, Y
CONSIDERANDO.
Por lo antes expuesto tenemos a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL ESTADO DE MORELOS
La Junta Directiva es el órgano de gobierno de la Universidad y se regulará conforme a lo previsto por este reglamento, el Estatuto Orgánico, las normas y disposiciones universitarias y los ordenamientos referentes a los órganos colegiados.
DE LAS ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
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Vigilar la marcha de la Universidad en todos sus ámbitos y proponer medidas para mejorar su funcionamiento;
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Aprobar el presupuesto y la programación plurianual de la Universidad, a propuesta del Consejo de Calidad;
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Autorizar las modificaciones de la estructura organizacional de la Universidad;
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Aprobar las cuentas anuales;
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Aprobar los estados financieros dictaminados;
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Aprobar los planes estratégicos de la Universidad;
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Aprobar los planes y programas de estudio;
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Aprobar los reglamentos de la Universidad;
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Aprobar la estructura académica de la Universidad;
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Designar al Rector, de la terna que le presente el Gobernador del Estado de Morelos;
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Designar a los miembros distinguidos de la sociedad del Consejo Social y del Consejo de Calidad;
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Resolver los conflictos entre los órganos de la Universidad; y
XIV (SIC). Las demás que se requieran para cumplir con las anteriores y las que se deriven de este reglamento.
DE LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA
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El Titular de la Secretaría de Educación del Estado de Morelos;
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El Titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Morelos;
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El Titular de la Oficialía Mayor del Gobierno del Estado de Morelos;
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El Titular de la Subsecretaría de Educación Superior e Investigación Científica;
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El Titular de la Coordinación de Universidades Politécnicas;
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El Titular de la Representación de la SEP en Morelos; y
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Cinco miembros distinguidos de los diferentes sectores de la sociedad, académica, cultural, científica y económica, designados tres a propuesta del titular del Poder Ejecutivo Estatal y dos a propuesta de la Secretaría de Educación Pública.
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Ser mexicano;
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Ser mayor de veinticinco y menor de setenta años de edad, al momento de su designación; y
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Ser persona de amplia solvencia moral y de reconocido prestigio.
Los integrantes de la Junta Directiva durarán seis años en el cargo y no podrán ser designados para un nuevo período.
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