Reglamento Interior del Instituto de Planeacion y Desarrollo Urbano del Municipio de Centro, Tabasco

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE PLANEACION Y DESARROLLO URBANO DEL MUNICIPIO DE CENTRO, TABASCO

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el miércoles 12 de octubre de 2005.

LICENCIADO FLORIZEL MEDINA PEREZNIETO, PRESIDENTE DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CENTRO, TABASCO.

A TODOS LOS HABITANTES HAGO SABER:

QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 65, FRACCIÓN I, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, 29, FRACCIÓN III, 47, 51, 52, 53 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY ORGÁNICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO, EN SESIÓN PÚBLICA DE FECHA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO, Y:

CONSIDERANDO.

SÉPTIMO.- Que en consecuencia, en cumplimiento a las disposiciones mencionadas, para la correcta organización y funcionamiento del Instituto, es necesario establecer las disposiciones reglamentarias que regulen cada uno de los aspectos inherentes al cumplimiento de su objeto, entre ellos, su estructura orgánica, las facultades y obligaciones de los servidores públicos que le estarán adscritos y de los demás órganos que en él participan. En consecuencia previa aprobación del consejo consultivo se ha tenido a bien emitir el siguiente:

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO URBANO DEL MUNICIPIO DE CENTRO, TABASCO.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 21
ARTÍCULO 1 Este Reglamento es de orden público e interés social y de observancia general, normativo de las atribuciones del Instituto de Planeación y Desarrollo Urbano del Municipio de Centro, Tabasco, órgano desconcentrado de la Administración Pública Municipal, cuyas siglas serán IMPLAN CENTRO.
ARTÍCULO 2 El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas que regirán la estructura orgánica y el funcionamiento del Instituto de Planeación y Desarrollo Urbano, del Municipio de Centro, Tabasco, que indistintamente se identificará como el Instituto.
ARTÍCULO 3 Sin perjuicio de lo dispuesto en su acuerdo de creación, el Instituto tendrá los siguientes objetivos:

l. Establecer la continuidad en los procesos de planeación y desarrollo urbano proponiendo al Ayuntamiento las medidas para imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público conforme a las disposiciones legales aplicables;

  1. Proponer soluciones y auxiliar a la autoridad municipal competente en materia de proyectos de obra pública, imagen y desarrollo urbano;

  2. Proponer y recomendar al Ayuntamiento, las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y el establecimiento adecuado de las provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de poder ejecutar obra pública, así como planear y regular la conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población;

  3. Establecer medidas para la publicación y registro del Programa Municipal de Desarrollo Urbano, los proyectos, programas parciales y sectoriales de desarrollo urbano y de ordenamiento territorial y ecológico, una vez que hayan sido aprobados;

  4. Proponer medidas para controlar y vigilar con base en los programas de desarrollo urbano de los centros de población del Municipio de Centro, la utilización y destino del suelo en su jurisdicción territorial;

  5. Fungir como órgano técnico en materia de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y preservación ecológica, fraccionamientos, subdivisiones, conjuntos habitacionales, módulos de vivienda condominios y áreas industriales, ecológicas, reservas territoriales, vialidades y ubicación del equipamiento urbano en sus distintas modalidades, implementando mecanismos para tal efecto con la autoridad competente;

  6. Difundir la aplicación del Programa de Desarrollo Urbano Municipal, los proyectos, programas parciales y sectoriales de Desarrollo Urbano y de ordenamiento territorial y ecológico, y aquellas acciones que de ellos se deriven;

  7. Proponer medidas y programas tendientes a preservar y restaurar el equilibrio ecológico, además de participar en la creación y administración de zonas de reserva ecológica;

  8. Realizar estudios para regular en beneficio de la comunidad, el aprovechamiento de los elementos naturales con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública y cuidar su conservación;

  9. Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana, conforme a la legislación vigente y al Programa Municipal de Desarrollo Urbano;

  10. Evaluar y actualizar, los diferentes programas de desarrollo urbano necesarios para una mejor integración del crecimiento urbano dentro de la jurisdicción del Municipio de Centro, en congruencia con los programas Nacional y Estatal de Desarrollo Urbano, en coordinación con los respectivos organismos federales y estatales en los ámbitos de su competencia;

  11. Proponer las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos, usos, reservas y destinos del suelo, promoviendo el uso eficiente del suelo, evitando el crecimiento desordenado y verificando los proyectos de zonificación de los diversos sectores del Municipio;

  12. Promover propuestas en materia de reservas territoriales Municipales, así como la participación y coordinación con las dependencias involucradas en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;

  13. Dotar al municipio de procesos de planeación y programación eficientes, mediante una estructura técnico-operativa capaz de conducir el desarrollo a través de la planeación institucionalizada;

  14. Coadyuvar con las instancias competentes, en la vigilancia y conservación del patrimonio histórico, cultural y natural del Municipio;

  15. Generar y ofertar los servicios o productos que deriven de los fines del Instituto, acorde a los instrumentos de investigación estadística, documental y de actualización cartográfica, conforme a los lineamientos que emitan las instancias normativas;

  16. Auxiliar como consultor técnico al Ayuntamiento, en asuntos relativos a fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones y cambios de uso del suelo, emitiendo el dictamen correspondiente;

  17. Emitir opinión sobre las medidas respectivas y otras que se deban de imponer a la propiedad privada, con base en los proyectos en materia de planeación del desarrollo urbano y del interés público;

  18. Establecer lineamientos para preservar y restaurar el equilibrio y entorno ecológico, en el Municipio de Centro, las que deberán ser congruentes con las leyes Estatales y Federales de la materia;

  19. Elaborar estudios y propuestas sobre las vialidades y el transporte, que propicien un orden de crecimiento...

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