Reglamento Interior del Instituto Estatal de Desarrollo Docente e Investigacion Educativa del Estado de Coahuila de Zaragoza

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL DE DESARROLLO DOCENTE E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA DE COAHUILA

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Coahuila, el viernes 22 de marzo de 2013.

RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 82, fracción XVIII, 85, párrafo tercero de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; 1, 2, 6, 9, apartado "A" fracción XIV; 21 y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, y:

C O N S I D E R A N D O.

Que con la finalidad de que el Instituto Estatal de Desarrollo Docente e Investigación Educativa cuente con instrumento normativo idóneo que oriente su estructura organizativa, así como la ejecución de las políticas públicas y acciones encaminadas al cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo 2011-2017, he tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL DE DESARROLLO DOCENTE E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA

TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 34
CAPÍTULO ÚNICO Artículos 1 a 4
Artículo 1

El presente reglamento es de observancia obligatoria para todo el personal que labora en el Instituto Estatal de Desarrollo Docente e Investigación Educativa y tiene por objeto definir la estructura orgánica del Instituto, así como regular las funciones y atribuciones de las distintas áreas que lo conforman, en apego a las facultades y objetivos señalados en su Acuerdo de Creación; lo que en su caso determinen el o la Titular del Poder Ejecutivo y de la Secretaría de Educación en ejercicio de sus respectivas atribuciones; lo establecido en el reglamento interior de la Secretaría de Educación, en el presente reglamento y en las disposiciones legales aplicables.

Artículo 2 Como órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación, el Instituto Estatal de Desarrollo Docente e Investigación Educativa, gozará de autonomía técnica y de gestión para la consecución de su objeto.
Artículo 3 El domicilio del Instituto Estatal de Desarrollo Docente e Investigación Educativa, será la ciudad de Saltillo, donde se ubicarán sus oficinas centrales y contará con extensiones, denominadas Extensiones y/o de Centros de Maestros en todas las regiones del Estado, a efecto de garantizar una adecuada desconcentración geográfica, operativa y de decisión en asuntos de su competencia.
Artículo 4 Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por:
  1. Ejecutivo: La o el Titular del Poder Ejecutivo del Estado;

  2. Titular de la Secretaría: Secretario o Secretaria de Educación del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza;

  3. Director o Directora General: La o el titular de la Dirección General del Instituto Estatal de Desarrollo Docente e Investigación Educativa;

  4. Estado: El Estado de Coahuila de Zaragoza.

  5. Secretaría: La Secretaría de Educación en el Estado;

  6. IDDIE: El Instituto Estatal de Desarrollo Docente e Investigación Educativa; y

  7. Unidades Administrativas: Las unidades administrativas del Instituto Estatal de Desarrollo Docente e Investigación Educativa

TÍTULO SEGUNDO Artículos 5 a 30

DE LA ORGANIZACIÓN, UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS

CAPÍTULO I Artículos 5 y 6

DE LA ORGANIZACIÓN

Artículo 5 Al frente del IDDIE estará un Director o Directora General, quien tendrá a su cargo el despacho de los asuntos encomendados por las disposiciones legales aplicables y, para tal efecto, se auxiliará de las siguientes unidades administrativas:
  1. Dirección General:

    1. Secretaría Particular;

    2. Secretaría Técnica;

    3. Subdirección de Sistemas de Informática y Estadística; y

    4. Subdirección de Comunicación.

  2. Dirección Académica:

    1. Subdirección de Desarrollo Académico; y

    2. Subdirección de Programas Educativos.

  3. Dirección de Investigación y Evaluación:

    1. Subdirección de Proyectos de Investigación e Innovación; y

    2. Subdirección de Evaluación.

  4. Dirección de Gestión Administrativa:

    1. Subdirección de Recursos Financieros, Materiales y de Servicios;

    2. Subdirección de Certificación; y

    3. Subdirección de Recursos Humanos.

  5. Extensiones/Centros de Maestros:

    1. Coordinación General;

    2. Coordinación Académica;

    3. Coordinación Administrativa; y

    4. Coordinación de Biblioteca.

    Los manuales de organización precisarán la estructura orgánica y las funciones específicas de las áreas que conforman las unidades administrativas a que se refiere este artículo.

Artículo 6 El IDDIE conducirá sus actividades en forma programada con base en las políticas, estrategias, prioridades y restricciones que para el logro de los objetivos, metas, planes y programas establezca la o el titular de la Secretaría.

El IDDIE realizará periódicamente una evaluación en función de los objetivos y metas aprobados, haciendo del conocimiento de quien sea titular de la Secretaría, trimestralmente, los resultados obtenidos.

CAPÍTULO II Artículos 7 a 11

DE LA DIRECCIÓN GENERAL

Artículo 7 La o el titular de la Dirección General tendrá las facultades siguientes:
  1. Representar al IDDIE en el ámbito de su competencia, ante la comunidad educativa y civil, así como ante las instancias locales, estatales, nacionales e internacionales;

  2. Emitir orientaciones técnicas, académicas y administrativas; así como convocar a los titulares de las unidades administrativas del IDDIE para la planeación, diseño, organización, ejecución, desarrollo y evaluación de procesos, programas y proyectos de formación continua, asesoría, investigación e innovación educativa;

  3. Gestionar, a través de la Secretaría, los recursos humanos necesarios para el cumplimiento del objeto institucional;

  4. Vigilar la planeación, presupuesto, diseño, ejecución y evaluación de programas y proyectos institucionales, atendiendo a las políticas e instrucciones de la o el titular de la Secretaría, así como a los lineamientos de la Secretaría de Educación Pública;

  5. Coordinar el desarrollo de los programas federales de formación continua para los maestros de educación básica en servicio en el Estado, en vinculación con la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría y en cumplimiento de la normativa vigente;

  6. Orientar y vigilar la planeación y ejecución de las acciones administrativas del IDDIE, en materia de recursos humanos, financieros, materiales y de servicios;

  7. Proponer proyectos de ley, de reglamentos, de decretos, de acuerdos y de otras demás disposiciones legales relacionadas con los asuntos de su competencia e intervenir en su formulación;

  8. Sugerir a la o el titular de la Secretaría la creación, supresión o modificación de las unidades administrativas del IDDIE, de acuerdo con las necesidades de atención y la demanda del servicio;

  9. Gestionar la suscripción de convenios con autoridades federales, estatales y municipales, organismos públicos, privados, nacionales e internacionales, previa autorización de la o el titular de la Secretaría;

  10. Orientar y vigilar el establecimiento de criterios y mecanismos para la certificación de programas institucionales, en cumplimiento con la normativa vigente en la materia;

  11. Sugerir y someter a la aprobación del o la Titular de la Secretaría de Educación, las propuestas para nombramientos, remociones y demás movimientos del personal del IDDIE, así como lo relativo a remuneraciones;

  12. Fomentar la participación institucional en programas y proyectos de intercambio para el desarrollo docente, innovación e investigación promovidos por otras instancias nacionales e internacionales;

  13. Orientar y validar la elaboración y difusión de informes correspondientes a los programas y proyectos institucionales;

  14. Vincular estratégicamente los trabajos y las agendas académicas de orden federal y estatal, a fin de implementar los programas de formación continua, investigación e innovación;

  15. Fomentar la comunicación, colaboración y articulación entre el IDDIE y otras instancias educativas, en la realización de acciones relacionadas con la misión institucional;

  16. Contribuir al fortalecimiento del Sistema Educativo Estatal, en cumplimiento con las políticas y directrices establecidas por el Ejecutivo; y (sic)

  17. Acordar con la o el titular de la Secretaría los asuntos de su competencia, así como desempeñar las funciones y comisiones que éste (a) le encomiende;

  18. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables, las que le competan a las áreas administrativas de su adscripción, así como las que le asigne su superior jerárquico.

Artículo 8 Corresponden a la o el titular de la Secretaría Particular las facultades siguientes
  1. Gestionar, por indicaciones del Director o Directora General, audiencias y reuniones de trabajo ante la o el titular de la Secretaría, dependencias de los diferentes órdenes de gobierno y organismos civiles de carácter nacional e internacional;

  2. Llevar el registro y control de la documentación oficial para darle respuesta y seguimiento, así como atender los asuntos oficiales que indique el Director o Directora General;

  3. Elaborar y dar seguimiento oportuno a la agenda de trabajo del Director o Directora General, confirmar su asistencia a los eventos que éste indique y brindar el apoyo que requiera para el desahogo de los asuntos programados;

  4. Atender, en primera instancia, a las personas que soliciten audiencia con el Director o Directora General a fin de determinar una cita de acuerdo a la disponibilidad de su agenda;

  5. Organizar y mantener actualizados los archivos de la Dirección General para garantizar el resguardo y flujo oportunos de la información;

  6. Mantener actualizado el directorio de autoridades...

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