Reglamento Interior General del Poder Judicial del Estado de Campeche
"NOTA DE VLEX: este refundido se ha actualizado con fecha 26/08/2020 y estamos en proceso de actualización de dicha norma."
REGLAMENTO INTERIOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Campeche, el viernes 11 de Septiembre de 2015.
REGLAMENTO INTERIOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
ESTRUCTURA
Artículos
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Del Tribunal Pleno
Del Presidente del Tribunal Superior de Justicia
De las Salas del Tribunal
De los Secretarios y demás funcionarios del Tribunal Superior
De las Oficialías de Partes Comunes a los Juzgados
Civiles, Familiares y Mercantiles 36 - 57
De las Oficialías de Partes Comunes a los Juzgados
Penales del Sistema Tradicional 58 - 64
REGISTRO ÚNICO DE TÍTULOS Y CÉDULAS DE LOS PROFESIONALES DEL DERECHO
DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS JUZGADOS DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO
De los Juzgados de Primera Instancia del Estado 73 - 76
De los Secretarios de Acuerdos, Administradores Judiciales
y Actuarios de los Juzgados de Primera Instancia77 - 86
De la inamovilidad judicial87 - 95
De la carrera judicial96 - 98
De los Juzgados de Conciliación99 - 107
Visitas de inspección a las dependencias administrativas,
judiciales y Centros de Reinserción 108 - 120
DE LOS AUXILIARES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
De los peritos123 - 126
De la policía procesal127
Vacaciones, licencias y permisos128 - 142
DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DEL PODER JUDICIAL
Del Archivo Judicial144 - 161
Procedimiento para la obtención de copias certificadas
de documentos que se encuentran en los
archivos judiciales162 - 167
De la Escuela Judicial168 - 170
Del Centro de Capacitación y Actualización171 - 175
De la Central de Actuarios176 - 177
De los Centros de Encuentro Familiar178 - 180
Del Centro de Justicia Alternativa181 - 184
De la Central de Consignaciones de Bienes185 - 187
De la Contraloría Interna188 - 189
De la Unidad de Igualdad de Género y
Derechos Humanos190 - 193
De la Unidad de Atención Ciudadana194 - 197
De la Unidad de Transparencia y Acceso a la
Información Pública198 - 202
DE LAS DIRECCIONES, ÁREAS Y OFICINAS ADMINISTRATIVAS DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO
De la Dirección de Contabilidad204 - 205
De la Dirección de Tecnologías de la Información
y Comunicación206 - 207
De la Dirección de Recursos Materiales208 - 210
De la Dirección de Servicios Generales211 - 212
De la Dirección de Personal o Recursos Humanos213 - 214
De la Dirección de Evaluación y Seguimiento215 - 216
De la Dirección de Proyectos Especiales217 - 218
De la Dirección de Comunicación Social219 - 220
De la Biblioteca221 - 222
De la Oficina del Fotocopiado223 - 229
DEL FONDO PARA EL MEJORAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
REGLAMENTO INTERIOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
A excepción de los Juzgados que conozcan de materia penal, y las direcciones y coordinaciones administrativas que ya tienen asignados sus horarios conforme a sus acuerdos de creación.
Los titulares de los Tribunales y dependencias administrativas, podrán ordenar que el personal labore en horas y días diferentes a los señalados, en horario no mayor de ocho horas, por requerimiento de la Ley o necesidades del servicio.
El Tribunal Pleno podrá modificar el horario establecido.
Todos los servidores públicos están obligados a portar correctamente el uniforme que los acredite como trabajadores del Poder Judicial del Estado, evitando su uso en horarios de oficina y sitios distintos al recinto oficial, salvo que se trate de diligencias propias de la función que desempeña; de igual forma están obligados a guardar la compostura y el respeto debido a sus superiores y a los usuarios del servicio.
En caso de que el registro electrónico se encuentre inhabilitado y/o suspendido la Dirección de Personal implementará las medidas inmediatas respectivas para la inscripción de la asistencia.
Todo empleado del Poder Judicial del Estado, que por razones personales, requiera ausentarse de sus labores cotidianas, deberá obtener de su superior jerárquico la autorización correspondiente a través de la emisión de la boleta o formato de registro que será entregada por la Oficialía Mayor.
Estos casos deberán ser objeto de revisión cada tres meses, a fin de ratificar el permiso o revocarlo.
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Si el registro se efectúa entre uno y quince minutos después de la hora de entrada, se considerará como entrada normal al trabajo.
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Si el registro se efectúa entre los dieciséis, y los treinta minutos de la hora de entrada, se considerará como retardo.
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Si el registro se efectúa después de los treinta minutos de la hora de entrada, se considerará como falta de asistencia del servidor...
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