Reglamento Interior de la Coordinacion de Comunicacion Social del h. Congreso del Estado de Michoacan de Ocampo
REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACION DE COMUNICACION SOCIAL DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Michoacán, el martes 1 de junio de 2004.
EL H. CONGRESO DEL ESTADO, EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA DE HOY, TUVO A BIEN APROBAR EL SIGUIENTE:
A C U E R D O
ÚNICO. Se aprueba el Reglamento Interior de la Coordinación de Comunicación Social, para quedar como sigue:
REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE CAMPO (SIC)
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Ley: La Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo;
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Reglamento: El Reglamento Interior de la Coordinación de Comunicación Social del Congreso del Estado;
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Congreso: El Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo;
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Junta: La Junta de Coordinación Política;
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Comité: El Comité de Comunicación Social del Congreso;
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Coordinación: La Coordinación de Comunicación Social del Congreso; y,
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Coordinador: El Coordinador de la Coordinación de Comunicación Social del Congreso.
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La difusión de las actividades del Congreso;
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El enlace con los diferentes medios de comunicación; y,
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El diseño de las estrategias y políticas de comunicación que propondrá a la consideración de la Junta de Coordinación Política del Congreso.
DEL COMITÉ
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Supervisar el desempeño de la Coordinación;
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Aprobar el plan de trabajo de la Coordinación y su respectivo presupuesto;
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Proponer en sesión privada al Pleno las políticas de comunicación y difusión del Congreso; y,
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Las demás señaladas en la Ley, el Reglamento y acuerdos del Congreso.
DE LA INTEGRACIÓN DE LA COORDINACIÓN
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Una Coordinación;
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Una Jefatura de Departamento Administrativo; y,
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Una Jefatura de Departamento de Medios y Comunicación.
DEL COORDINADOR
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Ser mexicano por nacimiento con residencia mínima en el Estado de un año;
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Contar preferentemente con título y cédula profesional legalmente expedida en cualquier campo de la ciencias sociales, preferentemente; y,
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Acreditar conocimiento en materia de comunicaciones.
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Dirigir las actividades de los departamentos a su cargo;
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Revisión de los informes presentados por los jefes de departamento de la Coordinación;
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Elaborar el programa operativo anual y presentarlo al Comité;
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Autorizar los informes mensuales de los Departamentos Administrativo y de Medios y Comunicación;
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Coordinar las suscripciones a periódicos de diputados y funcionarios del Congreso;
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Controlar la facturación que llega a la Coordinación;
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Proponer el presupuesto que se ejercerá anualmente;
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Elaborar el manual de procedimientos que se aplicará en la Coordinación;
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Diseñar las estrategias y políticas de comunicación;
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Establecer el enlace con los medios de comunicación;
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Planear la difusión de las actividades del Congreso;
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Coordinar todas las actividades que se realicen en su área;
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Establecer los lineamientos en la consecución de las actividades;
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Delegar el trabajo y demás responsabilidades a cada departamento a su cargo;
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Promover la gestión de convenios con canales de televisión para la transmisión de materiales sobre el Congreso;
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Elaborar las publicaciones dedicadas a la difusión de actividades legislativas;
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Diseñar y presentar campañas de imagen institucional;
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Elaborar el manual de identidad gráfica para normar el uso del logotipo y elementos que proyecten la imagen del Congreso;
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