Reglamento Interior del Consejo Consultivo de Seguimiento y Evaluacion, del Programa Piloto de la Agenda del Agua 2030, «lago de Patzcuaro: Patrimonio Cultural del Agua»

REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO CONSULTIVO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN, DEL PROGRAMA PILOTO DE LA AGENDA DEL AGUA 2030, <> DEL ESTADO DE MICHOACÁN

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento Publicado en la Octava Sección del Periódico Oficial del Estado de Michoacán, el viernes 30 de noviembre de 2012.

REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO CONSULTIVO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN, DEL PROGRAMA PILOTO DE LA AGENDA DEL AGUA 2030, <>

CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales Artículos 1 a 19
Artículo 1º Las presentes disposiciones, tienen por objeto normar las funciones del Consejo Consultivo de Seguimiento y Evaluación del Programa Piloto de la Agenda del Agua 2030, <>.
Artículo 2º Para efectos de este Reglamento, se entenderá por:
  1. El Gobierno Estatal: El Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo;

  2. El Gobernador: El Gobernador del Estado de Michoacán de Ocampo;

  3. CPLADE: Coordinación de Planeación para el Desarrollo;

  4. SUMA: Secretaría de Urbanismo y Medio Ambiente;

  5. CEAC: Comisión Estatal de Agua y Gestión de Cuencas;

  6. COFOM: Comisión Forestal del Estado de Michoacán;

  7. COMPESCA: Comisión de Pesca del Estado de Michoacán;

  8. CEDEMUN: Centro Estatal para el Desarrollo Municipal;

  9. PROAM: Procuraduría de Protección al Ambiente;

  10. CONSEJO: El Consejo Consultivo de Seguimiento y Evaluación del Programa Piloto de la Agenda del Agua 2030, <>;

  11. CONVENIO: El Convenio de Coordinación y Colaboración Interinstitucional, para llevar acciones administrativas, que permitan atender de manera conjunta, el Programa Piloto de la Agenda del Agua, 2030, <>, que celebraron por parte de <> el Lic. Fausto Vallejo Figueroa, Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán, asistido del Lic. José Jesús Reyna García, Secretario de Gobierno del Estado de Michoacán; Ing. Francisco Octavio Aparicio Mendoza, Coordinador de Planeación; M. en I. Mauro Ramón Ballesteros Figueroa, Secretario de Urbanismo y Medio Ambiente; Ing. Ramiro Guzmán Rodríguez, Coordinador General de la Comisión Estatal del Agua y Gestión de Cuencas; Ing. Cuauhtémoc Ramírez Romero, Director General de la Comisión Forestal; C. José Raúl Gutiérrez Durán, Director General de la Comisión de Pesca del Estado de Michoacán; Lic. José Jaime Mares Camarena, Vocal Ejecutivo del Centro Estatal para el Desarrollo Municipal del Estado de Michoacán; M. en D. Arturo Guzmán Abrego, Procurador de Protección al Medio Ambiente; y por <> los C.C. Salma Karrum Cervantes, Presidenta Municipal de Pátzcuaro, Mich.; Jaime Baltazar Morán; Presidente Municipal de Quiroga Mich.; José Gerardo Villagómez Calderón, Presidente Municipal de Tzintzuntzan, Mich.; Everardo J. Alberto Cortés, Presidente Municipal de Erongaricuaro, Mich.; Rogelio Ayala Cortés, Presidente Municipal de Acuitzio, Mich.; Cervando García Solórzano, Presidente Municipal de Huiramba, Mich.; Pedro García Chavéz, Presidente Municipal de Lagunillas, Mich.; Ariel Trujillo Córdova, Presidente Municipal de Coeneo, Mich.; Alejandro Mendoza Olvera, Presidente Municipal de Salvador Escalante, Mich.; José Guadalupe Aguilera Rojas, Presidente Municipal de Tingambato, Mich.; y Wilfrido Lázaro Medina, Presidente Municipal de Morelia, Mich. suscrito en fecha 29 de octubre de 2012, y mediante el cual, se creó el Consejo Consultivo de seguimiento y evaluación del Programa Piloto de la Agenda del Agua 2030, <>;

  12. El Presidente: El Presidente del Consejo Consultivo de Seguimiento y Evaluación del Programa Piloto de la Agenda del Agua 2030, <>;

  13. Lago: El Lago de Pátzcuaro;

  14. Consejo de Cuenca: Consejo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico;

  15. Cuenca: La cuenca de Lago de Pátzcuaro;

  16. Comisión: Comisión de Cuenca del Lago de Pátzcuaro;

  17. Programa Piloto: Programa Piloto de la Agenda del Agua 2030;

  18. Agenda del Agua 2030; AA2030; y,

  19. Los Ayuntamientos: Los Ayuntamientos de Pátzcuaro, Quiroga, Huiramba, Lagunillas, Coeneo, Erongaricuaro, Morelia, Acuitzio, Salvador Escalante, Tingambato y Tzintzuntzan, todos del Estado de Michoacán.

Artículo 3º El <>, es el órgano técnico, a través del cual, las partes ejercerán las acciones de trabajo que permitan vigilar que se cumpla cabalmente en la entidad, las obligaciones contraídas en el <>.
CAPÍTULO SEGUNDO Artículo 4

De las atribuciones del Consejo

Artículo 4º Son atribuciones del <>:
  1. Vigilar que se cumplan puntualmente en la <>, las 8 iniciativas del <>, que por su contenido, se aplican a la materia objeto del Convenio y del presente Reglamento y que a continuación se describen:

    (1) INICIATIVA 2. Coadyuvar en el fortalecimiento de la organización y funcionamiento de los Consejos de Cuenca y sus órganos auxiliares.

    (2) INICIATIVA 9. Promover y reforzar los programas de reforestación intensiva asociada a la conservación de suelos en cuencas hidrográficas prioritarias.

    (3) INICIATIVA 12. Fomentar que la definición de tarifas de agua siga criterios técnicos y se desvincule de los aspectos políticos.

    (4) INICIATIVA 18. Incrementar las inversiones en generación de mapas de riesgo de inundaciones; delimitación y demarcación de cauces, zonas federales y zonas inundables; construcción de infraestructura de protección, y mantenimiento y custodia de la infraestructura hidráulica existente.

    (5) INICIATIVA 23. Crear una instancia que coadyuve para garantizar la suficiencia presupuestal y su uso expedito en materia de estudios y proyectos, de modo que se integre una cartera robusta y estratégica.

    (6) INICIATIVA 27. Destinar los pagos por Derechos de uso de aguas nacionales al financiamiento de las funciones de gobierno y gobernanza del agua.

    (7) INICIATIVA 36. Crear un sistema de información de inversiones en el Sector Agua de los tres órdenes de gobierno y de los usuarios.

    (8) INICIATIVA 37. Incentivar y fortalecer procesos de largo aliento en materia de cultura del agua.

    Derivadas de las 38 iniciativas que forman la <>;

  2. Promover acuerdos de colaboración entre las dependencias gubernamentales y las instituciones de investigación en materia, cuidado y preservación de la <>;

  3. Analizar y difundir la información a través de los instrumentos, medios y sistemas de comunicación del <>, relacionada con los indicadores en materia hídrica y ambiental de <>;

  4. Proponer acciones, para incrementar en la <> la gobernanza del agua a través de políticas públicas, rendición de cuentas, transparencia y el fomento de más y mejores estructuras de participación de la sociedad, así como la creación del Observatorio del Agua la <>;

  5. Sugerir la realización de estudios y proyectos ejecutivos, que generen obras de infraestructura y de...

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